Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Octubre de 2012, número de resolución KLRA201200627

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200627
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2012

LEXTA20121019-023 Cruz Salaman v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

Panel VII

ABELARDO CRUZ SALAMÁN
Recurrente
v.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
Recurrida
KLRA201200627
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Núm.: GMA500-374-12 Sobre: Servicio de Alimentos

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández Serrano, y la Jueza Birriel Cardona.

López Feliciano, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 19 de octubre de 2012.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el señor Abelardo Cruz Salamán, en adelante el recurrente, y nos solicita que revisemos y revoquemos una resolución emitida el 3 de julio de 2012 por la División de Remedios Administrativos de la Administración de Corrección. Mediante el aludido dictamen se confirmó la respuesta original del 4 de mayo de 2012 a su Solicitud de Remedio Administrativo, en la que reclamaba que se le administrara una dieta blanda por recomendación médica.

I.

Los hechos e incidentes procesales esenciales y pertinentes que debemos tomar en cuenta para disponer del recurso son los siguientes:.

El 12 de abril de 2012 el recurrente presentó una solicitud de Remedio Administrativo, la número GMA500-374-12, ante la División de Remedios Administrativos de la Administración de Corrección. Planteó que no se le estaba prestando el cuidado dental necesario al no cumplir con una orden de la Nutricionista para que se le proveyera una dieta blanda, toda vez que no tenía dientes y era diabético.

El 26 de abril de 2012 el señor José L. Suárez, Supervisor de Servicios de Alimentos, emitió la siguiente respuesta a lo peticionado por el recurrente:

..... Se procedi[ó]

a verificar su orden de dieta la cual la misma indicaba que era por varios día (sic). Pero se le seguir[á] enviando bland[a] ya que usted dice que no puede masticar por falta de la dentadura. Tan pronto usted pueda chequearse con su medico (sic) para que así le establezca una dieta más asistenta (sic) y no pase por lo que usted había (sic) establecido en su querella. Sin mas (sic) espero que esto se haiga (sic) resuelto.

El 4 de mayo de 2012 y notificada el 16 de mayo de 2012 se emitió la Respuesta al Remedio Administrativo solicitado por el recurrente. A continuación exponemos lo señalado en dicha respuesta:

…. Usted fue evaluado en la clínica dental del Anexo 500 y la dentista no le prescribió dieta blanda porque no la necesita por estar haciéndole una prótesis. Además en ningún momento ha indicado necesidad de alguna dieta especial.

En desacuerdo, el 29 de mayo de 2012 el recurrente solicitó la reconsideración de dicha determinación ante el Coordinador Regional de la División de Remedios Administrativos. En la misma insistió que en la cita con la doctora Miranda de 7 de mayo de 2012 “…. ella puso en el papel de la renovaci[ó]n”

que le dieran dieta blanda, pero no se la estaban dando.

Finalmente, el 3 de julio de 2012 la Administración de Corrección emitió su respuesta a la reconsideración presentada por el recurrente. A continuación exponemos lo expresado en dicha respuesta:

[…]

El recurrente radicó escrito de solicitud de remedio administrativo el 12 de abril de 2012.

El Evaluador de la División de Remedios Administrativos atendió la solicitud del recurrente en la cual alega que no tienen (sic) dientes es diabético y la dieta tiene que ser blanda. En el papel de la Dietista dice dieta blanda no mecánica pues no puede triturar los alimentos. Le están enviando un arroz que no se puede comer.

El 4 de mayo de 2012 se emite Respuesta a la solicitud del recurrente en la cual el Supervisor de Alimentos José Suárez informa que se procedió a verificar su orden de dieta la cual la misma indica que era por varios días. Pero se le seguía enviando blanda ya que usted dice que no puede masticar por falta de dentadura. [T]an pronto usted pueda verifique con su m[é]dico para que así le establezca una dieta mas existente (sic) y no pase por lo que usted había establecido en su querella.

El recurrente recibió respuesta a su queja el 16 de mayo de 2012.

El 29 de mayo de 2012, se recibe Solicitud de Reconsideración del recurrente, en la cual pide revisión a la respuesta Núm. GMA-500-374-12. En la Solicitud de Reconsideración plantea desde el 7 de mayo de 2012 ese día ten[í]a cita con la Doctora Miranda en presencia de este peticionario el papel de renovar la dieta la puso en el papel de renovación dieta blanda dental y no le est[á] llegando blanda. Por lo cual lleno (sic) el papel de la dieta y apareció dieta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR