Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2013, número de resolución KLAN201200241

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200241
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Enero de 2013

LEXTA20130130-011 Christensen Russo V. Suc. Lowell Christensen

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

JASON CARLOS CHRISTENSEN RUSSO
Demandante-Apelante
v.
SUCESIÓN DE CHARLES LOWELL CHRISTENSEN FLATTEN compuesta por KATHI CHRISTENSEN JAHNKE, CARLA ALEXANDRA CHRISTENSEN RUSSO y CHARLES LUIS CHRISTENSEN GONZÁLEZ
Demandados-Apelados
KLAN201200241
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm.: K AC2009-0307 Sobre: Impugnación de Testamento Ológrafo; Nulidad de Institución de Herederos por Preterición Declaratoria de Herederos

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Piñero González y la Juez Surén Fuentes

Surén Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de enero de 2013.

El Sr. Jason Carlos Christensen Russo (apelante), acude ante nos por una sentencia de 13 de julio de 2011, notificada el día 28 del mismo mes y año, dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), mediante la cual se declaró con lugar una moción de desestimación presentada por una de las codemandadas.

I.

La causa de autos fue iniciada por el apelante mediante demanda de impugnación y nulidad de testamento ológrafo el 26 de marzo de 2009. El apelante había incoado anteriormente dos (2) demandas con la misma causa de acción en los pleitos KAC-05-7175(902) y KAC-08-0753(901), desestimados sin perjuicio por falta de diligenciamiento de un menor codemandado y por prematura, respectivamente, mediante sentencias finales y firmes. (Apéndice de la apelada Kathy Christensen, págs. 1-36).

Luego de varios sucesos procesales, el 26 de marzo de 2010, la entonces codemandada, Sra. Kathy Christensen presentó la primera moción de desestimación que fue denegada por el TPI por no haber provisto suficientes datos en apoyo del remedio de cosa juzgada que solicitó. Por lo que mediante moción de 18 de mayo de 2010, ésta abundó y reiteró el fundamento desestimatorio de cosa juzgada por haber recaído sentencia desestimatoria y sin perjuicio en dos (2) pleitos anteriores entre las mismas partes y por los mismos fundamentos. A esta moción se le uniría el 10 de junio de 2010, la codemandada-apelada Carla A. Christensen. El 22 de septiembre de 2010, la codemandada Kathy Christensen presentó moción en la que entre otras cosas, reiteró sus fundamentos para la desestimación del pleito.

El 23 de junio de 2010, notificada el 22 de julio de 2010, el TPI dictó orden en la que entre otras cosas, le ordenó al apelante “[r]epli[car]…

a la desestimación que se solicita, en cinco días adicionales, so pena de entender que se allana a la misma.” El 29 de julio de 2010, el apelante presentó moción pidiendo término adicional para cumplir con dicha orden.

Mediante orden de 3 de agosto de 2010, notificada el día 6 del mismo mes y año, el TPI le extendió 10 día adicionales al apelante y consignó que “[l]a otra parte certificó el haberle notificado la moción [de desestimación].”

Así las cosas, luego de varios hechos procesales, y sin ser contestadas las mociones de desestimación por la parte apelante, el 23 de mayo de 2011, la codemandada Kathy Christensen presentó otra moción de desestimación arguyendo con prueba acreditativa que una sala de familia de un tribunal en la República Dominicana había dictado sentencia el 29 de junio de 2006, denegado una causa “…por los señores Charles Lowell Christensen y Luz Clara Inés Russo de Christensen por no ser los padres biológicos del inscrito [Sr. Jason Carlos].” El 26 de mayo de 2011, el TPI le notificó a las partes orden para mostrar causa en 10 días por no haber presentado el informe para el manejo del caso.

El 13 de julio de 2011, notificada el 28 de julio de 2011, el TPI dictó la sentencia de la cual aquí se recurre, estimando que “[t]raída la Moción de Desestimación presentada por la parte demandada el 23 de mayo de 2011, sin que la parte demandante haya presentado oposición alguna, se dicta sentencia que desestima la demanda bajo los fundamentos expuestos en la primera.” De ello presentó moción de reconsideración el apelante el 4 de agosto de 2011, arguyendo que no había sido notificado de la solicitud de desestimación considerada por el TPI. Esta solicitud de reconsideración fue opuesta por los apelados el 10 de agosto de 2011, arguyendo que “en todas la mociones de desestimación incluyendo la que se radicó el 23 de mayo de 2011 por la parte aquí compareciente aparecen notificadas a la parte demandante por conducto del Lcdo. Cristino Agosto Reyes al P.O. Box 3557 Carolina P.R. 00985-3557 que es la misma dirección que obra en los autos de este caso.” (Ap., pág. 103).

El 17 de agosto de 2011, el TPI denegó la solicitud de reconsideración presentada por el apelante. El apelante presentó réplica el 25 de agosto de 2011, reiterando la alegada falta de notificación de la moción de desestimación y alegando que el abogado de la codemandada Kathy Christensen no tenía legitimación para comparecer debido a que su representada había fallecido hacía varios meses. El 13 de septiembre de 2011, compareció el abogado de las codemandadas...

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