Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2013, número de resolución KLAN201200449
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201200449 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2013 |
ALBERTO TORRES SANTIAGO Y OTROS DEMANDANTE V. SECRETARIO DE HACIENDA Y OTROS DEMANDADO | KLAN201200449 | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan NÚM. K CO2011-0008 (905) SOBRE: ACCIÓN CIVIL SOBRE CONTRIBUCIÓN SOBRE INGRESOS |
Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y Jueza Colom García
Rivera Román, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 30 de enero de 2013.
El Departamento de Hacienda solicitó la revisión de una sentencia que determinó que el dinero recibido como compensación no constituye ingreso tributable.
Por los fundamentos que se discuten a continuación, se revoca la sentencia del Tribunal de Instancia.
El señor Alberto Torres Santiago, su esposa Rafaela Irizarry y la sociedad de gananciales compuesta por ambos (esposos Torres-Irizarry), presentaron una demanda en el Tribunal de Instancia, el 30 de diciembre de 2010
Los esposos Torres-Irizarry impugnaron la deficiencia contributiva que reportó el Departamento de Hacienda por la suma de $3,500.
Según las alegaciones de la demanda, el señor Torres fue despedido como empleado de Abbott Laboratories, el 13 de julio del 2007. El señor Torres firmó un Acuerdo de Separación y Relevo Total mediante el cual recibió una indemnización de $56,104.77 por el despido.
Los esposos Torres-Irizarry adujeron que rindieron la planilla para el año contributivo 2007 y reportaron la referida indemnización como ingreso.
Los esposos Torres-Irizarry sometieron una planilla enmendada en el Departamento de Hacienda (Hacienda), el 9 de febrero de 2009, para excluir como ingreso tributable la indemnización que recibió el señor Torres por el despido. En la demanda, los esposos Torres-Irizarry alegaron que luego de rendir la planilla enmendada, Hacienda les notificó una deficiencia contributiva por la suma de $3,500. Adujeron que Hacienda les tenía que rembolsar la cantidad de $9,728 por los pagos que se realizaron en exceso para el año contributivo 2007. Alegaron que Hacienda no reconoció la normativa establecida por el Tribunal Supremo en el caso de Orsini García v. Srio. de Hacienda, 177 D.P.R. 596 (2009) en cuanto a la naturaleza no tributable de la indemnización que recibe un empleado por su despido. Ante ello, solicitaron al Tribunal de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba