Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2013, número de resolución KLRA201201120

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201201120
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2013

LEXTA20130228-095 Junta de Farmacias de PR V. Morales Roman

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

Junta de Farmacia de P.R.
Querellante-Recurrida
vs. Eliannette Morales Román Técnico de Farmacia Lic.-3306
Querellada-Recurrente
KLRA201201120 REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente del Departamento de Salud Sobre: Acción Disciplinaria Querella Núm.: QF-09-52

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2013.

-I-

Comparece ante nos la señora Eliannette Morales Román (Sra. Morales Román) mediante “Recurso de Revisión” y nos solicita que revoquemos la “Resolución 2012-348” emitida el 26 de septiembre de 2012 y notificada al día siguiente por la Oficina de Reglamentación y Certificación de los Profesionales de la Salud del Departamento de Salud (Departamento de Salud).

El 8 de julio de 2010, la Junta de Farmacia de Puerto Rico (Junta de Farmacia) sometió una querella en contra de la Sra. Morales Román, quien se desempeñaba como técnico de

farmacia. Dicha querella fue fundamentada en un Informe de Inspección realizado por la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA); mediante el cual la parte recurrida le imputó a la recurrente incurrir en violación del Art.

6.06(a)(5) de la Ley Núm. 247 – 2004, según enmendada, conocida como la Ley de Farmacia de Puerto Rico, 20 LPRA sec. 411(e)(a)(5), así como del Art.

1(b)(5)(6) del Reglamento Núm. 5045 de 16 de marzo de 1994, según enmendado, titulado Reglamento General de la Junta de Farmacia.

De los autos presentados se desprende que el 25 de mayo de 2008 las señoras Jannette Torres Cuevas y Carmen Vargas Alemán, inspectoras de ASSMCA, se personaron a la Farmacia Los Pinos ubicada en el Municipio de Arecibo, Puerto Rico. Éstas visitaron e inspeccionaron el área del recetario, que se encontraba operando sin un farmacéutico presente y fueron atendidas por la Sra. Morales Román, quien se identificó como farmacéutica. Al momento de la inspección no estaba expuesto el letrero que indicara que la farmacia se encontraba operando sin un farmacéutico presente. Luego de varios trámites procesales y celebrada la vista administrativa, el Departamento de Salud emitió la determinación aquí recurrida. En lo concerniente, en la misma se dispuso lo siguiente:

. . . . . . . .

A la luz del expediente del presente caso, de las anteriores determinaciones de hechos y del derecho...

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