Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Abril de 2013, número de resolución KLRA201201130

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201201130
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Abril de 2013

LEXTA20130426-020 Suárez Rivera v. Negociado de Seguridad de Empleo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIóN JUDICIAL DE SAN JUAN

ÁNGEL SUÁREZ RIVERA
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO
Recurrido
KLRA201201130 REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Caso núm.: PR-04739-12 Sobre: Inelegibilidad a los beneficios de compensación por desempleo sección 4(b)(3) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Jueza Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova

Varona Méndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 26 de abril de 2013.

El recurrente, Ángel Suárez Rivera, nos pide que revisemos una resolución dictada por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, mediante la cual este fue declarado inelegible para recibir los beneficios de compensación por desempleo.

Por los fundamentos que discutiremos, se confirma la resolución recurrida.

I.

Según surge de la Entrevista Búsqueda de Datos Renuncia/Abandono de Trabajo, el recurrente trabajaba para la compañía Adecco Personnel Services, Inc., en Cayey, hasta el 17 de octubre de 2011 y renunció a su empleo para trasladarse a los Estados Unidos, ya que su

abuela padecía de cáncer del hígado y deseaba ayudar a cuidarla. Meses después, el 27 de abril de 2012, el recurrente solicitó beneficios por desempleo. No obstante, dicha solicitud fue denegada por el Negociado de Seguridad de Empleo de la División de Seguro por Desempleo, mediante resolución notificada el 18 de mayo de 2012. En esta, se declaró al recurrente inelegible para los beneficios solicitados, pues no había presentado evidencia médica de la enfermedad de su abuela, por lo que se consideró que había dejado voluntariamente un trabajo adecuado sin justa causa. Por último, se le advirtió de su derecho a apelar la decisión en o antes del 2 de junio de 2012.

Inconforme, el recurrente presentó el 24 de mayo de 2012 una solicitud de apelación ante el Árbitro. Sostuvo que no podía enviar documentos médicos debido a la confidencialidad y que, aunque no se encontraba trabajando, estaba haciendo gestiones para obtener un empleo.

Tras celebrar una audiencia, se emitió una Resolución, que confirmó la resolución apelada que declaró al recurrente inelegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo. Dicha decisión fue notificada el 25 de septiembre de 2012.

Aún insatisfecho, el 10 de octubre de 2012 el recurrente apeló la determinación del Árbitro ante el Secretario del Trabajo. Según adujo, la razón por la que renunció fue por problemas económicos. Sostuvo que padecía de una depresión crítica y que deseaba mejorar su calidad de vida, pero no ha tenido suerte.

Así el trámite, el 31 de octubre de 2012 el Secretario del Trabajo emitió su resolución, en la que adoptó por...

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