Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Mayo de 2013, número de resolución KLAN201201839

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201201839
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2013

LEXTA20130521-007 DDR del Sol v. Plaza Cache Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

DDR DEL SOL LLC, S.E.
APELADA
v.
PLAZA CACHE, INC. d/b/a RELOJES & RELOJES; RELOJES DE BAYAMÓN, INC.;
APELADOS
PETER KURY, su esposa, JANE DOE y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
APELANTES
PETER KURY
APELANTE
v.
ENRIQUE GOLDBERG y su esposa, JANE DOE y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
DEMANDADOS
KLAN201201839 APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Núm.: DCD2010-1321 Sobre: COBRO DE DINERO

Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de mayo de 2013.

I.

El 18 de enero de 2000 Relojes de Bayamón, Inc. (Relojes de Bayamón), suscribió un contrato de arrendamiento con BY Ventures, S.E., para el alquiler de un local comercial en Plaza del Sol, Bayamón, por el término de ciento veinte (120) meses. Dicho contrato fue garantizado por Peter Kury a través de un documento titulado “Guaranty”.

El 26 de enero de 2006 Relojes de Bayamón mediante documento titulado “Assignment, Assumption and Consent Agreement”

y con autorización de DDR del Sol, LLC, S.E. (DDR), sucesor de BY Ventures, S.E., cedió a Plaza Caché, Inc. (Plaza Caché), el contrato de arrendamiento. No obstante, a los fines de autorizar la cesión, DDR requirió que Peter Kury fuera el garantizador.

Pasado algún tiempo, Plaza Caché dejó de pagar los cánones de renta acordado y DDR presentó una acción de desahucio. El 23 de diciembre de 2009 el Tribunal de Instancia emitió Sentencia mediante la cual se estipuló:

· La parte demandante desalojará la propiedad en o antes del 18 de enero 2010.

· Sin costas, gastos ni honorarios de abogado.

· Sentencia es final, firme e inapelable desde que se dicta.

Una vez desalojado el local, el 22 de abril de 2010, DDR presentó Demanda en cobro de dinero contra Plaza Caché, Relojes de Bayamón, Peter Kury, su esposa, y la sociedad legal de gananciales. Alegó que a pesar de requerir en múltiples ocasiones el pago de los cánones adeudados, Plaza Caché hizo caso omiso quedando a deber $52,796.96, más $1,000 en conceptos de honorarios de abogado. El 24 de agosto de 2010 el Foro de Instancia desestimó la demanda contra la esposa de Peter Kury.

El 8 de octubre de 2010 Peter Kury contestó la demanda y presentó Demanda Contraparte y Demanda Contra Tercero. En la primera, aduce que al DDR incumplir su contrato de cesión, quedó libre de su obligación como fiador. Además, señaló que al no ser parte de la acción de desahucio, se constituyó una novación extintiva donde desapareció la obligación del garantizador. En las Demandas presentadas solicitó a Plaza Caché, Enrique Goldberg, su esposa y sociedad legal de gananciales el pago de cualquier compensación que se le condene a pagar así como los gastos de honorario de abogado.

El 7 de febrero de 2011 el Tribunal de Instancia dictó Resolución en la cual paralizó los procedimientos en cuanto a Plaza Caché por ésta haberse acogido a los beneficios de la Ley de Quiebras. Luego de varios trámites procesales, el 19 de julio de 2012, DDR presentó Moción de Sentencia Sumaria Parcial en la cual aduce que la controversia se circunscribe en interpretaciones de naturaleza contractual y cuestiones de derecho. El 8 de agosto de 2012, Peter Kury presentó Moción en oposición a Sentencia Sumaria del Demandante y Solicitó de Sentencia Sumaria.

Aquilatada la prueba, el 3 de octubre de 2012, notificada el 10 de octubre de 2012, el Tribunal de Primera Instancia declaró Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria presentada por DDR y ordenó a Peter Kury el pago de $52,796.96 por cánones de arrendamiento vencidos, más $1,000, en concepto de honorario de abogados.

Inconforme, el 9 de noviembre de 2012, Peter Kury acude ante nos y señala la comisión de los siguientes errores:

· Abusó de discreción y erró el Tribunal de Primera Instancia, al resolver la Sentencia Sumaria a favor de la parte demandante, descansando para ello en la interpretación de manera individual de un Contrato de cesión y un documento de garantía que era parte del Contrato de Cesión.

· Incidió en error y abuso de discreción el Tribunal de Primera Instancia, al resolver que la defensa contenida en el Artículo 1751 del Código Civil, no es aplicable al caso de autos, y al abusar de su discreción al resolver que el demandado no demostró que se le haya causado un perjuicio sustancial a su facultad subrogativa.

· Incidió en grave y manifiesto error y abuso de discreción el Tribunal de Primera Instancia, al no tomar en consideración las determinaciones previa de ese propio tribunal en el mismo caso, dónde claramente se dispuso que para la resolución del caso, era necesario que se llevara a cabo a través del procedimiento ordinario.

Mediante Resolución del 3 de diciembre de 2012, concedimos treinta (30) días a...

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