Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Agosto de 2013, número de resolución KLAN201300253
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201300253 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 28 de Agosto de 2013 |
MADELINE RIVERA DILÁN, CONSUELO DE JESÚS, JOSÉ MÉNDEZ NOA, IVELISSE FLORES COLÓN, OLGA E. COLÓN MEJÍAS, FRANCISCO NAVARRO SILVA, ANTONIO GELY MAURAS, ANTONIO CRUZ DÍAZ, SONIA I. RIVERA RIVERA, SUSANA MÉNDEZ DELGADO, EDWIN MARTÍNEZ, HERMILIANO MORALES RODRÍGUEZ, CRUZ DÍAZ MONTAÑEZ, MARÍA S. CINTRÓN LÓPEZ, LUIS O. FIGUEROA MORALES, LILIVETTE PABÓN BÁEZ, JEAN C. MERCADO, JOSÉ M. TORRES, CELIA RUIZ TORRES, CYNTHIA MORALES WESTERBAND, AURISTELA HERNÁNDEZ PLANADEBAL, ANTONIO HUERTAS CLAUDIO, EDNA RAMOS MORALES, LUIS DANIEL ROSA MORALES, YOBIRIS RAMOS WESTERBAND, JOHANNA CRUZ MORALES, JAIME RAFAEL HERNÁNDEZ CABÁN, FLORA MARÍA AYALA SILVA, WILFREDO ViLLODAS MELÉNDEZ, DARÍO JORGE BERMÚDEZ, CÁNDIDA TORRES MALAVÉ, JAIME PÉREZ FLORES, JAFIA VÉLEZ FONSECA, ELBA BLONDET SANTIAGO, PETER RENTAS LÓPEZ, WANDA DÍAZ RIVERA Y ANGÉLICA ÁLVAREZ RIVERA | | APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Patillas CIVIL NÚM.: G3CI2009-00151 SOBRE: Dolo Contractual, Dolo Precontractual, Incumplimiento de Contrato, Violación a la Doctrina de los Actos Propios, Violación a la Ley Federal Truth in Lending Act, Daños y Perjuicios, Violación a la Ley de Instituciones Hipotecarias, Alter Ego |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Jueza Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres
Ramos Torres, Juez Ponente
S E N T E N C I A
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de agosto de 2013.
Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones Madeline Rivera Dilán, Consuelo de Jesús de Jesús, José Méndez Noa, Hermiliano Morales Rodríguez, Ivelise Flores Colón, Olga E.
Colón Mejías, Francisco Navarro Silva, Antonio Gely Mauras, Antonio Cruz Díaz, Sonia I. Rivera Rivera, Susana Méndez Delgado, Cruz Díaz, Edwin Martínez, María S. Cintrón López, Lilivette Pabón Báez, Jean C. Mercado, José M. Torres, Celia Ruiz Torres, Yobiris Ramos Westerband, Cynthia A. Morales Westerband, Auristela Hernández PlanadeBall, Antonio Huertas Claudio, Edna Y. Ramos Morales, Luis Daniel Rosa Morales, Johanna Cruz Morales, Jaime Rafael Hernández Cabán, Luis O. Figueroa Morales, Jafia Vélez Fonseca, Cándida Torres Malavé, Flor María Ayala Silva, Wilfredo Villodas Meléndez, Darío Jorge Bermúdez, Jaime Pérez Flores, Elba Blondet Santiago, Peter Rentas López, Angélica Álvarez Rivera, Wanda I. Díaz Rivera (los apelantes) y nos solicitan que revisemos una sentencia emitida el 29 de enero de 2013 por la Sala Superior de Patillas del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Mediante dicho dictamen el TPI desestimó con perjuicio la causa de acción instada por los apelantes y los condenó al pago de $5,000.00 en concepto de honorarios de abogado.
Por los fundamentos expuestos a continuación, confirmamos la sentencia apelada.
El 12 de agosto de 2009 los apelantes presentaron una demanda de dolo contractual, dolo precontractual, incumplimiento de contrato, violación a la doctrina de actos propios, violación a la ley federal Truth In Lending Act
daños y perjuicios y violación a la Ley de Instituciones Hipotecarias contra Doral Mortgage, Doral Financial Bank y HF Mortgage Bankers (los apelados). En la misma adujeron que para el mes de noviembre de 2005 uno de los apelados les concedió a cada uno de ellos un préstamo hipotecario para el financiamiento de sus residencias en la urbanización Valles de Patillas en el Municipio de Patillas. Sostuvieron que los apelados tenían pleno conocimiento de que las viviendas financiadas estaban situadas en una zona inundable, por lo que debieron informarles en los documentos de divulgación de los préstamos sobre la necesidad de la adquisición de una póliza de seguro contra las inundaciones.
Adujeron que también le tenían que informar sobre el costo de la mencionada póliza en el desglose de cargos por financiamiento, según dispuesto en la ley federal Truth In Lending Act (TILA) y el Reglamento Z, 12 C.F.R. 226.1 et seq.
Señalaron que con dichas actuaciones los apelados incurrieron en dolo contractual y precontractual y, además, violentaron la Ley de Instituciones Financieras. Así pues, solicitaron resarcimiento de daños bajo la ley TILA por una cantidad no menor de $350,000.00 por cada uno y resarcimiento en daños al amparo del Artículo 1802 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 5141, ascendente a $75,000.00 por cada uno.
Por su parte, el 18 de octubre de 2009 los apelados presentaron su contestación a la demanda y negaron las alegaciones esenciales de la misma. Levantaron como defensa que la reclamación de los apelantes había prescrito parcial o totalmente.
El 20 de mayo de 2010 los apelantes instaron la primera demanda enmendada a los fines de incluir como demandados al señor Carlos M. Barens (desarrollador del proyecto residencial), M.C.C. Developers, Corp. (compañía desarrolladora) y la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV). El 18 de junio de 2010 los apelados presentaron su contestación a la primera demanda enmendada.
Luego de varios incidentes procesales, el 30 de diciembre de 2010 los apelantes presentaron unaMoción Solicitando Sentencia...
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