Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Agosto de 2013, número de resolución KLRA201300668

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300668
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Agosto de 2013

LEXTA20130830-146 Pueblo de PR v. Dasta Gonzalez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE UTUADO

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
DASTA GONZÁLEZ, JERRY
Peticionario
KLRA201300668
Revisión administrativa (acogida como certiorari) procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado Caso Núm.: L LA2011G0035 (Salón: 1) Sobre: Ley de armas

Panel especial integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de agosto de 2013.

En este caso se impugna la decisión del Tribunal de Primera Instancia que deniega una moción al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal, 34 L.P.R.A. Ap. II, R. 192.1. Debió presentarse como certiorari. Así lo denegamos.

El aquí peticionario Jerry Dasta González pidió la anulación de una alegación pre-acordada con argumentos sobre una alegada contradicción en los fundamentos de la sentencia impuesta. Pedimos al Tribunal de Primera Instancia que nos elevara el expediente identificado en el epígrafe como LLA2011G0035. Tomamos conocimiento de que el aquí peticionario cumple una condena de dieciocho años por el delito de posesión de un Rifle AK 47, sin tener licencia para ello, en violación del Art. 2.14 de la Ley de Armas, 25 L.P.R.A. 456m.

La sentencia fue dictada el 20 de octubre de 2011 después de un juicio en el que Dasta González fue representado por abogado. Incluyó un recurso ante este Tribunal, el KLCE201101232 antes de la terminación del proceso. La moción al amparo de la Regla 192.1 pide la anulación de la alegación de culpabilidad por el delito de posesión de un arma ilegal ya indicado. La alegación específica que dio lugar a dicha condena quedó resumida en la minuta de 20 de octubre de 2011 de la siguiente manera:

Llamados para conferencia con antelación a juicio y juicio en su fondo comparecen los acusados representados por el Lcdo. William Marini Román, José (sumariado Guerrero y Jerry, bajo fianza). El Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Miguel Ramírez Vargas.

Defensa indica existe un preacuerdo. Fiscal informa que la alegación preacordada consiste en que el acusado Jerry Dasta formularía alegación de culpabilidad por el Art. 2.14 L.A.

con una sentencia recomendada de 18 años de cárcel, asimismo José Correa por el Art. 2.14 L.A. con una sentencia recomendada de 20 años de...

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