Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Septiembre de 2013, número de resolución KLCE201301085

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201301085
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013

LEXTA20130923-003 Torres Santiago v. Ríos Matias

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

EDWIN JOSÉ TORRES SANTIAGO Y OTROS
RECURRIDOS
v.
PASCUAL RÍOS MATÍAS Y OTROS
PETICIONARIOS
KLCE201301085
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil Núm. FDP2011-0405 Sobre: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre de 2013.

IWG, h/n/c Innovation Wireless Group (en adelante Innovation Group) solicita la revisión de una Resolución y orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina (TPI) el 28 de junio de 2013. Mediante la misma el TPI le ordenó contestar una demanda de coparte y le impuso una sanción económica de $250.00 a su representante legal.

Por los fundamentos que se exponen a continuación se acoge el recurso y se revoca la Orden emitida por el TPI.

ANTECEDENTES

Los hechos procesales relevantes a la controversia son los siguientes:

El 22 de noviembre de 2011 Edwin y Ricardo Torres Santiago (los hermanos Torres Santiago) presentaron la acción en daños y perjuicios contra Innovation Group de PR, Pascual Ríos Matías, Manuel Avilés y otros. El 14 de febrero de 2011 fueron emplazados Innovation Group y Avilés. El 15 de marzo sin someterse a la jurisdicción, ambos solicitaron término adicional para presentar su alegación responsiva, la que fue concedida por el TPI y luego extendida hasta el 10 de mayo de 2012.

Ante la ausencia de contestación el 17 de mayo, notificada el 21 de mayo de 2012 el TPI les anotó la rebeldía. El 25 de mayo de 2012 Innovation Group presentó su contestación incorporando una demanda contra terceros. También solicitó se dejara sin efecto la rebeldía anotada. Solicitud que fue acogida por el TPI el 1 de junio de 2012.

Mediante escrito de fecha 27 de septiembre de 2012 el co-demandado Pascual Ríos Matías, quien había contestado la demanda el 24 de febrero de 2012 presentó demanda de co-parte contra Innovation Group y su compañía aseguradora. Innovation Group solicitó término adicional al provisto por las reglas para presentar su alegación responsiva a la demanda de co-parte el 8 de octubre de 2013. El 23 de octubre la sala de instancia le concedió treinta (30) días a Innovation Group para contestar la demanda de co-parte, más el 9 de noviembre de 2013 se paralizaron los procedimientos por orden de este foro al atender un asunto relacionado.

Así las cosas y renovado el procedimiento en el caso, el 12 de diciembre de 2012 los hermanos Torres Santiago solicitaron autorización para presentar una Demanda Enmendada. Mediante orden notificada el 10 de enero de 2013, el TPI le concedió a Innovation Group diez días para expresarse respecto a la solicitud de Demanda Enmendada. En tiempo Innovation Group compareció.

Luego de un intento por celebrar la conferencia inicial, mediante moción de fecha 28 de mayo de 2013 los hermanos Torres Santiago solicitaron el desistimiento contra Innovation Group.

Frente a este proceder el 10 de junio de 2013, notificado tres días posteriores, el TPI dictó sentencia parcial autorizando el desistimiento de la demanda contra Innovation Group y su aseguradora. Por otro lado, ese mismo día también le ordenó a Innovation Group contestar la demanda de co-parte presentada por Ríos Matías.

Por su parte Ríos...

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