Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Septiembre de 2013, número de resolución KLCE201300842

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300842
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013

LEXTA20130923-027 Calibano Corp.

v. Design Build SE

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL BAYAMÓN

PANEL VII

CALIBANO CORPORATION
Recurridos
V.
DESIGN BUILD, S.E.;
ING. JOSÉ L. ORTIZ NIEVES Y FULANO DE TAL
Peticionarios
KLCE201300842
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: D AC2009-2407 Sobre: REIVINDICACIÓN Y DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Juez Medina Monteserín, la Juez Lebrón Nieves y la Jueza Soroeta Kodesh.

La Juez Medina Monteserín no interviene.

Lebrón Nieves, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre de 2013.

Comparecen ante nos los codemandados peticionarios, Design Build, S.E. (Design) y el ingeniero José Luis Ortiz Nieves, mediante el presente recurso de Certiorari presentado el 16 de julio de 2013 y nos solicitan la revisión de la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de Bayamón el 10 de junio de 2013, notificada y archivada en autos el 14 de junio de 2013.

Mediante el referido dictamen el Foro de Instancia declaró No Ha Lugar la Moción de Sentencia Sumaria presentada por los peticionarios, así como la Moción de Sentencia Sumaria presentada por Calibano, Corp. (en adelante, Calibano o la recurrida).

Por los fundamentos antes expuestos, denegamos la expedición del auto de Certiorari.

I

El recurso de marras tiene su génesis en una demanda sobre Reivindicación, y Daños y Perjuicios, presentada por Calibano Corp., en la que alegó que Design, invadió una porción de la finca de su propiedad equivalente a 2,329.8790 metros cúbicos. Reclamó daños tales como, pérdida de uso y disfrute, disminución de cabida y disminución en el valor de la finca. Por su parte, Design presentó

Contestación a Demanda el 5 de marzo de 2010.

Luego de varios trámites procesales, el 7 de diciembre de 2010, la parte demandada, Design y el ingeniero José Luis Ortiz Nieves presentaron una Moción de Sentencia Sumaria, en la que arguyeron que la parte demandante no tenía evidencia para demostrar la alegada invasión de la porción de la finca. Luego, el 4 de enero de 2011, la parte demandante recurrida, Calibano, presentó Oposición a Moción de Sentencia Sumaria y Solicitud de Sentencia Sumaria a Favor de la Parte Demandante. El 28 de enero de 2011 la parte demandada peticionaria presentó Oposición a Moción de Sentencia Sumaria.

Así las cosas, 16 de febrero de 2011 el Foro de Instancia declaró No Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por ambas partes.

Con posterioridad, el 31 de mayo de 2012 el Foro de Instancia celebró una Conferencia con Antelación al Juicio, en la cual Calibano le cursó una oferta transaccional a Design. A los fines de evaluar la misma, Design solicitó una tasación de la propiedad.

El 18 de enero de 2013, el TPI emitió una Resolución notificada el 7 de febrero de 2013, mediante la cual permitió enmendar el Informe de Conferencia con Antelación al Juicio. A raíz de esa autorización para enmendar el referido Informe, la parte demandada peticionaria, presentó una Nueva Solicitud de Sentencia Sumaria. En dicha solicitud se adujo, en síntesis, que la acción reivindicatoria de Calibano estaba prescrita, y que una mesura a la finca de Design arrojó que esta midió

1,086.8124 metros menos.

El 1ro. de abril de 2013, Calibano, presentó Oposición a Nueva Solicitud de Sentencia...

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