Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Diciembre de 2013, número de resolución KLAN201301426

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201301426
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2013

LEXTA20131217-001 Pueblo de PR v. Ramirez Díaz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-GUAYAMA

PANEL II

El Pueblo de Puerto Rico
Apelado
vs. Elías P. Ramírez Díaz
Apelante
KLAN201301426 APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Art. 246 Código Penal Caso Núm.: CR2013-0476

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de diciembre de 2013.

Comparece el señor Elías Ramírez Díaz (Sr. Ramírez Díaz), solicita que revoquemos la Sentencia de culpabilidad emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI). En lo concerniente, dicho Foro encontró culpable al Sr.

Ramírez Díaz de la primera modalidad del delito de resistencia u obstrucción a la autoridad pública, modalidad tipificada en el Art. 246 (a) del Código Penal de Puerto Rico.

Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, así como la Transcripción de la Prueba Oral del juicio debidamente estipulada, procedemos a resolver.

-I-

Del expediente surge que por unos hechos ocurridos el 28 de junio de 2013, a las 2:27 a.m., el Ministerio Público presentó una acusación en contra del Sr. Ramírez Díaz por alegadamente violar el Art. 246 del Código Penal, resistencia u obstrucción a la autoridad pública. El juicio ocurrió el 6 de septiembre de 2013, el único testigo sentado a declarar fue el Agte. Alexis Feliciano Matías (Agte. Feliciano Matías).

El Agte. Feliciano Matías testificó que el 28 de junio de 2013, en la madrugada, se encontraba junto a su compañero patrullando en la Avenida Ashford, y de momento observa cómo un auto marca Acura TSX, color blanco, pasa una señal de “PARE” ignorando el aviso de tránsito. (Transcripción de la Vista de 6 de septiembre de 2013, págs.

11-12). Los agentes conducen la patrulla hasta acercarla al vehículo Acura TXS blanco, el agente le da un primer aviso por el autoparlante de la patrulla: “[e]l conductor del vehículo Acura TSX blanco, favor de alinearse a mano derecha”. (Id. pág. 13). El Agte. Feliciano Matías aseguró que no fue hasta 6 avisos después que el Acura por fin se estacionó en lo que resultó ser la segunda entrada de uno de los hoteles del área. Id. De acuerdo al testigo, el conductor del auto manejó de forma normal, por el carril izquierdo, hasta que se detuvo. (Id. págs. 14-15).

El conductor del auto resultó ser el apelante, el Sr. Ramírez Díaz. (Id. pág. 15). Por ser preciso transcribimos a continuación, in extenso, el resto del relato del Agte.

Feliciano Matías:

. . . . . . . .
  1. ¿Y qué sucede posterior a eso?

  2. Posterior a eso, cuando él se alinea normalmente, pues nos apeamos de la patrulla; yo me acerco a él dándole el aviso por el cual se le detuvo, que era por rebasarse el “PARE”; se le da, obviamente, las consecuencias que conllevaba no haberse detenido en el momento en que se le hizo la primera señal, y le pido los documentos: licencia de conducir y registración del vehículo; el cual él, en un tono bajito y tosiendo, con una botella de agua en mano, indica pues que él estaba saliendo de un restaurante y dejó con un ticket abierto su tarjeta de crédito la licencia de conducir allá.

    . . . . . . . .
  3. Usted lo detiene, le indica el motivo de la detención que era rebasarse el “PARE”, ¿y qué procede a hacer después de eso?

  4. Pues, tan pronto le digo los motivos de la intervención, le pido los documentos. Y pues, obviamente, pues él indica pues que no tenía… me da la licencia del vehículo, que prácticamente lo había comprado hacía poco porque no era la licencia regular, era una provisional; y me indica que no tenía la licencia de conducir, porque estaba en un restaurante en una reunión del trabajo y había dejado un ticket abierto con la licencia y su tarjeta de crédito.

  5. ¿Y qué usted hace posterior a eso?

  6. Ahí, en ese momento, pues entonces le pido su Seguro Social, el cual él me da un número; cuando yo llamo al Centro de Mando para verificar esa información a través del número de Seguro Social, ellos me verifican el número de licencia y la información completa del caballero. Cuando ellos entran el número, es incorrecto.

    Me acerco nuevamente donde el caballero y le indico:El número está incorrecto. ¿Me puede dar su número de Seguro Social completo?, y me repite el mismo número. No es hasta que yo le pregunto...

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