Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2014, número de resolución KLAN201301446

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201301446
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Enero de 2014

LEXTA20140131-006 Richez Marquez v. Davila Reyes

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL V

CRECENCIA RICHEZ MÁRQUEZ Demandante-Apelada V. ÁNGEL L. DÁVILA REYES
Demandado-Apelante
KLAN201301446 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan CASO NÚM.: OPA-2013-003727 SOBRE: Orden de protección – violencia doméstica

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, y el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Grana Martínez.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 31 de enero de 2014.

El 6 de septiembre de 2013, el señor Ángel L. Dávila Reyes, en adelante apelante, presentó la apelación que nos ocupa. Mediante ésta solicita la revisión de una orden de protección emitida el 27 de agosto de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia, en adelante TPI. La misma declaró No Ha Lugar la reconsideración presentada por el apelante sosteniendo la legalidad de la Orden de Protección Ex Parte emitida el 24 de junio de 2013. Debemos de determinar si la Orden de Protección emitida se expidió conforme a derecho. Los hechos que preceden esta controversia son los siguientes.

I

El 24 de junio de 2013, la señora Crescencia Richez Márquez, en adelante apelada, presentó una Petición de Orden de Protección al amparo de la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, conocida como Ley 54, 8 L.P.R.A. sec. 601 et seq., contra el apelante, quien es su esposo. Alegó ser víctima de maltrato provocado por la parte apelante quien mediante el uso de fuerza, violencia, intimidación o amenaza le había provocado temor de sufrir daño físico, de que se la causará daños a otras personas, había provocado en ella daño emocional o psicológico, privado de la libertad de movimiento y de descanso adecuado. Explicó que las partes, quienes aún vivían bajo el mismo techo, se habían casado hacia 23 años y como producto de su matrimonio habían tenido 3 hijas de 22, 15 y 12 años que aun vivían con sus padres. Afirmó, en detalle, situaciones específicas de maltrato que el apelante; la amenazaba diciéndole que si se divorciaba se quitaba la vida; que el diablo se quería llevar a su familia; le restringía su libertad diciéndole que sobre su cadáver saldría del país; la rastreaba con GPS llamando a todas las personas que la conocen cuando no la podía conseguir a su celular; la difamaba diciendo que ella no se sometía a él como hombre; que hacía lo que le daba la gana y que durante la intimidad le pedía que imaginara que sostenía relaciones sexuales con otros hombres. Manifestó sentir que su familia inmediata estaba en peligro incluyendo a sus hijas.1 La Orden de Protección Ex Parte fue expedida el 16 de julio de 2013 y la vista señalada para el 7 de agosto de 2013. Durante la vista, a preguntas de su representación legal, la apelada manifestó:

  1. Pues, había una presión de celos de difamación, que yo estaba con otra persona, mis entradas y salidas, pues la fiscalizaba, llamaba a los sitios para ver si en realidad yo estaba en ese lugar. Los teléfonos, pues me los fiscalizaba también, llamadas entrantes, llamadas salientes. A las niñas, pues les decía que yo estaba haciendo cosas incorrectas.

  2. ¿Qué cosas incorrectas decía él?

  3. Pues, que yo estaba con una persona feligrés de mi iglesia. Dentro de la misma iglesia, pues acusó a la persona de que no asistiera a la iglesia porque él entendía que la pastora estaba con él, refiriéndose a mí persona. A las personas que sean de mi apoyo también le decía que yo, pues no lo respetaba, que yo me creía el macho de la casa, que yo estaba haciendo cosas incorrectas y debido a eso, pues entendí que un diálogo cordial, verdad, resolvía, pero no sucedió así.

  4. ¿Qué pasó luego de que usted le solicitó el divorcio al al padre de sus hijas?

  5. Pues, el día sábado 15, Día de los Padres, él me entra en una crisis y alega que el diablo se le apareció, que se le sentó al lado en el carro, que le dijo que se iba a llevar—que lo iba a matar a él, que se iba a llevar su familia y estuvo fuera del hogar desde las ocho de la noche (8:00 p.m.) hasta las tres de la mañana (3:00 a.m.), revelaciones de que el diablo se quería llevar a su familia y que él l[o] estaba buscando, tratando de…2

Alegó la apelada que desde el 2003 habían experimentado problemas en el matrimonio, por razón de que el apelante la acusaba de estar con otra persona y que en aquella ocasión manifestó que: “por encima de su cadáver ésta servidora y mis hijos íbamos a salir de la casa. Nadie salía de la casa porque él entendía que no había justificación.”3

Manifestó sentir temor por su vida y por sus hijas. Aclaró que nunca hubo maltrato físico sino emocional, psicológico. Sobre la conducta del apelante hacia sus hijas expreso: “pues, la nena me indicaba que cuando estaba sola en el vehículo con él, él comenzaba a decir que yo, pues era una cualquiera, que era---( sic) que me creía el macho de la casa, que no lo respetaba. La nena me decía que llegaba llorando al salón porque durante el camino él comenzaba a—(sic)subía el radio, le daba duro al guía, que hacía zigzag, que gritaba. En la casa, pues ya las nenas estaban aisladas. Cuando él llegaba se subían a los cuartos, no querían estar a solas con él.”4

Durante el contrainterrogatorio, la apelada nuevamente manifestó que nunca había sido objeto de violencia física, que su caso se trataba de maltrato psicológico o emocional. Que el apelante la había llamado puta, que la había difamado en su círculo de actividades, que había dicho que ella le era infiel, que no era el mejor ejemplo y que esta situación ocurría cada vez que ella intentaba divorciarse del apelante. Afirmó que sus hijas presenciaron el último evento donde el apelante había abandonado su hogar porque el diablo se le había aparecido y se quería llevar a su familia. Sin embargo, no se fue de la casa sino hasta el 24 de junio, una semana después5.

El apelante presentó como testigo la hija mayor de edad. Ésta manifestó que estuvo presente durante la situación entre sus padres, declaró lo siguiente: “entonces es que ellos tuvieron un altercado que hablaron de divorcio y demás. Ninguno de los dos (2) se ofendió como tal, nadie se habló malo, nadie se… o sea, no hubo ningún tipo de amenaza, no se habló de suicidio. No se habló de nada de ese ámbito, pero nosotros nos quedamos tranquilas. Mi padre se desespera por el hecho de que, pues obviamente cualquier persona que siente que va a perder su familia, pues va a sentirse mal.” Explicó que hubo solo una discusión en donde se habló de divorcio y que su padre no llegó a su casa porque no quería seguir con la discusión. Testificó que éste se escuchaba lloroso, pero que no hubo ningún tipo de agresión. Describió a su padre como un buen proveedor que nunca le había alzado la mano ni a ella ni a sus hermanas. Indicó que su madre le había manifestado que ella se quería divorciar, pero no quería llevar una Ley 54 contra su padre, pero fue mal orientada. Durante el contrainterrogatorio expresó que una Orden de Protección no era necesaria6. Posteriormente, el apelante prestó su testimonio. A preguntas de su abogado sobre la imputación de infidelidad contra su esposa éste manifestó: “que me llaman mis niñas y entonces yo no sabía dónde se había ido mi esposa. La tratamos de llamar porque yo le había permitido, verdad, ella siempre ha tenido sus vehículos, sus teléfonos, yo le… En lo que Dios me ha ayudado, para que ella tenga su mente en todas las áreas, verdad, del saber. Entonces hubo un problema en la iglesia que se llevaron y que una guagua…”7(Énfasis nuestro). Alegó que a solicitud de sus hijas se encontraron con la apelada en un Burger King donde ésta llegó con dos personas que catalogó como delincuentes a quienes alegó haber traído como testigos. Testificó el apelante que: “[e]ntonces cuando ella aparece, me aparece con estas dos (2) personas. Le decimos, “por favor, permite que estas dos (2) personas no estén en esta conversación y ella dijo que no. Una de las personas delincuentes me escribió que esta persona lo iba a matar y que en la casa de mi hija dice que se iba a quitar el chaleco de cristiano y que iba a matar a la otra persona. Se montó en el carro que yo le he dado a ella para que ella haga todo su procedimiento normal, digo, verdad, como pastora y como madre…”8 (Énfasis nuestro). Posteriormente durante su testimonio relató: “yo le doy esta libertad a ella para que pueda hacer sus cosas como ministro, como madre, como esposa.”9 Cuestionado por el tribunal apelado sobre a dónde le escribía el alegado amante de la apelada a ésta, el apelante manifestó que le escribía mensajes de texto a su teléfono donde le decía que era una persona linda, agradable y otra...

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