Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Febrero de 2014, número de resolución KLCE201400070

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400070
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2014

LEXTA20140207-002 Ortiz Cruz v. Torres Martinez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-GUAYAMA

PANEL II

Carmen Noelis Ortiz Cruz
Demandante-Recurrida
vs. Jorge Luis Torres Martínez; Salimedial Physician Services Inc.
Demandados-Peticionarios
KLCE201400070
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Superior de Guayama Sobre: Nombramiento de Administración Judicial Civil Núm.: G4CI201300197

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 07 de febrero de 2014.

Comparece ante nos el señor Jorge Luis Torres Martínez (Sr. Torres Martínez) quien insta un recurso de petición de certiorari en el cual solicita que se revise una determinación emitida el 16 de diciembre de 2013 y notificada el 18 de igual mes y año por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama (TPI). En lo concerniente a la controversia de autos, el Foro recurrido resolvió que:

. . . . . . . .

Vista la (1) Réplica a Moción en Cumplimiento de Orden presentada por la parte demandada de epígrafe a través de su representante legal y (2) Moción en Cumplimiento de Orden presentada por la parte demandante de epígrafe a través de su representante legal, este Tribunal resuelve lo siguiente:

(1) A petición de inhibición hecha por la parte demandada en cuanto a la participación del Juez Superior, Hon.

Aníbal Lugo Irizarry, en procedimientos de autos: Sin Lugar. Hasta tanto la Oficina de Asuntos Legales de la Oficina para la Administración de los Tribunales, organismo encargado de investigar y considerar quejas presentadas contra los jueces de la Rama Judicial, no tome una determinación con relación a si la queja presentada contra el Honorable Lugo Irizarry tiene mérito, y en ausencia de algún motivo basado en la aplicación de la Regla 63.1 de Procedimiento Civil en marras, no procede relevar al Honorable Lugo Irizarry de su función de revisión judicial. Tal hecho aislado no es por sí sólo suficiente para decretar la inhibición solicitada, Mélendez v. Caribbean Int’l News, 151 DPR 649 (2000).

. . . . . . . .

(Ap. 1, pág. 2).

Examinada la comparecencia de epígrafe, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideración, procedemos a denegar la expedición del auto solicitado mediante los fundamentos que expondremos a continuación.

-I-

El 13 de mayo de 2013, el Sr.

Torres Martínez presentó ante la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) una queja contra el Hon. Aníbal Lugo Irizarry (Hon. Lugo Irizarry) por alegadamente haber violentado los Cánones 4, 8, 9 y 17 de los Cánones de Ética Judicial, 4 LPRA Ap. IV-B. Dicha solicitud se fundamentó en las actuaciones del mencionado Juez en el caso G4CI2012003641 sobre la división de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales.

El 28 de junio de 2013, la señora Carmen Noelis Ortiz Cruz (Sra. Ortiz Cruz) radicó una Demanda sobre nombramiento de administrador judicial ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Salinas. Luego de varias incidencias procesales, el 3 de septiembre de 2013 la parte peticionaria suscribió una solicitud de desestimación. El 2 de octubre de 2013, la parte recurrida se opuso a la misma; a su vez, conforme a la Regla 38.1 de las Reglas de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, solicitó la consolidación de los casos radicados. El 4 de octubre de 2013, el TPI denegó la solicitud de desestimación.

El 9 de octubre de 2013, el Sr.

Torres Martínez instó una “Moción Solicitando Inhibición de Juez” y expuso que al encontrarse pendiente una queja administrativa ante la consideración de la OAT en contra del Hon. Lugo Irizarry, procedía su inhibición.

El 11 de octubre de 2013, el Hon.

Lugo Irizarry refirió el asunto sobre la inhibición solicitada ante el Juez Administrador...

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