Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Marzo de 2014, número de resolución KLCE201301659

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201301659
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2014

LEXTA20140328-013 Maldonado Alvalle v. Torres Robles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VIII

JULIO JAVIER MALDONADO ALVALLE
Demandante-Recurrido
v.
SONIA NOEMÍ TORRES ROBLES
Demandada-Peticionaria
KLCE201301659
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm.: J DI2013-0568 Sobre: Divorcio

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Surén Fuentes, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de marzo de 2014.

Comparece ante nos la señora Sonia Noemí Torres Robles, parte peticionaria. Solicita revoquemos las Órdenes emitidas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, el 14 de noviembre de 2013, y notificadas a las partes el 10 de diciembre de 2013.

-I-

El 19 de junio de 2013 el señor Julio Javier Maldonado Alvalle, parte recurrida en este caso, presentó Demanda de Divorcio por la Causal de Separación contra la Sra. Torres Robles. El 16 de agosto de 2013, el Tribunal de Primera Instancia dictó Sentencia, decretando divorcio por la causal de ruptura irreparable. Posteriormente la Sra. Torres Robles presentó Moción de Reconsideración. Indicó haber peticionado una vista de administración de bienes, específicamente para solicitar la coadministración como bien ganancial del negocio en marcha conocido como Javier Auto Air. El 2 de octubre de 2013 el Tribunal de Primera Instancia emitió Resolución. Acogió la Moción de Reconsideración presentada a los únicos fines de autorizar que la Sra. Torres Robles co administre el negocio ganancial en marcha. El Foro Superior explicó que su determinación constituyó una medida cautelar, fundamentada en el deber de velar porque los bienes de ambas partes no se malversen o se coloque en precario el patrimonio ganancial.

Posteriormente la Sra. Torres Robles presentó múltiples mociones ante el Tribunal de Primera Instancia. El 8 de octubre de 2013, ésta presentó Memorando de Costas y Gastos, mediante la aquí peticionaria solicitó al tribunal que ordenase Sr. Maldonado Alvalle pagar un partida correspondiente a los alegados gastos incurridos para reclamar su derecho a la coadministración del negocio ganancial. Para el 16 de octubre de 2013, presentó Moción Solicitando Desacato en Contra de la Parte Demandante Julio Javier Maldonado Alvalle. El 21 de octubre de 2013 presentó Moción Solicitando Reconsideración a la Determinación de la Moción Solicitando Orden Post Sentencia y Resolución en Reconsideración. El 25 de octubre de 2013 presentó Moción Informando Solicitud de Desacato por Realizar Actos de Administrar sin la Intervención de la Demandada Sonia N. Torres Robles. Mediante estas últimas tres mociones la Sra. Torres Robles solicitó al Foro Superior que encontrara incurso en desacato al Sr. Maldonado Alvalle, y ordenase a éste permitir a la peticionaria coadministrar el negocio en marcha Javier Auto Air. De igual le forma...

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