Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Abril de 2014, número de resolución KLAN201301019

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201301019
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución24 de Abril de 2014

LEXTA20140424-026 Pueblo de PR v. Guadamus Melendez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL XI

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. ALBERTO GUADAMUS MELENDEZ Apelante
KLAN201301019
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, de Arecibo Civil Núm: CVI2012G0028

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Juez Nieves Figueroa y el Juez Brau Ramírez.

Nieves Figueroa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 24 de abril de 2014.

Comparece Alberto Guadamus Meléndez (Apelante) mediante el presente recurso de apelación y nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Arecibo, el 21 de mayo de 20131. Mediante este dictamen el TPI declaró culpable al Apelante por infringir el Art. 106 del Código Penal de Puerto Rico, según enmendado, 8 L.P.R.A. sec. 633 (Ley 54), y le impuso una pena de 99 años de cárcel.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, acordamos confirmar la Sentencia apelada.

I.

Los hechos de la presente controversia se relacionan con la muerte de una anciana de 77 años de edad ocurrida el 16 de junio de 2011 después de sufrir complicaciones de salud a causa de múltiples traumas recibidos a manos de su hijo, el Apelante. Debido a esto, el Apelante fue acusado, juzgado y encontrado culpable de asesinato mediante tortura y condenado a cumplir 99 años de prisión.

De los testimonios vertidos en el juicio en su fondo, surge que el 10 de mayo de 2011, el policía Marcos Hernández Rodríguez acudió a la residencia de la señora Blanca Meléndez Maldonado, madre del Apelante, tras recibir una denuncia sobre la presencia de una persona agresiva. Durante su testimonio en el juicio, el agente Hernández Rodríguez declaró que cuando llegó al lugar se percató que frente a la casa de la señora Meléndez Maldonado se encontraba el Apelante en actitud agresiva, caminando de lado a lado y tirando puños al aire. En ese momento, el agente Hernández Rodríguez se acercó a este para preguntarle qué le pasaba. Este contestó “que tenía que darle un puño a su señora madre en la boca y amarrarla para controlarla”.2 Inmediatamente, el agente Hernández Rodríguez le preguntó dónde se encontraba la señora Meléndez Maldonado y si podía llevarlo a ella. Al entrar a la casa, el Policía encontró que ésta se encontraba tirada en el piso, en posición fetal, con las manos amarradas al cuello y los pies atados con soga y cable de equipo eléctrico. ,Ésta también estaba amordazada con una cinta adhesiva color gris, de tipo industrial, que le daba vuelta a su cara y su cabeza y sólo tenía expuesta la nariz.

Durante el interrogatorio directo, el agente Hernández Maldonado describió que la señora “parecía una momia de la manera que estaba envuelta”.3 Declaró que en ese momento, los paramédicos intervinieron para ver si la señora Meléndez Maldonado aún estaba viva. Relató que cuando la tocaron se percataron de que ésta aún estaba viva, por lo que inmediatamente procedieron a retirarle la cinta adhesiva de su boca. Al retirarle la cinta adhesiva de la boca, la hoy occisa, escupió un “chorro de sangre”.4 Ante esto, los paramédicos le pidieron al Apelante los documentos de su madre. Sin embargo, tras buscar en sus bolsillos y luego de sacar algunos documentos, a éste se le cayó un sobre verde con polvo blanco que aparentaba ser cocaína5, por lo cual el policía Hernández Maldonado procedió a ocupar el sobre, leerle las advertencias de ley y arrestarlo.6 Una vez en la patrulla, mientras iban de camino al cuartel de la Policía, el Apelante manifestó que “se sintió bien dándole un puño a su señora madre en la boca y si le tocaba lo hacía de nuevo o hasta peor”. Según su testimonio en corte, el agente declaró que estas expresiones fueron hechas por el Apelante en varias ocasiones hasta que fue llevado al Tribunal de Primera Instancia, Sala de Manatí, en donde la juez Sonya Nieves encontró causa para su arresto por posesión de sustancias controladas. Cabe señalar que también volvió a decir lo mismo frente a la juez Nieves.7

Mientras esto ocurría con el Apelante, los paramédicos, luego de examinar y estabilizar a la señora Meléndez Maldonado, la transportaron hasta la sala de emergencia del Hospital Cayetano Coll y Toste, en donde estuvo hospitalizada desde el día 10 hasta el 12 de mayo de 2011, cuando fue dada de alta.8 Luego, estuvo bajo el cuidado de la señora Reneyda Alago, hija de la prima de la señora Meléndez Maldonado y quien se ocupó de ella hasta que fue internada al hogar para ancianos Hatillo Nursing Home donde, finalmente, murió.

A preguntas del Ministerio Público, el agente Hernández Maldonado contó que volvió a ver a la madre del Apelante en la casa de la señora Alago, en donde pudo conversar con ella. Según su testimonio, éste relató lo siguiente:

Fiscal: Le pregunto agente luego de que usted tuviera contacto tuvo contacto con la occisa, con la Sra. Nieves ¿en qué momento vuelve usted a tener algún tipo de contacto con la occisa?

Agte. Hernández: Sí correcto unos días luego que le habían dado de alta del hospital ella se encontraba en la casa de la Sra. Reneynda Alago quien es la prima.

Fiscal: Usted dice que a unos días de haber sido dada de alta del hospital, recuerda específicamente cuantos días después de haber sido dada de alta del hospital?

[…]

Agte. Hernández: Si no me equivoco eh como cuatro días, cinco días.

[…]

Fiscal: Cuando usted llega entonces a la casa de la Sra. Reneyda Alago podría indicar que usted hizo allí cuando llegó?

[…]

Agte. Hernández: Le pregunto cómo estaba, como ella estaba, recuerdo que había un televisor ella estaba viendo televisión, se sonríe conmigo, me saluda me dice que esta esperando que su esposo venga a recogerla, un señor que había fallecido ya hace años.

[…]

Agte. Hernández: Eh me acuerdo que el transbordador espacial estaba despegando ella ve eso y me dice “a como ha llegado la ciencia mira que ya van al espacio” sabe estaba hablando normal y alerta.

Fiscal: ¿Qué edad tenía la señora Blanca si usted…

Agte. Hernández: 77 años cuando la veo la veo frágil se ve una personal delgada eh débil, frágil aunque se sonreía y era amable pero se notaba en el físico que ha sufrido.

Fiscal: Le pregunto agente ¿qué características físicas usted pudo observar en la forma de doña Blanca que le haya llamado la atención a usted?

Agte. Hernández: En la mandíbula tenía moretones y en la cabeza y en la cara.

Fiscal: Le podría señalar a la juez ¿dónde usted vio esos moretones?

Agte. Hernández: Eran acá en esta área por el pelo pero le cogía parte de la frente y se notaba que subía hacia dentro del pelo, en la cabeza, en la quijada, en esta área específicamente.

Fiscal: Y esos moretones ¿de que tamaño?

Agte. Hernández: Bastante grandes eran consistentes de puños.

[…]

Juez: No, a mí me interesa saber que habló con ella no después que la visitó? ¿habló con ella o no hablo con ella?

Agte. Hernández: Llegue a hablar pero note que ella no estaba muy bien de la mente en cuestión de que ya pues me había comentado de que estaba esperando a su esposo eh viniera a buscarla y ya tenía conocimiento que el esposo de ella había fallecido bastante años atrás. Eh como no me atreví preguntarle, indagarle de la situación ya que de la condición que ella se veía físicamente no quería alterarla….9

Posteriormente, ante los cuestionamientos del abogado de la defensa, en torno a si la declaración jurada que había suscrito el agente Hernández Maldonado contenía las manifestaciones que había hecho el Apelante, sobre repetir la agresión contra su madre, éste admitió que éstas no estaban en esa declaración. A preguntas sobre la condición mental en que se encontraba la señora Meléndez Maldonado cuando la fue a visitar a la casa de la señora Alago, el policía Hernández Maldonado respondió que dada las manifestaciones de ésta sobre su difunto esposo, entendió que ella no estaba en condiciones de testificar sobre la alegada agresión cometida por el Apelante.10

Esta versión de los hechos brindada por el agente Hernández Maldonado, fue corroborada por el segundo testigo, el señor Roberto Pérez González, paramédico que atendió a la señora Meléndez Maldonado. Según su testimonio durante el interrogatorio del Ministerio Público, el Apelante se encontraba alterado y gritando, diciendo que “su mamá estaba agresiva y que tuvo que darle un puño”.11 Asimismo, declaró que una vez entra a la casa y la ve procedió a removerle el tape que tenía “ya que no podía respirar bien la señora”.12

Fiscal: ¿Qué ocurre cuando usted procede a remover el tape de su rostro?

Roberto: Le removimos el tape y nos encontramos con múltiples traumas en la cara y tenía…

[…]

Roberto: Le sacamos el tape le salió un coagulo de sangre por la boca y empezó a sangrar por la boca. Ahí procedimos pues a limpiarle toda esa sangre y nos encontramos además que tenía este laceraciones, contusiones…

Fiscal: Nos podría eh abundar que usted se encuentra una vez le quita el tape a la señora en el rostro? ¿qué usted observa en su rostro?

Roberto: Eh primeramente pues yo con las manos pues le palpe la cara para ver si tenía una fractura en el cráneo y pude notar que tenía como una dislocación en la mandíbula.

[…]

Roberto: Se veía como dislocada una deformidad y pues ahí estaba votando sangre procedimos a…

[…]

Fiscal: ¿Cómo estaba, como usted la describe en ese momento la describiría?

Roberto: Bueno la señora estaba bien débil eh presentaba este deshidratación pues nosotros tenemos una prueba levantamos la piel y al cuerpo no tener suficiente agua pues la piel se le queda este elevada.

[…]

Fiscal: Y qué fue lo que…cuando ustedes hacen esa prueba con ella ¿qué pudo usted observar?

Roberto: Bueno la piel se le quedo levantada eh aparentemente llevaba días sin comer, la señora también este pues tenía mal olor parecía que no, no se había aseado hacia tiempito.

[…]

Fiscal: Le pregunto eh testigo si en...

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