Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2014, número de resolución KLRA201400093
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201400093 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2014 |
LEXTA20140430-004 Ortiz Rentas v. Adm. de Corrección
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EMILIANO ORTIZ RENTAS Recurrente | KLRA201400093 | Revisión judicial de decisión administrativa procedente del Depto. de Corrección y Rehabilitación CASO NÚM. VA-313-13 SOBRE: Aplicación de bonificación por trabajo y/o estudio de Ley 208 de 2009 |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García y el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Grana Martínez.
Grana Martínez, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 30 de abril de 2014.
Con fecha del 30 de enero de 2014, el confinado Emiliano Ortiz Rentas (Recurrente) presentó recurso de revisión judicial respecto a la Resolución dictada por la División de Remedios Administrativos (DRA) del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) el 22 de enero de 2014.
La DRA reiteró que al Recurrente no le aplicaba la Ley 208-2009 con relación a la bonificación por estudio y trabajo solicitada.
Le concedimos hasta el 14 de marzo de 2014 al DCR para que presentara su alegato. Oportunamente compareció, por lo
cual, perfeccionado así el recurso, procedemos a resolverlo de conformidad con los fundamentos de Derecho que más adelante esbozamos.
Del expediente ante nuestra consideración surge que el Recurrente extingue pena de reclusión por la comisión del delito de asesinato en primer grado. En lo que nos concierne, el 11 de septiembre de 2013, el Recurrente solicitó a la DRA que se le abonara al cálculo de su pena el tiempo dedicado a estudio y trabajo. Específicamente aludió a la Ley 208-2009 y arguyó que según la referida ley no había exclusión de delitos para el beneficio de bonificación.
El 31 de octubre de 2013, la DRA emitió
Respuesta en la cual denegó la bonificación y expresó que la Ley 208-2009 no le aplicaba al Recurrente puesto que fue sentenciado el 9 de febrero de 1993 y la Ley 208 no aplicaba del 1990 al 2004. El 15 de noviembre de 2013, el Recurrente solicitó reconsideración pues entiende que la Ley 208 le aplica a todos los confinados irrespectivamente de cuándo fueron convictos y de los delitos cometidos.
El 22 de enero de 2014, la DRA emitió
Resolución mediante la cual confirmó la Respuesta y expresó lo siguiente:
[ ] a pesar de que la Ley [208] no excluye de [sic] delito alguno de su beneficio quedan excluidos de la concesión de dicha bonificación los confinados que se les haya impuesto una sentencia en tiempo natural entre otras a considerar como leyes especiales, multas o penas de 99 años antes del 20 de julio de 1989. Tan pronto extinga la sentencia de tiempo natural, podrá ser acreedor de la bonificación que le corresponda por concepto de estudio y trabajo. (énfasis original omitido; subrayado nuestro) Apéndice del Recurrente, Resolución de la DRA, pág. 2
Inconforme con la determinación de la DRA, a finales de enero de 2014, el Recurrente nos remitió recurso de revisión judicial en el cual reiteró su reclamo de bonificación. En síntesis arguyó que la Ley 208 le aplicaba, que era retroactiva, y que no excluía delito alguno.
Mediante Resolución del 28 de febrero de 2014, le concedimos hasta el 14 de marzo al DCR para que presentara su alegato, lo cual oportunamente hizo.
Al tenor de los fundamentos de Derecho que a continuación expresamos, confirmamos la decisión de la DRA.
Es norma reiterada que las decisiones de las agencias administrativas gozan de la mayor deferencia por los tribunales. The Sembler Co.
v. Mun. de Carolina, 185 D.P.R. 800 (2012); Camacho Torres v. AAFET, 168 D.P.R.
66, 91 (2006). Esto implica que las decisiones de las agencias administrativas tienen a su favor una presunción de legalidad y corrección que debe respetarse por los tribunales.
Nuestra función revisora con respecto a las determinaciones del DCR es, pues, de carácter limitado. Sus decisiones merecen nuestra mayor deferencia judicial, sobre todo, cuando se le ha delegado la implantación de una política pública que requiere un alto grado de especialización o control de recursos y competencias institucionales. Cruz Negrón v. Adm. de Corrección, 164 D.P.R.
341, 357-358 (2010). En armonía con la finalidad perseguida, debemos limitarnos a evaluar si la DRA actuó arbitraria o...
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