Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Junio de 2014, número de resolución KLAN201400471

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400471
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Junio de 2014

LEXTA20140612-005 Gonzalez López v. Ruiz Soto

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL de MAYAGÜEZ – AGUADILLA -

AIBONITO

PANEL X

JOSÉ R. GONZÁLEZ LÓPEZ Apelante v. ANTONIO RUIZ SOTO Apelado KLAN201400471 APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguada Civil Núm.: ABCI201100421 Deslinde y Amojonamiento

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Colón y el Juez Brau Ramírez. El Juez Hernández Serrano no interviene.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2014.

Comparece ante nosotros, el José R. González López, Luz Maria Ruiz Soto y la Sociedad Legal de Gananciales Compuesta por Ambos (apelantes), y nos solicitan la revisión de la Sentencia dictada, el 2 de diciembre de 2013 y notificada el 3 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla (TPI). Mediante dicha Sentencia el TPI declaró Sin Lugar la demanda presentada por los apelantes.

Por los fundamentos expuestos a continuación, se confirma la Sentencia emitida por el TPI.

I.

Los hechos que dieron lugar a la reclamación comenzaron con la presentación de una Demanda el 20 de abril de 2011, por los apelantes sobre acción reivindicatoria y de deslinde. Indicaron que su terreno había sido objeto de invasión por parte de los apelados, quienes intencional y maliciosamente realizaron ampliaciones a su estructura sin su consentimiento. Solicitaron la replantación de los puntos y reivindicación del terreno.

El 2 de diciembre de 2013, el TPI mediante Sentencia declaró Sin Lugar la demanda presentada por los apelantes, y ordenó: (i) a que lo edificado en suelo de los apelantes pasara a formar parte de la propiedad de los apelados por acción invertida de construcción extralimitada, sin paga o compensación a favor de los estos; (ii) a firmar todos los instrumentos públicos y/o documentos legales correspondientes para que el predio de terreno extralimitado pasara a formar parte del predio de terreno de los apelados; y (iii) condenó a la parte demandante a pagarle al demandado dos mil dólares ($2,000.00), en gastos de honorarios de abogado. 1

Inconforme, la parte apelante presentó reconsideración oportuna el 18 de diciembre de 2013. La parte apelada no presentó oposición a la misma. La reconsideración fue denegada mediante Resolución emitida el 24 de febrero de 2014 y notificada el 25 del mismo mes y año.2

Inconforme con tal determinación, el Departamento acude ante nos y plantea la comisión de los siguientes errores:

ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL DETERMINAR QUE LAS AMPLIACIONES CONSTRUIDAS EN EL PREDIO DE TERRENO DE LOS APELANTES-DEMANDANTES SE CONSTRUYERON DE BUENA FE.

ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL EN SU EVALUACION DE LA PRUEBA DEMOSTRANDO PERJUICIO Y PARCIALIDAD SEGÚN SE DESPRENDE DE LAS DETERMINACIONES DE HECHO QUE NO SE SUSTENTAN CON LA PRUEBA PRESENTADA.

ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL NO IMPONER A LOS APELADOS-DEMANDADOS EL PAGO O COMPENSACIÓN A FAVOR DE LOS APELANTES-DEMANDANTES POR EL TERRENO INVADIDO.

ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL NO ESTABLECER HONORARIOS DE ABOGADO A FAVOR DEL DEMANDANTE.

ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL IMPONER HONORARIOS A FAVOR DEL APELADO-DEMANDADO.

ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL NO TOMAR...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR