Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Junio de 2014, número de resolución KLAN201400471
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201400471 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2014 |
REGION JUDICIAL de MAYAGÜEZ AGUADILLA -
AIBONITO
JOSÉ R. GONZÁLEZ LÓPEZ Apelante v. ANTONIO RUIZ SOTO Apelado | KLAN201400471 | APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguada Civil Núm.: ABCI201100421 Deslinde y Amojonamiento |
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Colón y el Juez Brau Ramírez. El Juez Hernández Serrano no interviene.
Cintrón Cintrón, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2014.
Comparece ante nosotros, el José R. González López, Luz Maria Ruiz Soto y la Sociedad Legal de Gananciales Compuesta por Ambos (apelantes), y nos solicitan la revisión de la Sentencia dictada, el 2 de diciembre de 2013 y notificada el 3 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla (TPI). Mediante dicha Sentencia el TPI declaró Sin Lugar la demanda presentada por los apelantes.
Por los fundamentos expuestos a continuación, se confirma la Sentencia emitida por el TPI.
Los hechos que dieron lugar a la reclamación comenzaron con la presentación de una Demanda el 20 de abril de 2011, por los apelantes sobre acción reivindicatoria y de deslinde. Indicaron que su terreno había sido objeto de invasión por parte de los apelados, quienes intencional y maliciosamente realizaron ampliaciones a su estructura sin su consentimiento. Solicitaron la replantación de los puntos y reivindicación del terreno.
El 2 de diciembre de 2013, el TPI mediante Sentencia declaró Sin Lugar la demanda presentada por los apelantes, y ordenó: (i) a que lo edificado en suelo de los apelantes pasara a formar parte de la propiedad de los apelados por acción invertida de construcción extralimitada, sin paga o compensación a favor de los estos; (ii) a firmar todos los instrumentos públicos y/o documentos legales correspondientes para que el predio de terreno extralimitado pasara a formar parte del predio de terreno de los apelados; y (iii) condenó a la parte demandante a pagarle al demandado dos mil dólares ($2,000.00), en gastos de honorarios de abogado. 1
Inconforme, la parte apelante presentó reconsideración oportuna el 18 de diciembre de 2013. La parte apelada no presentó oposición a la misma. La reconsideración fue denegada mediante Resolución emitida el 24 de febrero de 2014 y notificada el 25 del mismo mes y año.2
Inconforme con tal determinación, el Departamento acude ante nos y plantea la comisión de los siguientes errores:
ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL DETERMINAR QUE LAS AMPLIACIONES CONSTRUIDAS EN EL PREDIO DE TERRENO DE LOS APELANTES-DEMANDANTES SE CONSTRUYERON DE BUENA FE.
ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL EN SU EVALUACION DE LA PRUEBA DEMOSTRANDO PERJUICIO Y PARCIALIDAD SEGÚN SE DESPRENDE DE LAS DETERMINACIONES DE HECHO QUE NO SE SUSTENTAN CON LA PRUEBA PRESENTADA.
ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL NO IMPONER A LOS APELADOS-DEMANDADOS EL PAGO O COMPENSACIÓN A FAVOR DE LOS APELANTES-DEMANDANTES POR EL TERRENO INVADIDO.
ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL NO ESTABLECER HONORARIOS DE ABOGADO A FAVOR DEL DEMANDANTE.
ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL IMPONER HONORARIOS A FAVOR DEL APELADO-DEMANDADO.
ERRÓ EL HONORABLE TRIBUNAL AL NO TOMAR...
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