Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Julio de 2014, número de resolución KLCE201400776
| Emisor | Tribunal Apelativo |
| Número de resolución | KLCE201400776 |
| Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
| Fecha de Resolución | 18 de Julio de 2014 |
| | | Certiorari (Se acoge como apelación) procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: D DI2013-1180 (Sala 3005) Sobre: Divorcio (TC) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Figueroa Cabán y la Juez Lebrón Nieves.
Morales Rodríguez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de julio de 2014.
La apelante Isabel Berríos Rodríguez y el apelado Melvin Lara Quiñones contrajeron matrimonio el 2 de diciembre de 2005. Procrearon dos hijos, una niña, la primogénita, y un niño. En 12 de julio de 2013 el matrimonio quedó disuelto por consentimiento mutuo. Como parte de las estipulaciones se pactó: relaciones paterno filiales serán los fines de semanas alternos, desde viernes a las 7:00 pm a domingo a las 7:00 pm. Desde el divorcio las partes han litigado por el derecho de los menores a relacionarse con su padre.
A escasos tres meses de dictada la sentencia de divorcio, la madre solicitó la modificación del plan de visitas
estipulado. Alegó que su hija V.I.L.B. mostraba resistencia a relacionarse con su padre. La causa alegada era que el padre tenía nueva pareja con la que tenía otra hija lo cual afectaba emocionalmente a la niña. El Tribunal ordenó el cumplimiento del plan.
Posteriormente, el apelado Lara informó que la apelante Berrios incumplía el plan de visitas; que no le permitía relacionarse con sus hijos. El tribunal señaló vista de mostrar causa. Entretanto, la madre obtuvo una orden de protección ex-parte contra el padre. La orden tiene fecha de 11 de diciembre de 2013. Le prohíbe acercarse a la residencia de la madre y de los abuelos maternos por un año.
El 23 de diciembre de 2013, el Tribunal de Primera Instancia escuchó a las partes en la vista de mostrar causa. La Minuta Resolución recoge los elementos de su deliberación:
La licenciada López indica que es una Vista de Desacato para la Sra. Isabel Berríos porque no ha cumplido con las relaciones paterno filiales. Su posición es que la co peticionaria ha prohibido que el padre comparta con sus hijos.
Hace dos meses no le permite compartir con estos. Hace constar que incluso le puso una Orden de Protección. Manifiesta que no se dan los requisitos para suspender unas relaciones paterno filiales.
La licenciada Díaz expresa que no son correctas las alegaciones de la otra parte.
Indica que el caballero le informó a la menor de 7 años que tenía una nueva compañera, tendría una bebé y se lo tenía que decir a la madre. En la escuela notaron a la niña retraída. La menor le dice a la madre que no quiere compartir con su padre mientras esté con la compañera de él y su hija. Manifiesta que la dama solicitó una Orden de Protección porque el caballero la agredía verbalmente. Tiene recomendaciones de una psicóloga.
El Tribunal indica que si es terapeuta, tiene unas limitaciones de conformidad con la jurisprudencia para poder presentar testimonio y sus recomendaciones al Tribunal y que el Tribunal las acoja, se descalifica en la función de testimonio para efectos forenses. Hace constar que las partes se divorciaron por la causa de consentimiento mutuo y estipularon la custodia y relaciones paterno filiales. Expresa que la orden de las relaciones paterno filiales no ha sido cumplida.
La licenciada López informa que tiene presentes al personal de la escuela de la menor (director, la Trabajadora Social y el párroco). Adicional, ofreció una propuesta de que el padre compartiera con los menores en Navidad y este fin de semana sin pernoctar. La licenciada Díaz indica que la dama no tendría problema. La única petición es que el caballero, al momento de presentarle a los menores nuevamente a su compañera y niña, si los menores se sintieran incómodos trate de trabajar la situación poco a poco.
El Magistrado escuchara el testimonio de las partes. Lo único que puede considerar es si hay una razón de peligrosidad para la menor. Reitera que no pueden delegar esto en manos de los menores.
Se procede con el desfile de prueba con el testimonio bajo juramento de las partes. La licenciada López deja consignado que el padre lleva 3 meses sin trabajar y no ha fallado la pensión. El caballero tiene dos menores con la peticionaria. Menciona que antes se relacionaba con los menores sin problema.
Luego del nacimiento de su nueva hija comenzaron los problemas. La comunicación con la dama no es buena. La dama indica que la psicóloga recomienda que no se obligue a la menor a relacionarse con el padre.
Bajo juramento, la Técnico en Trabajo Social de la escuela de la menor, Mildred Ortega Ramón indica que lleva 10 años laborando en el Colegio. Expresa que no ha visto cambio drástico en la escuela con relación a la menor, narra lo sucedido el 2 de diciembre, fecha en que el padre fue a sacar cita en la escuela y también se relacionó con la menor unos minutos. Manifiesta que fue una reunión amena y positiva. El padre se encontraba con su hija pequeña y la interacción fue buena.
Luego de la prueba escuchada, el Tribunal determina que no se identifican razones de negligencia o maltrato que impliquen el hecho de tomar la decisión de romper con ese lazo. Más recientemente el Tribunal Supremo en un caso de relevancia vuelve y reitera la norma a los fines de que en casos de relaciones filiales se requiere una prueba más allá de duda razonable y que ese plan filial no se puede romper abruptamente.
En cuanto al plan filial, se modifica el mismo a los fines de que sea sábados y domingos alternos de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. sin pernoctar. Los abuelos paternos y maternos serán los recursos de entrega y recogido de los menores. Los días 25 de diciembre, 1 y 5 de enero, los menores se relacionarán con su padre de 2:00 p.m. a 8:00 p.m. Los menores no tienen la capacidad para decidir y deben relacionarse con ambos padres. Las partes deben cumplir con el plan filial so pena de desacato. Se señala Vista de Seguimiento para el 11 de febrero de 2014 a las 9:00 a.m. Los presentes quedaron citados.
Se refiere el caso a la Unidad Social para estudio de relaciones paterno filiales.
Se ordena que rinda un informe con carácter provisional en 40 o 45 días y se informe por qué el Tribunal debe mantener la orden vigente y no reestablecer el plan filial. (Énfasis nuestro.)
Una vez rendido el informe, se señaló vista para el 25 de marzo de 2014. Las partes estuvieron de acuerdo con los hallazgos y recomendaciones contenidos en el estudio, le impartieron su aprobación. El juez de instancia, luego de acreditar el consentimiento otorgado, también aprobó el informe social y dictó resolución a esos efectos. De esa resolución con fecha de 25 de marzo de 2014 destacamos el nuevo arreglo de visitas paterno filiales para los fines de semanas:
Se fijan relaciones paterno filiales los fines de semanas alternos, de sábado a las 8:00 a.m. a domingo a las 8:00 p.m., por un periodo de seis meses. Luego, se ampliarán las mismas desde el viernes a la salida del colegio donde estudian los menores hasta lunes cuando se entregaran en la escuela. La abuela paterna recogerá a los menores en el hogar de la abuela materna.
El fin de semana que no corresponde al plan filial, el padre se relacionará con los menores el viernes de 2:30 p.m. a 6:00 p.m. La abuela paterna deberá recoger al hijo en el hogar de abuela materna a las 2:30 p.m. y luego recogerá a la niña a la salida del colegio. Los menores serán entregados en el hogar de la abuela materna a las 6:00 p.m.
Una vez se culmine la vigencia de la Orden de Protección, el padre recogerá y entregará a los menores en el hogar materno. ( )
El padre con patria potestad compartida podrá acudir al colegio de los menores, participar de las actividades educativas y extracurriculares, previa coordinación con la Administración del Colegio donde estudia la menor. Para así armonizar el derecho del padre en su ejercicio de patria potestad sobre sus hijos y el de no interferir con la persona de la madre custodia, conforme a la orden judicial de protección expedida el 11 de diciembre de 2013. Por lo que dicha orden se entiende enmendada en el acápite correspondiente en la página 2 de la misma. (Énfasis nuestro.)
En el mismo mes en que se notificó la nueva resolución, padre y madre presentaron solicitudes de cambio para el recién aprobado plan de visitas. Lara pidió la modificación de la hora y lugar de recogido de sus hijos. Alegó que el abuelo materno mostraba una actitud severa y le increpaba al momento de la entrega y recogido de los menores. Específicamente requirió dos cosas:
(1) Que los menores sean recogidos en un lugar imparcial cercano a ambos como el Mc.
Donalds de Bayamón oeste. (2) Que los menores sean recogidos a las 6:00 p.m. para evitar el problema de que los abuelos paternos no quieran entregar a los menores porque no fueron recogidos a las 2:30 p.m. puntualmente.
Por su parte, la madre solicitó la suspensión del plan de visitas. Alegó que era el padre quien no cumplía el horario de entrega y recogido del niño y la niña. El Tribunal resolvió:
Atendida la solicitud de modificación del plan filial y la...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.