Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Agosto de 2014, número de resolución KLAN201400390

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400390
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2014

LEXTA20140808-005 Macro Mix Inc. v. Montalvo Silva Construcciones Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL de MAYAGÜEZ –

AGUADILLA - AIBONITO

PANEL X

MACRO MIX, INC. Apelante v. E. MONTALVO SILVA CONSTRUCCIONES, INC. Demandados-Apelados KLAN201400390 APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Cabo Rojo Civil Núm.: I4CI201100318
H S MECHANICAL GROUP INC. Demandante-Apelados v. MUNICIPIO DE CABO ROJO Demandados-Apelados Civil Núm.: I4CI201200155 Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Colón y el Juez Brau Ramírez. El Juez Hernández Serrano no interviene.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 08 de agosto de 2014.

Comparece ante nosotros, Macro Mix, Inc. (Macro Mix), y solicita que revoquemos una Sentencia Sumaria Parcial emitida el 12 de marzo de 2013, notificada el 12 de febrero de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Cabo Rojo (TPI). Por medio de dicho dictamen, el TPI declaró Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria parcial y desestimó la demanda con perjuicio a favor de MAPFRE PRAICO Insurance Company (MAPFRE).

Examinados los escritos presentados, así como el derecho aplicable, acordamos confirmar la Sentencia Sumaria Parcial.

I.

La causa de acción se originó el 4 de agosto de 2011 cuando Macro Mix presentó demanda sobre cobro de dinero contra E. Montalvo Silva Construcciones, Inc. (E. Montalvo), Regner Montalvo Torres y la sociedad legal de bienes gananciales, MAPFRE y el Municipio de Cabo Rojo. Alegó que fue contratado por E. Montalvo para proveer hormigón premezclado en varios proyectos de construcción propiedad del Municipio de Cabo Rojo --Gimnasio Municipal, Plaza Artesanal, Edificio Galería de Arte y Museo y “Skatepark”-- y se le adeudan treinta y tres mil ochocientos ochenta y seis dólares con nueve centavos ($33,886.09), del material entregado.

Además, adujo que reclamó el pago de la deuda a todos los demandados y estos han hecho caso omiso.En lo referente a MAPFRE, arguyó que es la compañía fiadora de las obras de construcción para las cuales se compró el hormigón.

MAPFRE contestó la demanda y negó las alegaciones entabladas en su contra. Entre sus defensas afirmativas plateó que la deuda alegada se requirió pasado el término de seis (6) meses establecido en la Ley Núm. 388 del 9 de mayo de 1951 (Ley Núm. 388), mejor conocida como Ley de Proyectos de Obras Públicas, 22 L.P.R.A. sec. 47, por lo que la misma caducó. Asimismo, alegó que no afianzó el proyecto de “Skatepark”.

Posteriormente, Macro Mix enmendó la demanda con el fin de incluir a United Surety & Indemnity Company (United Suretey) como codemandado y aumentar la cantidad adeudada a noventa y ocho mil seiscientos treinta y cuatro dólares con ochenta y siete centavos ($98,634.87).

Ahora bien, el 10 de mayo de 2012, H.S. Mechanical Group (H.S. Mechanical) presentó demanda contra E. Montalvo, el Municipio de Cabo Rojo y MAPFRE. Alegó que fue contratado por E. Montalvo para la instalación de un sistema de aire acondicionado en el Gimnasio Municipal, sin embargo este no le ha pagado por sus servicios. Reclamó la cantidad de dieciocho mil ciento cuarenta y cinco dólares con diecinueve centavos ($18,145.19).

El TPI consolidó ambos pleitos y MAPFRE presentó Moción de Sentencia Sumaria. Fundó su pedido en que la acción caducó conforme a lo establecido en la Ley Núm. 388. Sostuvo que al Macro Mix y H.S. Mechanical no presentar sus respectivas reclamaciones dentro del término de seis (6) meses de prescripción, la causa de acción contra MAPFRE había caducado.

El TPI concedió término a Macro Mix y H.S. Mechanical para que expresaran su oposición a la moción de sentencia sumaria presentada. Según surge de la sentencia, estos no se opusieron a la misma. El 12 de marzo de 2013 el TPI emitió Sentencia Sumaria Parcial. Basándose en las disposiciones del Art. 9 de la Ley Núm. 388, 22 L.P.R.A. sec. 55, resolvió que cualquier derecho a demandar a MAPFRE bajo la fianza de pago suscrita para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de E. Montalvo […] caducó. Por tal razón, ordenó la desestimación con perjuicio de la demanda contra MAPFRE.

Insatisfecho con la decisión, Macro Mix presentó moción...

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