Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Agosto de 2014, número de resolución KLAN2014-01106
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN2014-01106 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 26 de Agosto de 2014 |
María E. Naveira San Miguel | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: D DI2009-0156 (4006) Sobre: Divorcio |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres y el Juez Flores García.
Brau Ramírez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de agosto de 2014.
Las partes de epígrafe estuvieron casadas. Procrearon tres hijos que, hoy en día, tienen 19, 17 y 14 años. El récord refleja que el apelante Francisco Díaz Sierra es empresario y que goza de una desahogada posición económica que le permite satisfacer las necesidades de su familia.
En 2009, la apelada María Naveira San Miguel instó una demanda de divorcio por la causal de trato cruel contra el apelante ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Luego de otros trámites, el Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia de divorcio el 14 de diciembre de 2011. La custodia sobre los menores fue asignada a la apelada.
Durante el trámite del caso, el Tribunal asignó a la apelada una pensión provisional de $10,800.00, consistente en un pago de $3,759.50 quincenales1, así como el pago directo de la hipoteca de la residencia donde reside la apelada con sus hijos, ascendente a $3,281.00 mensuales. Al completarse el divorcio, quedó pendiente la fijación de la pensión definitiva. El apelante estipuló que él gozaba de la capacidad económica para mantener a sus hijos.
Luego de numerosos trámites,2 el 30 de mayo de 2013, el Examinador de Pensiones Alimentarias sometió su informe. El Examinador recomendó que se fijara al apelante una pensión alimentaria en la cantidad de $4,105.05 quincenales a favor de sus hijos menores de edad, así como el pago de los gastos suplementarios de los niños.
En su informe, el Examinador determinó que los gastos mensuales de los menores son de $9,042.85. Estos gastos incluyen $1,827.50 por concepto de pago de matrícula para educación. También incluyen el pago de la hipoteca sobre la residencia, el que es pagado por el apelante. El Examinador determinó que el pago de la hipoteca es $3,331.00 mensuales, de los cuales $2,498.25 corresponden a los menores y $832.75 a su mamá. El Examinador recomendó que el apelante...
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