Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Agosto de 2014, número de resolución KLAN2014-00584

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2014-00584
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2014

LEXTA20140827-005 Álvarez González v. Torres Martínez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ-AGUADILLA-AIBONITO

PANEL X

Abdel Álvarez González
Apelante
v.
Linda M. Torres Martínez
Apelada
KLAN2014-00584
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Aibonito Caso Núm.: BDI2012-0105 Sobre: Ruptura Irreparable

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Colón y el Juez Brau Ramírez.

El Juez Rivera Colón no interviene.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de agosto de 2014.

-I-

Las partes de epígrafe contrajeron matrimonio el 1ro de agosto de 2008. Durante la relación procrearon dos niños.1

El 23 de abril de 2012, el apelante Abdel Álvarez González presentó una demanda de divorcio contra la apelada Linda M. Torres Martínez, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito. Entre otras cosas, el apelante solicitó que se le concediera la custodia compartida sobre sus hijos.

La apelada contestó la demanda y se allanó a la terminación del matrimonio. Se opuso, no obstante, a que se le concediera al apelante la custodia compartida solicitada por él.

Durante el trámite del caso, surgieron algunas desavenencias entre las partes sobre las relaciones paterno-filiales. El caso fue referido a la Trabajadora Social para que rindiera un informe. Las partes acordaron provisionalmente que las visitas de los niños con el apelante fueran en fines de semana alternos, los viernes desde las 6:00 p.m. a domingo a las 6:00 p.m., hasta que el Tribunal tomara otra determinación.

Según se desprende del expediente, ambas partes llevan buena relación con los niños. También surge del récord que el apelante comparte con otros familiares de la apelada (su padre y hermanos de ella).

Luego de otros trámites, el 5 de diciembre de 2012 el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia de divorcio. El Tribunal concedió a la apelada la custodia de los menores, pendiente el informe de la Trabajadora Social sobre la solicitud del apelante de custodia compartida. El Tribunal dispuso que el apelante se relacionara con los menores durante fines de semana alternos y le impuso una pensión de $500.00 mensuales.

El 6 de septiembre de 2013, la Trabajadora Social sometió el informe ordenado, recomendando que se concediera al apelante custodia compartida sobre los menores.

El 22 de enero de...

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