Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2014, número de resolución KLAN201301717

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201301717
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2014

LEXTA20140829-042 Hernández Candelario v. Green Kellerman

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

Región Judicial de Bayamón

Panel Especial

José L. Hernández Candelario
Apelante
v.
Sonia N. Green Kellerman
Apelada
KLAN201301717
Apelación
procedente del
Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón
Caso Núm.: DDI2010-1344
Sobre:
Divorcio; Alimentos pendente lite

Panel integrado por su Presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa.

Steidel Figueroa, Juez Ponente

S e n t e n c i a

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2014.

José L. Hernández Candelario acude ante este foro mediante un recurso que tituló apelación. Tras evaluar su contenido lo acogemos como un recurso de certiorari pues en él se cuestiona una resolución post sentencia en la que el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, ordenó el pago de una deuda por alimentos pendente lite impuesta en un pleito de divorcio, sin deducir ciertos créditos alegados por el apelante, y en la que ordenó a este el pago de costas interlocutorias. Examinados los planteamientos de Hernández Candelario, expedimos el auto de certiorari para modificar la resolución recurrida y así modificada, se confirma.

I.

El 9 de febrero de 2012, notificada el 14 de febrero siguiente, el Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia en la que decretó roto el vínculo matrimonial entre José L. Hernández Candelario y Sonia N. Green Kellerman. Tras una oportuna solicitud de reconsideración y solicitud de determinaciones de hechos adicionales, se instó un proceso apelativo ante este foro que culminó en una sentencia confirmatoria emitida el 22 de enero de 2013, la cual fue notificada el 28 de enero del mismo año. Una solicitud de reconsideración formulada el 12 de febrero de 2013 fue denegada el 19 siguiente, determinación que fue notificada, a su vez, el 28 de febrero de igual mes y año. La sentencia emitida en esta apelación advino final y firme en marzo de 2013. Es importante destacar que durante el pleito judicial en el foro de primera instancia se impuso a Hernández Candelario el pago de una pensión pendente lite a favor de Green Kellerman.

Finalizado el trámite apelativo, se alegó ante el Tribunal de Primera Instancia el incumplimiento con el pago de la pensión. Como resultado de los trámites realizados al respecto, en febrero de 2013 el foro recurrido ordenó a Hernández Candelario pagar $5,400 adeudados como pensión pendente lite desde junio de 2012 hasta la fecha de la orden. Tras la presentación de varias mociones, Green Kellerman solicitó, entre otras cosas, que se condenara al aquí recurrente al pago de costas y honorarios de abogado. En algún momento el foro de primera instancia dejó sin efecto la orden de pago de la pensión adeudada, la que posteriormente reiteró cuando recibió el mandato relacionado a la apelación de la sentencia de divorcio. En esa ocasión el foro de primera instancia ordenó el pago de la pensión pendente lite presuntamente adeudada desde que emitió la sentencia de...

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