Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2014, número de resolución KLCE201401086

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201401086
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2014

LEXTA20140930-102 Luna Roche v. ExParte

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE Y HUMACAO

PANEL VII

LYDIA LUNA ROCHE RAMÓN A. SCHMIDT VELÁZQUEZ Peticionarios EX PARTE KLCE201401086 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm. J DI2009-1063 Sobre: Divorcio

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Surén Fuentes, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2014.

Comparece ante nos la Sra. Lydia Luna Roche (Sra. Luna o Peticionaria) mediante recurso de Certiorari. Solicita la revocación de una Resolución y Orden emitida el 23 de julio de 2014 y notificada el 18 de julio de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (TPI), en el caso J DI2009-1063, Luna Roche v. Schmidt Velázquez. Allí, el TPI modificó provisionalmente la pensión alimentaria excónyuge producto de un acuerdo de divorcio por consentimiento mutuo.

Por los fundamentos aquí expuestos, se deniega la expedición del auto solicitado.

I.

Los hechos esenciales y pertinentes, según surgen del expediente, son los siguientes.

El 21 de mayo de 2010 la Sra. Luna y el Sr. Ramón Andrés Schmidt Velázquez (Sr. Schmidt o Recurrido) presentaron una Petición juramentada de divorcio por consentimiento mutuo. Convinieron, entre otros asuntos, que el Recurrido le pagaría a la Sra. Luna una pensión alimentaria de excónyuge de $1,500 mensuales y asumiría el pago de una deuda adquirida durante el matrimonio con el Internal Revenue System. Mediante Sentencia emitida el 21 de mayo de 2010 el TPI le impartió su aprobación a lo acordado, y declaró roto y disuelto el vínculo matrimonial existente por la causal de consentimiento mutuo.

El 18 de noviembre de 2013 el Recurrido presentó una Moción en Solicitud de Relevo de Pensión ExCónyuge. Adujo que la Sra. Luna comenzó a recibir los beneficios del Seguro Social y a convivir en público concubinato con una pareja que la sostenía económicamente. El 14 de enero de 2008 la Sra. Luna presentó una Solicitud de Desacato pues alegó el Recurrido incumplió con el pago de la pensión. El 15 de enero de 2014 la Sra. Luna presentó su Oposición a Solicitud de Eliminación de Pensión ExCónyuge y Solicitud de Orden. En síntesis, aun cuando admitió que comenzó a recibir el Seguro Social alegó que las partes pactaron un contrato de transacción que debía...

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