Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Diciembre de 2014, número de resolución KLRA201401047

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201401047
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014

LEXTA20141217-022 Hernández Valentín v. Negociado de Impuestos al Consumo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

JORGE Y. HERNÁNDEZ VALENTÍN H/N/C/ LA CURVA MINI-MARKET
Querellante-Recurrente
V
NEGOCIADO DE IMPUESTO AL CONSUMO
Querellado-Recurrido
KLRA201401047
REVISIÓN procedente de la Secretaría de Procedimiento Adjudicativo del Departamento de Hacienda SOBRE: NOTIFICACIÓN DE PENALIDADES RELACIONADAS A IVU-LOTO Caso Núm. 2014-IVU-1068

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Soroeta Kodesh.1

Hernández Sánchez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de diciembre de 2014.

Jorge Y.

Hernández Valentín (Sr. Hernández Valentín o recurrente), nos solicita que revoquemos la Resolución de 5 de septiembre de 2014, notificada en la misma fecha, emitida por la Secretaría de Procedimiento Adjudicativo del Departamento de Hacienda en el caso de Jorge Y. Hernández Valentín h/n/c La Curva Mini-Market v. Negociado de Impuesto al Consumo, 2014-IVU-1068. En su Resolución, la Secretaría de Procedimiento Adjudicativo ordenó el “cierre y archivo” del caso presentado por el Sr. Hernández Valentín, toda vez que concluyó que carecía de jurisdicción para atender la querella por esta haberse presentado tardíamente.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes, procede la revocación de la Resolución dictada por la Secretaría de Procedimiento Adjudicativo.

I

El 18 de diciembre de 2013, según se desprende del documento Inspección de localidad, negociado de impuesto al consumo de la misma fecha, el Área de Rentas Internas del Departamento de Hacienda realizó una inspección en el comercio La Curvita Mini-Market, propiedad del Sr. Hernández Valentín.2 El agente de rentas internas que practicó la inspección, reportó en el documento Inspección de localidad, negociado de impuesto al consumo que en el negocio del Sr. Hernández Valentín se había desconectado, sin autorización, el terminal fiscal correspondiente a ese comercio. En sus observaciones, el agente de rentas internas consignó que “[a]l momento de la inspecci[ó]n la localidad no emite recibos con participaci[ó]n al IVU loto desde 11 de [d]iciembre de 2013, no utiliza terminal fiscal se orienta comerciante”.3

El 11 de abril de 2014, el Área de Rentas Internas del Departamento de Hacienda le notificó por correo al Sr. Hernández Valentín el documento titulado Notificación de penalidades relacionadas a IVU-Loto.4 Se le comunicó al Sr. Hernández Valentín que se le había impuesto una penalidad de $20,000.00 “por no utilizar un terminal fiscal instalado conforme a la autoridad provista bajo las Secciones 4030.10(a)(3), 6054.01(a)(2)(C) y 6054.01(a)(4)”.5

El 2 de mayo de 2014, el Sr. Hernández Valentín cursó una comunicación a la Secretaría de Procedimiento Adjudicativo.6 Indicó que el terminal fiscal del negocio sí estaba conectado, por lo que expresó estar en desacuerdo con la multa impuesta, de modo que solicitó que se revisara dicha penalidad.

El 5 de septiembre de 2014, la Secretaría de Procedimiento Adjudicativo emitió una Resolución. Al desestimar por falta de jurisdicción la querella del Sr.

Hernández Valentín dispuso, en lo pertinente, que:

La Querella fue presentada fuera de término, por lo que esta Secretaría no tiene jurisdicción para atender el asunto. Conforme al Artículo 7 del Reglamento Núm. 7389 de 13 de julio de 2007, la querella deberá ser presentada dentro del término jurisdiccional de treinta (30) días a partir de la notificación de la decisión o determinación impugnada. La Notificación de Penalidades Relacionada a IVU-LOTO, tiene fecha del 20 de diciembre de 2013, por lo tanto, tenía hasta el 21 de enero de 2014, para presentar una Querella. Pasado dicho término esta Secretaría se declara sin...

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