Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Diciembre de 2014, número de resolución KLRA201401318

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201401318
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2014

LEXTA20141218-062 Vázquez Cartagena v. Negociado de Seguridad de Empleo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE ARECIBO-FAJARDO-AIBONITO

PANEL XI

CARLOS R. VÁZQUEZ CARTAGENA
RECURRENTE
V.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO
RECURRIDO
KLRA201401318
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Negociado de Seguridad de Empleo

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Cintrón Cintrón y la Juez Vicenty Nazario.

González Vargas, Juez Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2014.

Comparece ante nosotros, por derecho propio, Carlos R. Vázquez Cartagena (Vázquez Cartagena o recurrente) y solicita que revisemos la decisión emitida por el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Departamento) el 25 de noviembre de 2014. Esta confirmó la Resolución que emitió el Árbitro de la División de Apelaciones del Departamento sobre la Determinación de la inelegibilidad del recurrente para recibir los beneficios de seguro por desempleo.

Ello basado en que éste renunció a su empleo sin justa causa.

Al mismo tiempo, Vázquez Cartagena presentó una Declaración en Apoyo de Solicitud para Litigar como Indigente (In Forma Pauperis), la cual hemos declarado Ha Lugar. Consecuentemente, autorizamos al recurrente a litigar In Forma Pauperis ante este Foro a los únicos efectos de este recurso y se le exime del pago del arancel correspondiente.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, se confirma el dictamen apelado.

I.

Según surge del expediente administrativo, Vázquez Cartagena comenzó a laborar en Nature Aspects, Inc., empresa que presta servicios de jardinería paisajista y mantenimiento de áreas verdes, en noviembre del año 2013. Este se desempeñaba como supervisor y entre sus tareas estaba velar por el buen funcionamiento de la compañía y su personal.

En el mes de julio de 2014 Vázquez Cartagena envió una serie de cartas dirigidas al presidente, supervisor y directora de personal de Nature Aspects en las que detalló ciertas irregularidades que, según él ocurrían en la empresa. El presidente de Nature Aspects, Orlando Díaz Díaz (señor Díaz Díaz) respondió dicha misiva el 9 de julio de 2014 para intentar aclarar cualquier mal entendido de parte de Vázquez Cartagena. Posteriormente, el señor Díaz Díaz le dirigió a Vázquez Cartagena otras cartas relacionadas a ausencias injustificadas y al proceso de nómina. Se le exhortó a asumir la responsabilidad contraída como empleado y supervisor.1

Luego de un intercambio de cartas entre el patrono y Vázquez Cartagena, éste último presentó su renuncia de manera inmediata el 13 de agosto de 2014. La razón de la misma fue la falta de transportación, pues su auto se le averió.

Posteriormente, Vázquez Cartagena solicitó en el Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Negociado) el beneficio por desempleo de conformidad con la Ley Núm. 74 de 21 de junio de 1956, conocida como Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, 29 L.P.R.A. secs. 701 - 717. El Negociado le denegó dicho beneficio y dispuso lo siguiente:

Usted renunció a su trabajo al confrontar problemas de transportación. La información obtenida demuestra que usted dejó su empleo por razones personales no atribuibles al patrono.

Se considera que renunció a su empleo sin justa causa.

Se descalifica desde ndisabeg (sic) e indefinidamente hasta tanto trabaje en empleo cubierto durante un periodo no menor de cuatro semanas y gane diez veces su beneficio semanal.

Esta decisión está basada en la Sección 4(B)(2) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico.

[…]

No conforme con esta decisión, Vázquez Cartagena solicitó una audiencia ante el Departamento para apelar dicha Determinación, la cual se celebró el 23 de octubre de 2014. Vázquez Cartagena ofreció su testimonio por la parte reclamante. El señor Díaz Díaz y Marilyn Guzmán ofrecieron su testimonio por parte de Nature Aspects. El árbitro Carlos Collazo Gotay escuchó todos los testimonios y formuló las siguientes determinaciones de hechos:

  1. La parte reclamante trabajó para el patrono, Nature Aspects, Inc., como supervisor hasta el 13 de agosto de 2014.

  2. Renunció...

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