Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Febrero de 2015, número de resolución KLAN201401828

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401828
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2015

LEXTA20150225-010 Maldonado Matos v. ELA de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL ESPECIAL

PEDRO L. MALDONADO MATOS
Apelante
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN; SR. NELSON MERCADO; SUPERINTENDENTE; SR. GILBERTO PÉREZ RENTAS; CAPITÁN; SR. SAMUEL PÉREZ SOLER; TENIENTE I; SR. RAFAEL RIVERA ROCHE; TENIENTE II; SR. KENETH ANDINO RIVERA; SARGENTO
Apelados
KLAN201401828
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm.: JDP2013-0422 Sobre: Daños y perjuicios

Panel especial integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de febrero de 2015.

Pedro L. Maldonado Matos se encuentra privado de su libertad en la institución correccional Ponce 448 bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Nos solicita que revisemos la Sentencia dictada por el Tribunal de San Juan el 27 de agosto de 2014. Mediante la referida Sentencia, el foro de instancia desestimó la demanda sobre daños y

perjuicios presentada por el apelante contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Corrección y varios funcionarios de dicha agencia. Lo anterior, por falta de notificación al Estado según lo requerido por la Ley 104-1955, según enmendada. Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma la Sentencia apelada.

El 23 de septiembre de 2013, el apelante presentó por derecho propio una demanda sobre daños y perjuicios contra el ELA, Corrección y varios funcionarios de la referida agencia. En la referida demanda alegó que sufrió daños y angustias mentales como consecuencia de un registro al desnudo llevado a cabo en su celda y en su persona y debido a una sanción impuesta por supuestamente negarse a sentarse en una silla detectora de metales, conocida por sus siglas en inglés como BOSS.

Luego de varios trámites procesales, el ELA presentó una moción de desestimación a la que se opuso el apelante. Así las cosas, el 27 de agosto de 2014, el foro apelado dictó una Sentencia en la que hizo las siguientes determinaciones de hechos:

  1. El demandante de epígrafe, Pedro L. Maldonado Matos, se encuentra confinado en el cuadrante A-5 en el Complejo Correccional de Ponce, Institución Máxima Seguridad, de la Administración de Corrección (en adelante, AC)

  2. El 26 de diciembre de 2012, se efectuó la suspensión de privilegios a los confinados del Cuadrante A-5 de la Institución Máxima Seguridad (Ponce), al amparo de la Regla 9, inciso 2, del Reglamento Disciplinario para la Población Correccional, aprobado el 23 de septiembre de 2009. El día 3 de enero de 2013 se...

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