Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2015, número de resolución KLRA20150189

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20150189
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2015

LEXTA20150227-050 Figueroa Ayala v. Negociado de Seguridad de Empleo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE AIBONITO

PANEL XI

VIRGINIA FIGUEROA AYALA
RECURRENTE
V
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO
RECURRIDA
KLRA20150189
REVISIÓN ADMINISTRATIVA del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Cintrón Cintrón y la Juez Vicenty Nazario.

González Vargas, Juez Ponente.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2015.

La señora Virginia Figueroa Ayala presentó por derecho propio un recurso de revisión judicial ante este Tribunal. Recurre de una decisión del Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos que determina que es inelegibile para recibir los beneficios de seguro por desempleo. Junto con su recurso, la señora Figueroa Ayala sometió una Declaración en apoyo de solicitud para litigar como indigente (in forma pauperis), la cual declaramos ha lugar.

Por tanto, autorizamos que la recurrente litigue in forma pauperis ante este Foro a los únicos efectos del presente recurso y le eximimos del pago del correspondiente arancel.

I

La señora Figueroa Ayala laboraba para el supermercado Del Mar Service LLC en la sección de panadería y repostería. Renunció en abril de 2014 y solicitó ante el Departamento del Trabajo beneficios por desempleo. Según surge de los documentos sometidos, la División de Seguro por desempleo del Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento del Trabajo la descalificó para recibir beneficios. Esta División determinó que la señora Figueroa Ayala renunció a su empleo sin razón justificada y que la información que brindó apuntaba a que la renuncia se debió a razones personales. La División consideró que la señora Figueroa Ayala abandonó voluntariamente su empleo y no hizo esfuerzos para retenerlo.

La señora Figueroa Ayala apeló la decisión ante un árbitro de la División de Apelaciones de la agencia. El árbitro hizo las siguientes determinaciones de hechos: (1) que la señora Figueroa Ayala trabajó por dos años en el área de panadería y repostería de Del Mar Service, hasta el mes de abril de 2014; (2) que renunció debido a que estaba inconforme con las condiciones de trabajo; (3) que estaba insatisfecha con el salario que devengaba y no sabía si cerrarían el negocio. El árbitro concluyó que la señora Figueroa Ayala estaba...

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