Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2015, número de resolución KLAN201500100

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500100
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2015

LEXTA20150331-023 HBA Contractors Inc. v. AAA

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

HBA CONTRACTORS, INC.
Demandante-Apelado
Vs.
AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
Demandada-Apelante
Vs.
MUNICIPIO DE MAUNABO
Tercera Demandada-Apelado
KLAN201500100
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Número: K AC2013-0253 Sobre: Incumplimiento de Contrato, Daños y Cobro

Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Ortiz Flores, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2015.

Comparece la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) mediante recurso de Apelación sobre una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), el día 23 de diciembre de 2014, notificada el día 29 de diciembre de 2014. Mediante esta sentencia el TPI declaró no ha lugar la reconvención presentada por la AAA contra HBA Contractor’s Inc. (HBA) y contra el Municipio de Maunabo (Municipio). También ordenó a la Unidad de Cuentas del TPI a expedir un cheque a favor de HBA por la suma de $238,618.70 (doscientos treinta y ocho mil seiscientos dieciocho dólares con setenta centavos), correspondientes a arbitrios municipales de construcción, los cuales fueron calculados —sostiene la AAA— contrario a derecho por el Municipio.

Adelantamos que se confirma la Sentencia recurrida.

I

Esta controversia tuvo su génesis cuando la AAA otorgó a HBA la buena pro del proyecto denominado Mejoras a la Planta Existente para Incrementar Capacidad de .5 a 1.0 MG PMC-3-49-2005 (proyecto), el cual se realizaría dentro de la demarcación del Municipio.

El 30 de julio de 2007, previo a la firma del contrato del proyecto, HBA solicitó un aumento en el precio licitado por la cantidad de $405,000.00, suma que corresponde a la diferencia entre la cantidad considerada para la subasta en la partida de arbitrios de construcción y la cantidad requerida por el Municipio a HBA con posterioridad a la licitación.1

Mediante carta dirigida a la Presidenta de la Junta de Subastas de la AAA (Junta), HBA planteó la controversia relacionada a la cuantía de los arbitrios municipales asociados al proyecto. La misiva lee de la siguiente manera:

Estimada Sra. Santaella:

Llevamos a su atención que hemos encontrado una deficiencia de $405,000.00 (cuatrocientos cinco mil dólares y cero centavos) por concepto de Arbitrios Municipales correspondiente a la Subasta CIP-3-49-5005, “Bid Number”: 07-SP-048.

Al momento de subastar la Planta de Tratamiento de aguas usadas, HBA Contractors contactó al [M]unicipio de Maunabo [el] 13 de [j]unio de 2007 y se habló con el Recaudador del Municipio, [el] Sr. Evelio Lebrón, [y] este nos indicó que la patente municipal era escalonada desde un .3% hasta un máximo de .5% tomando tres escalas, hasta $150,000.00, hasta $500,000.00 y más de $500,000.00, pero cuando se refirió el al Arbitrio sólo se habló de un valor constante ascendente al 5%

del valor del proyecto.

La Subasta fue presentada según pedida por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, desglosada en partidas y en algunos casos precios unitarios y en ella se puede apreciar bien claro que en la “Partida 67” Arbitrios Municipales de Maunabo la cantidad corresponde a un 5% del valor General que es igual a $690,000.00 (seiscientos noventa mil dólares con cero centavos) de una suma total general de $13,677,000.00 y no un 8% que sería entonces $1,095,000.00 (un millón noventa y cinco mil dólares con cero centavos). Esto arroja una diferencia de $405,000.00 (cuatrocientos cinco mil dólares con cero centavos).

HBA considera que de ejecutar el trabajo y el municipio mantenerse en obtener un 8% del valor del mismo, esta diferencia debería ser aumentada al valor de nuestro contrato por concepto de arbitrios en $405,000.00 (cuatrocientos cinco mil dólares con cero centavos) hasta $14,082,000.00 (catorce millones ochenta y dos mil dólares con cero centavos) y con ello cumplir con este requisito del 8% en base de las regulaciones municipales.

Atentamente,

[Firmado]

Irving H. Bassin

Presidente

El 23 de agosto de 2007, la Junta denegó la solicitud de HBA exponiendo que por ser un contrato a suma alzada, “cualquier error cometido en el pliego de proposiciones será responsabilidad única y exclusiva del licitador”.2 La Junta concedió a HBA cinco (5) días calendarios a partir del recibo de la notificación de la denegatoria para informar si interesaban la subasta, según adjudicada.3

El 6 de noviembre de 2007, las partes suscribieron el contrato del proyecto.4 El contrato suscrito fue por la suma alzada de $13,677,000.00 (trece millones seiscientos setenta y siete mil dólares).5

El contrato suscrito entre la AAA y HBA es un contrato a precio alzado (“Lump Sum”).6

El contrato firmado entre la AAA y HBA no contempla una partida para el pago de los arbitrios de construcción independiente y/o adicional a la suma alzada, sino que la suma alzada incluye todos los costos en que haya que incurrir para ejecutar la obra conforme a los planos y especificaciones. Estos costos comprenden costos directos de ejecución, como lo son mano de obra, equipos y materiales, así como los costos indirectos asociados a la ejecución, como lo son seguros, impuestos, arbitrios, supervisión, entre otros. Conforme a la sección 6.10 del contrato entre las partes, HBA venía obligada a pagar los arbitrios de construcción municipales relacionados con el proyecto, como parte de la suma alzada contratada.7

Surge de una estipulación presentada ante el TPI el 3 de enero de 2014 que el Municipio requirió a HBA, de manera extrajudicial, el pago de $1,033,502.40 (un millón treinta y tres mil quinientos dos dólares con cuarenta centavos) por concepto de arbitrios de construcción relacionado al proyecto.8 En respuesta a dicho requerimiento, HBA, luego de pagar bajo protesta y agotar remedios administrativos, incoó demanda en contra del Municipio en el caso civil número HSC1200800626, HBA Contractors, Inc. vs. Municipio de Maunabo (caso HSC1200800626).9 En esencia, la demanda alega que el Municipio utilizó una suma incorrecta como base para la fijación del monto del arbitrio.

Luego de varios incidentes procesales, el 13 abril de 2012, se dictó una sentencia en el caso HSC1200800626 en la cual el TPI ordenó al Municipio el reembolso de ciertas sumas por concepto de arbitrios de...

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