Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Abril de 2015, número de resolución KLRA201401357

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201401357
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Abril de 2015

LEXTA20150423-021 Velez Rodriguez v. Negociado de Seguridad de Empleo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE PONCE Y UTUADO

PANEL V

JOS� V�LEZ RODR�GUEZ
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO
Recurrido
KLRA201401357
REVISI�N procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Apel. N�m.: B-5437-14S Sobre: Inegibilidad a los Beneficios de Compensaci�n por Desempleo, Secci�n 2.1 (g) del Reglamento N�m. 2 que regula el pago de beneficios bajo la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico

Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez, la Juez Birriel Cardona y la Juez Sur�n Fuentes.

Sur�n Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 2015.

Comparece ante nos el se�or Jos�

V�lez Rodr�guez quien solicita revisi�n de una Determinaci�n emitida por la Oficina Local del Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos (Negociado Negociado de Seguridad de Empleo), el 19 de julio de 2014. Mediante la misma el Foro Administrativo deneg� al peticionario los beneficios de compensaci�n por desempleo parcial reconocidos en la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, Ley N�m. 74 de 21 de junio de 1956, 29 L.P.R.A secs. 701 et seq.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, revocamos la Determinaci�n del Foro Administrativo.

I.

El Sr. V�lez Rodr�guez labora como guardia de seguridad para McRoberts Protective Agency, Inc., en una zona donde arriban embarcaciones tur�sticas. El 10 de junio de 2014, el peticionario solicit� los beneficios de desempleo en el Negociado de Seguridad de Empleo, alegando que se encontraba parcialmente desempleado. El 19 de junio de 2014 el Negociado emiti�

determinaci�n declarando al Sr. V�lez Rodr�guez inelegible de recibir los beneficios solicitados. Ello as�, fundamentado en la Secci�n 2.1(G) del Reglamento N�m. 2 Para Regular el Pago de Beneficios bajo la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, Reglamento N�m. 1223 de 27 de diciembre de 1968, seg�n enmendado (Reglamento N�m. 2). El Foro Administrativo, indic� que al momento de la solicitud, el Sr. V�lez Rodr�guez no se encontraba parcialmente desempleado, toda vez que estaba empleado por su patrono regular, y no hab�a demostrado una reducci�n en su horario de trabajo.

El l5 de agosto de 2014 el Sr. V�lez Rodr�guez solicit� audiencia ante el �rbitro de la Divisi�n de Apelaciones del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (�rbitro), por no estar de acuerdo con la Decisi�n del Negociado de Seguridad de Empleo. Sostuvo que su jornada de diecis�is (16) horas semanales hab�a sido reducida a ocho (8) horas semanales debido a la disminuci�n en la llegada de cruceros a la zona, alegando as� que ten�a derecho a los beneficios por estar desempleado parcialmente.

El 16 de octubre de 2015 el Foro Administrativo celebr� audiencia telef�nica ante el �rbitro, a la cual compareci� el peticionario, m�s no as� su patrono. Concluida la misma, el �rbitro emiti� Resoluci�n notificada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR