Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Abril de 2015, número de resolución KLRA201401357
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201401357 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 23 de Abril de 2015 |
JOS� V�LEZ RODR�GUEZ | | REVISI�N procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Apel. N�m.: B-5437-14S Sobre: Inegibilidad a los Beneficios de Compensaci�n por Desempleo, Secci�n 2.1 (g) del Reglamento N�m. 2 que regula el pago de beneficios bajo la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico |
Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez, la Juez Birriel Cardona y la Juez Sur�n Fuentes.
Sur�n Fuentes, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 2015.
Comparece ante nos el se�or Jos�
V�lez Rodr�guez quien solicita revisi�n de una Determinaci�n emitida por la Oficina Local del Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos (Negociado Negociado de Seguridad de Empleo), el 19 de julio de 2014. Mediante la misma el Foro Administrativo deneg� al peticionario los beneficios de compensaci�n por desempleo parcial reconocidos en la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, Ley N�m. 74 de 21 de junio de 1956, 29 L.P.R.A secs. 701 et seq.
Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, revocamos la Determinaci�n del Foro Administrativo.
El Sr. V�lez Rodr�guez labora como guardia de seguridad para McRoberts Protective Agency, Inc., en una zona donde arriban embarcaciones tur�sticas. El 10 de junio de 2014, el peticionario solicit� los beneficios de desempleo en el Negociado de Seguridad de Empleo, alegando que se encontraba parcialmente desempleado. El 19 de junio de 2014 el Negociado emiti�
determinaci�n declarando al Sr. V�lez Rodr�guez inelegible de recibir los beneficios solicitados. Ello as�, fundamentado en la Secci�n 2.1(G) del Reglamento N�m. 2 Para Regular el Pago de Beneficios bajo la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, Reglamento N�m. 1223 de 27 de diciembre de 1968, seg�n enmendado (Reglamento N�m. 2). El Foro Administrativo, indic� que al momento de la solicitud, el Sr. V�lez Rodr�guez no se encontraba parcialmente desempleado, toda vez que estaba empleado por su patrono regular, y no hab�a demostrado una reducci�n en su horario de trabajo.
El l5 de agosto de 2014 el Sr. V�lez Rodr�guez solicit� audiencia ante el �rbitro de la Divisi�n de Apelaciones del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (�rbitro), por no estar de acuerdo con la Decisi�n del Negociado de Seguridad de Empleo. Sostuvo que su jornada de diecis�is (16) horas semanales hab�a sido reducida a ocho (8) horas semanales debido a la disminuci�n en la llegada de cruceros a la zona, alegando as� que ten�a derecho a los beneficios por estar desempleado parcialmente.
El 16 de octubre de 2015 el Foro Administrativo celebr� audiencia telef�nica ante el �rbitro, a la cual compareci� el peticionario, m�s no as� su patrono. Concluida la misma, el �rbitro emiti� Resoluci�n notificada...
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