Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2015, número de resolución KLAN201500145

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500145
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Abril de 2015

LEXTA20150429-032 Berrios Albino v. V�zquez Arroyo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE AIBONITO, ARECIBO Y FAJARDO

Panel XI

SUCESI�N JUAN BERR�OS ALBINO
Apelante
v.
SUCESI�N TRINIDAD V�ZQUEZ ARROYO
Apelado
KLAN201500145
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aibonito Caso N�m.: B4CI201300027 Sobre: Divisi�n de Bienes Hereditarios

Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Juez Cintr�n Cintr�n y la Jueza Vicenty Nazario.

Vicenty Nazario, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2015.

El Sr. Manuel De Jes�s Berr�os V�zquez, integrante de la Sucesi�n de Juan Berr�os Albino y de la Sucesi�n de Trinidad V�zquez Arroyo; y la Sucesi�n de Publio Dionisio Berr�os V�zquez, compuesta por Publio Jr., Jos� Alberto, Luz Iraida, Myrna Esther y Milagros todos de apellidos Berr�os D�az, presentaron recurso de apelaci�n ante este Tribunal de Apelaciones. Nos solicitan que revisemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Orocovis (TPI, foro primario o foro de instancia), el 7 de enero de 2015, notificada a las partes el d�a 8 de igual mes y a�o. Mediante el referido dictamen el TPI desestim� sin perjuicio la demanda sobre divisi�n de bienes hereditarios instada por los apelantes tras concluir, conforme a las alegaciones de las partes, la ausencia de partes indispensables.

Luego de examinar el expediente, revocamos el dictamen emitido por el Tribunal de Primera Instancia.

I.

Para un mayor entendimiento de las particularidades del caso y tras un minucioso examen de los documentos que obran en el expediente, a continuaci�n exponemos las circunstancias pertinentes para resolver la controversia presentada ante este foro.

El 21 de junio de 1920 Juan Berr�os Albino y Trinidad V�zquez Arroyo contrajeron matrimonio. Vivieron en Orocovis, Puerto Rico, donde pose�an una propiedad inmueble. El 7 de febrero de 1960 Trinidad V�zquez Arroyo falleci�

estando casada con Juan Berr�os Albino. Este �ltimo falleci� el 10 de noviembre de 1969, estando casado en segundas nupcias con la Sra. Carmen Lydia Rodr�guez P�rez.

Mediante Resoluci�n del 12 de enero de 1987 el Tribunal de Primera Instancia1, Sala de Aibonito, declar� como �nicos y universales herederos de don Juan Berr�os Albino y de Trinidad V�zquez Arroyo a los hijos fruto de dicho matrimonio: Juan Ezequiel2, Margarita, Juan Ezequiel, t/c/p Juan de Jes�s, Publio Dionisio, Pedro, Ana de Jes�s, Rogelio, Francisco Ismael, Manuel de Jes�s y Eddie, todos de apellidos Berr�os V�zquez.

Tambi�n incluyo a sus nietos Miguel �ngel, Lydia Esther, Aida Luz y Nelson, todos de apellidos Santiago Berr�os, hijos de Mar�a �gueda, quien en vida fue hija de los causantes, la que falleci� el 28 de diciembre de 1969, poco despu�s de su padre, estando casada con Herminio Santiago Rodr�guez, raz�n por la cual se nombr� a este �ltimo como heredero en la cuota viudal usufructuaria que determina la ley.

Adem�s, como herederos del causante Berr�os Albino se incluy� a los hijos de su segundo matrimonio: Teresa, William, Carmen Mar�a, Margarita y Norberto, todos de apellidos Berr�os Rodr�guez. Asimismo se nombr� a Carmen Lydia Rodr�guez Perez en la cuota viudal usufructaria.

Trascurridos 26 a�os de la comentada designaci�n de herederos, el coheredero Manuel de Jes�s y los integrantes de la Sucesi�n del coheredero Publio Dionisio, quien falleci� posteriormente, compuesta por Publio Jr., Jos�

Alberto, Luz Iraida, Myrna Esther y Milagros3,(en conjunto los demandantes apelantes) presentaron una demanda de divisi�n de bienes hereditarios contra el resto de los coherederos. Como alguno de los nombrados herederos fallecieron con anterioridad a que se presentara la demanda los apelantes demandantes tambi�n incluyeron a las Sucesiones de cada uno de los coherederos fallecidos. Tal fue la situaci�n con los siguientes herederos: Ezequiel, Juan Ezequiel, Pedro, y Francisco Ismael, todos de apellidos Berr�os V�zquez y Nelson Santiago Berr�os, integrante de la sucesi�n de Mar�a �gueda Berr�os.

Por todo lo anterior, los demandantes apelantes incluyeron a los siguientes como codemandados:

1. La Sucesi�n de Ezequiel Berr�os V�zquez compuesta por Ada Iris y Sa�l Benjam�n, ambos de apellidos Berr�os Herrera4;

2. La Sucesi�n de Pedro Berr�os V�zquez, quien dej� como �nicos herederos a sus hijos, Margarita, Maritza, Olga Ivette, Joaqu�n, Blanca Iris, Carmen Milagros, Pedro, Jos� Antonio, Feliz y Nancy, todos de apellidos Berr�os Santana.5

3. La Sucesi�n de Juan Ezequiel Berr�os V�zquez c/p Juan E. Berr�os V�zquez c/p Juan de Jes�s Berr�os V�zquez quien falleci� sin tener descendientes ni ascendientes, pero quien otorg� testamento el 2 de noviembre de 1981 nombrando como �nica heredera a su esposa Rafaela Maldonado Col�n.6 Se adujo en la demanda que tras el fallecimiento de la nombrada heredera el 12 de junio de 2002, sin que �sta tuviese descendientes los coherederos de su esposo se convert�an en los �nicos y universales herederos.

4. La Sucesi�n de Francisco Ismael Berr�os V�zquez, compuesta por sus hijos Ismael y Mar�a Elena, ambos de apellidos Berr�os Rosado. 7

5. La Sucesi�n de Mar�a �gueda, antes detallada.

6. La Sucesi�n de Nelson Santiago Berr�os compuesta por su padre el se�or Herminio Santiago Rodr�guez.8

7. Finalmente a la Sucesi�n de Juan Berr�os Albino integrada por sus hijos Teresa, William, Carmen Mar�a, Margarita y Norberto, todos de apellidos Berr�os Rodr�guez. 9

Los demandantes apelantes, alegaron, en s�ntesis, que los causantes Berr�os Albino y V�zquez Arroyo adquirieron varias propiedades inmuebles durante su matrimonio, de la cual los demandantes apelantes y los demandados apelados son due�os en com�n pro indiviso en una proporci�n de una duod�cima parte de cada una de las propiedades descritas en la demanda. Solicitaron el pago de su proporci�n mediante la adquisici�n de una cantidad de terreno de las mencionadas propiedades inmuebles, raz�n por la cual requirieron que se les adjudique la participaci�n que les corresponde en la comunidad de bienes hereditarios ordenando la divisi�n material de las fincas en controversia.

Adem�s, que se condene a los apelados demandados el pago de costas, gastos y la suma de $7,167.99 en honorarios de abogado.

Tras varios tr�mites de rigor, la Sucesi�n de Pedro Berr�os V�zquez present� Moci�n de falta de partes indispensables y sobre desestimaci�n.10 Relacionado con la controversia ante este foro, la parte apelada adujo que la designaci�n de herederos realizada por los demandantes apelantes carec�a de partes indispensables. Especific� que debi� incluirse a la Sra. Rafaela Maldonado Col�n como �nica y universal heredera de Juan Ezequiel Berr�os, conforme �ste la nombr� mediante testamento abierto otorgado el 2 de noviembre de 198111

y no a los hermanos coherederos conforme se aleg� en la demanda. Indic� que si bien es cierto que la Sra. Rafaela Maldonado Col�n falleci�, ello ocurri� el 12 de junio de 2002 siendo ya heredera de Juan Ezequiel. Por lo anterior, aleg�

que en la demanda de divisi�n de herencia debi� de incluirse a los sucesores de la Sra. Rafaela Maldonado.

En cuanto a la declaratoria de herederos de Nelson Santiago Berr�os, nieto de los causantes principales, se aleg� que los demandantes apelantes indujeron al Tribunal a error para designar como �nico y universal heredero de Nelson Santiago Berr�os a su padre Herminio Santiago bajo la percepci�n de que el primero no ten�a descendientes, lo cual es falso. El coheredero Nelson Santiago tuvo, a saber, dos descendientes: Mary Ellen Santiago Otero y Nelson Santiago Jr., quienes deben ser emplazados e incluidos en el pleito. Llam� la atenci�n al hecho de que en la demanda se incluyeron a dos demandados desconocidos como herederos del Sr. Nelson Santiago, pero, no obstante, de manera sorpresiva se nombr� como �nico y universal heredero al padre del fenecido Nelson Santiago.

Sobre los c�nyuges de los coherederos aleg� que �stos no tienen derecho de representaci�n en la herencia. Resalt� que dicho derecho est� reservado exclusivamente para los hijos o en la l�nea colateral a favor de los hermanos.

Los codemandandos apelados; Teresa, William, Carmen, Margarita y Norberto, todos de apellidos Berr�os Rodr�guez, y la viuda Carmen Lydia Rodr�guez P�rez, replicaron a la solicitud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR