Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2015, número de resolución KLRA201401367

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201401367
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Abril de 2015

LEXTA20150430-062 Clemente Rodriguez v. Multisystems Restaurant Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

Grissel Clemente Rodr�guez
Querellante-Recurrente
vs.
Multisystems Restaurants, Inc. DBA Sizzler Restaurant
Querellada-Recurrida
KLRA201401367
Revisi�n Judicial procedente de la Oficina de Mediaci�n y Adjudicaci�n del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Caso N�m.: AC-12-030 Sobre: Despido Injustificado (Ley N�m. 80)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2015.

La se�ora Grissel Clemente Rodr�guez nos solicita la revisi�n y revocaci�n de la resoluci�n dictada el 31 de octubre de 2014 por la Oficina de Mediaci�n y Adjudicaci�n (OMA) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. En ella se declar� No Ha Lugar la querella presentada por la recurrente en contra de Multisystems Restaurants, Inc., que hace negocios como Sizzler Restaurant (Sizzler), por despido injustificado al amparo de la Ley de Indemnizacion por Despido Sin Justa Causa, Ley N�m. 80 de 30 de mayo de 1976, seg�n enmendada, 29 L.P.R.A. sec. 185a et seq. La reclamaci�n de la se�ora Clemente asciende a mil ochocientos veintiocho d�lares con diecisiete centavos ($1,828.17) por el per�odo del 30 de septiembre de 2006 hasta el 6 de febrero de 2010.

Luego de evaluar los m�ritos del recurso, examinar la transcripci�n de la prueba oral y los argumentos de las partes, resolvemos revocar la resoluci�n del foro administrativo.

Examinemos los antecedentes f�cticos y procesales que fundamentan esta decisi�n.

I

La se�ora Grissel Clemente Rodr�guez trabaj� como mesera para Multisystems Restaurants, Inc., que hace negocios bajo el nombre de Sizzler Restaurant (en adelante Sizzler), desde el 30 de septiembre de 2006 hasta el 6 de febrero de 2010. Devengaba una compensaci�n legal de tres d�lares con setenta centavos ($3.70) por hora m�s propinas. Su jornada semanal era de veinte (20) horas mediante un contrato de empleo por tiempo indeterminado. Sus �ltimos supervisores inmediatos en la empresa fueron los gerentes Javier Cort�s Salv� y Celestino Col�n Rosario.

Al comenzar en la empresa la se�ora Clemente recibi� copia de las normas y pol�ticas de la empresa. Este reglamento proh�be el uso de lenguaje o gestos obscenos, abusivos, humillantes o amenazantes. Adem�s establece que en momentos de aplicar medidas disciplinarias se considerar�a la naturaleza de la violaci�n, la seriedad o gravedad de la misma, las circunstancias que rodean el caso, las violaciones anteriores, la naturaleza y el r�cord general del empleado. Dice que las medidas disciplinarias pueden fluctuar entre amonestaciones verbales, escritos, per�odos probatorios, suspensi�n de empleo o separaci�n permanente, dependiendo de los factores. Sobre actos que puedan acarrear el despido inmediato menciona: observar conducta descort�s o irrespetuosa hacia los invitados; utilizar con o sin intenci�n, lenguaje o gestos obscenos, abusivos, intimidantes, groseros o insultantes hacia un supervisor o gerente, empleado, visitantes o cualquier persona relacionada con las operaciones de la compa��a o con quien pueda estar en contacto mientras est� trabajando.

Para el 16 de noviembre de 2007 la recurrente recibi� su primera amonestaci�n escrita en el empleo tras un cliente haberse quejado de su lenguaje, por la manera que trat� a su esposa reci�n operada, por el modo en que le indic� que ten�a que esperar a ser sentado y por la reacci�n de la recurrente cuando le solicitaron que cambiara unos platos. La se�ora Clemente no firm� dicha amonestaci�n por no estar de acuerdo con ella. De todas formas, aclar� que el uso de la palabra soez fue una reacci�n al sorprenderse por ver un pelo en el plato del cliente y que luego se disculp� con estos. Por este incidente fue separada de empleo y sueldo por una (1) semana.

El 29 de diciembre de 2008 la recurrente recibi� otra amonestaci�n escrita tras haber acumulado tres (3) tardanzas. En esta se le advirti� que ello afecta las operaciones del negocio y que se podr�an tomar acciones m�s severas en caso de que no se corrigiera. La se�ora Clemente firm� el escrito. Posteriormente se aclar� que una de estas tardanzas hab�a sido previamente autorizada.

El 15 de enero de 2009 surgi� una situaci�n en la cual se le tuvo que devolver el dinero a un cliente debido a que la se�ora Clemente no dio un servicio adecuado a uno de los invitados. En esta ocasi�n, la recurrente no firm� la amonestaci�n. De todas maneras, en la amonestaci�n fue advertida que, de repetirse, podr�a acarrear su separaci�n del �rea o de empleo y sueldo.

Para el 1 de febrero de 2009 la se�ora Clemente recibi� una amonestaci�n verbal por no haber llevado su tarjeta de registro de asistencia el 30 de enero de 2009. En ese momento, se le advirti� que de ocurrir en tres (3) ocasiones podr�a ser suspendida de empleo y sueldo. Esta vez la querellante firm� el documento que registr� la conversaci�n con su supervisor.

El suceso que abri� paso a la controversia ante nos ocurri� el 6 de febrero de 2010. Ese d�a la se�ora Clemente pronunci� palabras soeces al narrarle a su supervisor una situaci�n que hubo con unos clientes a los cuales le tuvo que llamar la atenci�n por compartir un plato de buffet, lo cual est� prohibido bajo las pol�ticas del establecimiento.1

En ese momento, el se�or Javier Cort�s amonest� verbalmente a la recurrente, le orden� que esperara en su oficina y por �ltimo le exigi� que abandonara su turno y se fuera a su hogar. Al regresar al restaurante el d�a 8 de febrero de 2010, la se�ora Clemente recibi� la amonestaci�n escrita por los hechos anteriores. A ra�z del incidente, fue suspendida de empleo y sueldo hasta que se llegara a una determinaci�n por la Oficina de Recursos Humanos de la empresa. La se�ora Clemente no firm� la amonestaci�n por estar en desacuerdo con la misma, pero aclar� su intenci�n de remitir una carta a la Gerente de Recursos Humanos, se�ora Ada L. Reyes Bauz�, para explicarle lo sucedido.

En la carta dirigida a la se�ora Reyes, fechada 9 de febrero de 2010, la cual fue enviada por fax y entregada a la mano, la recurrente expuso las razones para su actitud. En resumen, manifest� que hab�a escasez de platos, vasos y cubiertos; que no hab�a �busboy�; y que en un momento estuvo a cargo de un total de veinti�n (21) mesas hasta que luego la ayud� otra mesera, Denisse Santos Ram�rez, y el gerente Javier Cort�s. Explic� que le llam� la atenci�n a una pareja que intentaba compartir un plato del buffet, poniendo en vigor la pol�tica del restaurante en contra de esta pr�ctica. En la carta expone que inform� al se�or Cort�s sobre la situaci�n, pero que este lo dej� en manos de Celestino Col�n, ya que estaba saliendo de su turno de trabajo...

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