Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201401939
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201401939 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2015 |
| | APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce N�m. Caso: JDP2003-0430 (604) Sobre: Da�os y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres y el Juez Flores Garc�a.
Flores Garc�a, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 6 de mayo de 2015.
La parte apelante, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, representado por la Oficina de la Procuradora General, y el se�or Norberto Cruz Mart�n, comparecen ante nosotros y solicitan la revisi�n de un pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, el 5 de agosto de 2014, a los fines de que lo dejemos sin efecto.
Mediante la aludida determinaci�n, el foro primario encontr�
responsable a la parte apelante por los da�os reclamados por la se�ora Nicole Aponte Pou, en adelante la parte apelada. En consecuencia les orden� pagar, de forma solidaria, $75,000.00 a �sta y el pago de las costas y gastos del caso.
Por �ltimo orden� al se�or Cruz Mart�n a pagar $5,000.00 en honorarios de abogado.
El 23 de agosto de 2002 se present� una denuncia, contra la apelada, por violaci�n al Art. 161 del C�digo Penal de 1974. Alegadamente, la apelada hab�a tratado de privar a su ex-esposo, el se�or Cruz Mart�n, de la custodia del hijo menor procreado por ambos, sacando al ni�o de la jurisdicci�n de Puerto Rico sin autorizaci�n. La vista preliminar se celebr� el 21 de enero de 2003 y no se encontr� causa probable para acusar a la apelada.
El 7 de octubre de 2003 la apelada demand� al ELA y al se�or Cruz Mart�n por da�os y perjuicios, en el caso Civil N�m. JDP2003-0430, cuya Sentencia es objeto de apelaci�n en este recurso. Adujo que el ELA fue negligente al investigar los hechos que ocasionaron que fuera denunciada por violaci�n al Art. 161, provocando que se le arrestara en presencia de su hijo menor de edad por supuestamente tratar de sacar al menor de la jurisdicci�n sin autorizaci�n. Ello, a pesar de existir una Resoluci�n del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, emitida el 22 de noviembre de 1999, concedi�ndole la custodia del ni�o y autoriz�ndola a establecer su domicilio, junto al menor, en el estado de Florida. Solicit� una compensaci�n de $150,000.00 por los da�os y perjuicios sufridos.
Completado el extenso descubrimiento de prueba en este pleito, el Tribunal de Primera Instancia celebr� el juicio en su fondo. Las partes estipularon los siguientes documentos:
1. Exhibit I � Resoluci�n de 22 de noviembre de 1999 dictada por el Juez Municipal Jorge N��ez Burgos, Querella N�m: Q99-252 a tenor con la Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho, Ley N�m. 140 de 23 de julio de 1974, 32 LPRA secs. 2871 et seq. En la Resoluci�n el Tribunal de Primera Instancia le otorg� la custodia provisional del menor NCA a la apelada.
2. Exhibit II � El expediente o sumario fiscal preparado o confeccionado por el Departamento de Justicia de Puerto Rico en el procesamiento del caso de Pueblo de Puerto Rico v. Nicole Aponte Pou, Caso N�m. JIVP200205534, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce.
3. Exhibit III � El Expediente completo del caso Norberto Cruz Mart�n vs. Nicole Aponte Pou, Civil N�m. JCU-2001-0013. El caso de custodia que inst� el se�or Cruz Mart�n en el foro primario.
4. Exhibit IV � Expediente completo del Pueblo de Puerto Rico v. Nicole Aponte Pou, Caso N�m. JIVP200205534
5. Exhibit V � Certificaci�n escolar del menor NCA de 6 de noviembre de 2008.
6. Exhibit VI � Copia del certioari KLCE200300421 del 1 de abril de 2003.
7. Exhibit VI � Transcripci�n de cr�ditos de NCA del 28 de mayo de 2009.
Tanto el apelante, el se�or Cruz Mart�n como la apelada, la se�ora Aponte Pou, testificaron en el juicio. �sta �ltima, entre otras cosas, testific� sobre el d�a en que fue arrestada y los da�os que sufri� como resultado del incidente. El apelante testific� acerca de su relaci�n con su ex-esposa, las razones por las que present� una querella en contra de la apelada y las razones por las que solicit� la custodia de su hijo.
El foro primario examin� y aquilat� toda la prueba aportada por las partes y admitida en evidencia. En base a la ello y a la credibilidad que le merecieron los testigos, hizo las siguientes determinaciones de hechos que transcribimos in extenso por ser el objeto de esta apelaci�n:
1. La parte demandante, Nicole Aponte Pou y la parte codemandada, Norbert Cruz Mart�n, resid�an en Ponce.
2. La Demandante y Norbert Cruz Mart�n sostuvieron una relaci�n de pareja de la cual procrearon un hijo de nombre [NCA], el cual es menor de edad.
3. La Demandante y Norbert Cruz Mart�n se separaron en 1999, como resultado de la conducta del Sr. Cruz, quien fue acusado por la Demandante por violaci�n a la Ley para la Prevenci�n y la Intervenci�n con la Violencia Dom�stica.
4. Los cargos contra Norbert Cruz Mart�n no se adjudicaron y en su lugar las partes acordaron que se separar�an y que la Demandante mantendr�a la custodia de NCA, mud�ndose a la Florida.
5. El acuerdo fue presentado ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Ponce, y se adopt� mediante Resoluci�n emitida el 22 de noviembre de 1999, por lo que se fij� un estado provisional de derecho entre las partes, bajo la Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho, Ley N�m. 140 de 23 de julio de 1974. Esta Resoluci�n fue dictada en el caso Nicole Aponte Pou, Querellante vs. Norbert Cruz Mart�n, Q99-252, sobre Ley 140.
6. La presente reclamaci�n surgi� motivo de que siendo la Demandante la madre con custodia del menor NCA, seg�n hab�an acordado las partes y as� se hab�a acogido judicialmente mediante Resoluci�n de 22 de noviembre de 1999, Norbert Cruz Mart�n la acus� por alegadamente haber violado otra Orden posterior de car�cter ex-parte, expedida mediante Resoluci�n el 9 de febrero de 2001 en otro caso de n�mero JCU-2001-0013 y en donde no se hab�a obtenido jurisdicci�n en cuanto a la Demandante al expedirse la misma. Esta Orden fue emitida, sin que se hubiera emplazado a la Demandante y sin conceder a dicha parte la oportunidad de ser escuchada en torno a la solicitud. Por ello, la misma resultaba contrar�a al estado provisional de derecho previamente emitido por la Sala Municipal mediante la Resoluci�n de 22 de noviembre de 1999. La Orden ex parte tampoco fue notificada a la Demandante.
7. La negligencia del ELA consisti� en que sus funcionarios, enti�ndase la Polic�a de Puerto Rico y la Fiscal�a de Distrito, no fueron diligentes en la investigaci�n y procesamiento de este caso. Esos funcionarios no investigaron los documentos o expedientes p�blicos que ellos sab�an que exist�an y de los cuales ten�an conocimiento, seg�n surge del cuerpo de la denuncia que se present� en contra de la Demandante. Esos documentos y expedientes p�blicos demostraban que la demandante no hab�a cometido delito p�blico alguno.
8. Surge de la prueba presentada que la Demandante ten�a la custodia legal judicial de su hijo, de la cual no pod�a ser privada de manera ex�parte, sin darle una oportunidad de ser o�da y sin haber adquirido jurisdicci�n sobre ella el Tribunal Superior de Ponce en el caso de custodia que present� el co�demandado Norbert Cruz Mart�n, JCU-2001-0013.
9. La investigaci�n de la querella criminal hecha en este caso por los funcionarios del ELA, parte codemandada, fue superficial. No investigaron adecuadamente los documentos p�blicos que exist�an en la rama judicial y de los cuales ten�an previo conocimiento lo cual surge del propio pliego acusatorio que presentaron en contra de la demandante. Era previsible pues, para los funcionarios del Estado que una investigaci�n negligente pod�a conllevar a una equivocaci�n y arrestar y procesar indebidamente a la demandante, como de hecho ocurri�. Del sumario fiscal solamente surge la declaraci�n jurada del Sr. Norbert Cruz Mart�n, pero no surge entrevista alguna a otros testigos o evaluaci�n de documento adicional.
10. El 23 de agosto de 2002 se present� una denuncia contra la Demandante por violaci�n al Art. 161 del C�digo Penal a solicitud del Sr. Norbert Cruz Mart�n.
11. Seg�n el testimonio de la Demandante, el 30 de octubre de 2002, �sta fue arrestada p�blicamente frente a su hijo menor de edad en un pasillo del Tribunal de Ponce, frente a un numeroso p�blico all� presente y en una exhibici�n de fuerza policial carente de toda sensibilidad humana. La Demandante y Norbert Cruz Mart�n se encontraban este d�a en el Tribunal de Ponce en vista del caso JCU2001-0013, y ya hab�an acordado que el menor permaneciera bajo la custodia de la Demandante en los Estados Unidos hasta el mes de diciembre de 2002 y que ser�a tra�do en ese facha a Puerto Rico para relacionarse con Norbert Cruz Mart�n.
12. La Demandante no tan solo fue esposada frente a su hijo menor de edad y el p�blico all� presente, sino que fue tambi�n encerrada en una celda y tuvo que prestar una fianza criminal de $3,000.00, para poder permanecer en libertad provisional en lo que se celebraba la vista preliminar correspondiente.
13. Despu�s de prestada la fianza de $3,000.00, ella regres� a su residencia en el estado de la Florida como le constataba y le consta el ELA demandado. El ELA nunca recurri�, ni protest� la vista preliminar correspondiente.
14. Celebrada la vista preliminar el 21 de enero de 2003, el Tribunal, despu�s de escuchar la prueba, determin� no existir causa probable para acusar a la Demandante por delito alguno, exoner�ndola del cargo imputado y poni�ndola en libertad.
15. El ELA no solicit� una vista preliminar en alzada, Regla 24 (c) de Procedimiento Criminal, por lo cual la Resoluci�n de No Causa advino final y firme entre...
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