Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Mayo de 2015, número de resolución KLCE201500391

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500391
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2015

LEXTA20150518-001 Velez Rosario v. Class S�nchez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

FERNANDO V�LEZ ROSARIO
Recurrido
v.
CARMEN CLASS S�NCHEZ
Peticionaria
KLCE201500391
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Civil N�m.: D DI2008-2721 Sobre: Divorcio (Pensi�n alimentaria permanente)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Jim�nez Vel�zquez, Jueza Ponente.

RESOLUCI�N

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de mayo de 2015.

La se�ora Carmen Class S�nchez present�, el 26 de marzo de 2015, este recurso de Certiorari, mediante el cual procura la revisi�n de la Resoluci�n emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n, que en torno a la celebraci�n de la vista ante la Examinadora de Pensiones Alimentarias determin�

sobre tres asuntos, a saber: (a) que no permitir� la presentaci�n de las Planillas de Informaci�n Personal y Econ�mica Enmendadas para los a�os 2008, 2009, 2013 y 2015; (b) que s�lo considerar� la evidencia presentada hasta el mes de octubre de 2014; y (c) que permitir� la presentaci�n de evidencia de gastos despu�s del mes de octubre de 2014, solamente relacionada a los gastos de la menor universitaria.

La vista ante la Examinadora de Pensiones Alimentarias tiene el prop�sito de fijar la pensi�n alimentaria permanente, tras el padre alimentante haber admitido la capacidad econ�mica para pagar los gastos razonables de su hija durante la vista celebrada el 20 de marzo de 2014.

Esta controversia se da en el contexto de un litigio sobre los alimentos de una menor, que se ha prolongado durante siete a�os. El pleito comenz� en el mes de marzo de 2008, cuando se fij� la pensi�n alimentaria de manera provisional en $1,434 mensuales, la cual fue modificada a $1,070 mensuales en noviembre de dicho a�o. A esta fecha, no se ha fijado una pensi�n permanente. El padre alimentante contin�a proveyendo el plan m�dico de la menor.

La se�ora Carmen Class S�nchez y el se�or Fernando V�lez Rosario, se divorciaron el 12 de agosto de 2009, por la causal de separaci�n.

Del examen de los escritos de las partes y sus ap�ndices, surge que el pleito se ha caracterizado por m�ltiples suspensiones atribuibles a la parte alimentista, cambios en representaci�n legal y diferencias continuas sobre el alcance del descubrimiento de prueba. Por �ltimo, tras el tiempo transcurrido, las diferencias entre las partes estriban sobre el modo de calcular la pensi�n permanente. Veamos.

I

El 13 de marzo de 2008, la se�ora Carmen Class S�nchez (Class) present�, por derecho propio, una Petici�n de alimentos en beneficio de su hija menor de edad, IVC, nacida el 20 de diciembre de 1995, durante el matrimonio con su entonces a�n esposo, el se�or Fernando V�lez Rosario (V�lez). La demanda de alimentos tiene la identificaci�n alfanum�rica D AL2008-0492.

El 8 de abril del mismo a�o, la se�ora Class present� la Planilla de Informaci�n Personal y Econ�mica (PIPE), en la que detall� los gastos correspondientes de la menor. En igual fecha, el se�or V�lez present� su PIPE, en la cual indic� que su salario neto ascend�a a $4,162. La EPA recomend� una pensi�n alimentaria provisional de $1,434 mensuales, a ser pagada por el se�or V�lez a trav�s de la Administraci�n para el Sustento de Menores (ASUME), a partir del 1 de abril de 2008. La EPA indic� que el balance correspondiente a la deuda por el efecto retroactivo de la fijaci�n de la pensi�n ser�a discutido en la vista final de alimentos. El 19 de abril de 2008, el tribunal acogi� la recomendaci�n de la EPA, y estableci�

la pensi�n alimentaria provisional sugerida.

A su vez, el 4 de agosto de 2008, el se�or V�lez present� otra PIPE, en la que se�al� que su salario neto era $3,052.34. De los documentos ante nuestra consideraci�n, surge que, el 8 de noviembre de 2008, la entonces abogada de la se�ora Class, en el caso de alimentos, solicit� la renuncia de la representaci�n legal, lo cual fue acogido por el tribunal.

As� las cosas, el 13 de noviembre de 2008, fue celebrada otra vista ante la EPA, a la cual el se�or V�lez compareci�

representado por una abogada, mientras que la se�ora Class no compareci�. Ante la ausencia de una solicitud de transferencia de vista, la misma fue celebrada.

En dicha vista, la EPA recomend� la modificaci�n provisional de la pensi�n a $1,070 mensuales, a partir del 1ero de diciembre de 2008, en consideraci�n a la solicitud del se�or V�lez, quien, desde el mes de agosto, hab�a informado, mediante una PIPE, que a los ingresos utilizados en la fijaci�n provisional original no se le hicieron los descuentos mandatorios por ley de contribuci�n sobre ingresos y seguro social federal. Seg�n el Acta, se modific� el rengl�n de vivienda a los fines de reflejar que en la vivienda resid�an cuatro personas, no tres. Los gastos de educaci�n de la menor se mantuvieron igual a los informados al momento de fijarse la pensi�n provisional, en abril de 2008. El se�or V�lez continuar�a proveyendo el plan m�dico para la menor. Mediante Orden del 2 de diciembre de 2008, el tribunal acogi� la recomendaci�n de la EPA, en torno a la modificaci�n de la pensi�n alimentaria provisional.

En diciembre de 2008, el se�or V�lez, mediante representaci�n legal, present� la Demanda sobre divorcio, por la causal de separaci�n bajo la identificaci�n alfanum�rica D DI2008-2721.

Entonces, el 13 de mayo de 2009, fue celebrada ante la EPA la vista sobre el incidente de alimentos. La representante legal de la se�ora Class inform� no estar preparada para la vista final sobre alimentos, contrario al se�or V�lez, debido a la supuesta existencia de controversia respecto a los ingresos de �ste, para lo cual era necesario realizar un descubrimiento de prueba. La EPA refiri� el incidente a la consideraci�n del tribunal.

El 14 de mayo de 2009, dio inicio el juicio en su fondo sobre el divorcio. Adem�s, el 21 de mayo de 2009, la se�ora Class present� otra PIPE. El tribunal atendi� varios asuntos relativos al descubrimiento de prueba, y determin� que, para el caso de alimentos, dicho proceso ya hab�a culminado. Por lo tanto, el tribunal rechaz� ciertas solicitudes de descubrimiento de prueba relacionadas a una corporaci�n del alimentante.

El 12 de agosto de 2009, el Tribunal de Primera Instancia emiti� la Sentencia de divorcio, por la causal de separaci�n. En la misma, se recogieron los acuerdos entre las partes respecto a los alimentos pendente-lite, custodia y patria potestad, y el plan de relaciones paterno filiales.1

Tambi�n, orden� la consolidaci�n del caso de alimentos D AL2008-0492 con el de divorcio D DI2008-2721.

De otra parte, el 25 de septiembre de 2009, la EPA orden� a la se�ora Class mostrar causa por la cual no deb�a recomendar la desestimaci�n de su petici�n de alimentos, ante su incomparecencia a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR