Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201500676

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500676
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2015

LEXTA20150529-048 Qui�ones Nelson v. Nieves Espada

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL VIII

ANG�LICA QUI�ONES NELSON
Recurrida
v.
JUAN L. NIEVES ESPADA
Peticionario
KLAN201500676
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de R�o Grande Civil. N�m. OPA-2015-032907 Sobre: Orden de Protecci�n

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona M�ndez, la Juez G�mez C�rdova, la Juez Rivera Marchand y el Juez Bonilla Ortiz1

RESOLUCI�N

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2015.

El peticionario, Juan L.

Nieves Espada (se�or Nieves Espada), nos pide que revoquemos una Orden de Protecci�n dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de R�o Grande, correspondiente a la Regi�n Judicial de Carolina2.

Evaluado el recurso ante nuestra consideraci�n, resolvemos no expedir el auto de certiorari solicitado.

I.

Surge de los documentos presentados por el se�or Nieves Espada que el 15 de abril de 2015 la se�ora Ang�lica Qui�ones Nelson (se�ora Qui�ones Nelson) compareci� a la Sala Municipal de R�o Grande, donde solicit� una Orden de Protecci�n contra el se�or Nieves Espada. Tras examinar el testimonio de la se�ora Qui�ones Nelson, el foro primario realiz� las siguientes determinaciones de hecho:

Las partes sostuvieron una relaci�n consensual por 2 a�os. Terminaron la relaci�n hace 2 a�os. Tuvieron una ni�a que en la actualidad tiene 16 meses. La peticionaria relata que el peticionado tiene un patr�n de persecuci�n y amenazas en su contra y que quiere controlarle la vida. Hubo un �ltimo incidente en el cual el peticionado coloc� un arma de fuego en el bulto de la menor. Esto ocurri� cuando la peticionaria recogi� a la menor en la ocasi�n en que el peticionado ten�a relaciones paterno filiales con la menor poniendo en riesgo la seguridad de la menor y de La peticionaria. La peticionaria teme por su seguridad y la de la menor.

Concluy�

adem�s el foro recurrido que existe una probabilidad de riesgo inmediato de maltrato o la probabilidad de que dar notificaci�n previa a la se�ora Qui�ones Nelson provocara el da�o irreparable que se intenta prevenir al solicitar la orden de protecci�n.

As�

pues, en virtud de las determinaciones de hechos a las que lleg�, el foro recurrido dict� una Orden de Protecci�n Ex Parte, con vigencia desde el 15 de abril de 2015 hasta el 5 de mayo de 2015. Espec�ficamente, le orden� al se�or Nieves Espada abstenerse de visitar el hogar de la se�ora Qui�ones Nelson, su lugar de empleo, el hogar de los familiares de la peticionaria y sus alrededores, as� como abstenerse de molestar, intimidar, amenazar o de cualquier forma interferir con la parte peticionaria. Le prohibi� tambi�n acercarse al veh�culo de la peticionaria y por �ltimo, orden� al se�or Nieves Espada entregar a la Polic�a de Puerto Rico cualquier arma de fuego que le perteneciera o que tuviera bajo su control. Se dispuso entonces que la vista de Orden de Protecci�n en su fondo se celebrar�a el 5 de mayo de 2015.

Seg�n se�alada, la vista en su fondo se llev� a cabo el 5 de mayo de 2015, a la que compareci�

la se�ora Qui�ones Nelson, el se�or Nieves Espada y su representaci�n legal y la intercesora legal. Solo testific� la se�ora Qui�ones Nelson.

La Sra. Qui�ones Nelson testific� que convivi� por un a�o con el se�or Nieves Espada y que tienen una hija en com�n de 16 meses. La relaci�n termin� en agosto de 2013. Explic� que desea obtener una orden de protecci�n porque el se�or Nieves Espada quiere controlar su vida y no la respeta.

Sostuvo la Sra. Qui�ones Nelson que ha habido un patr�n de situaciones por las que teme por su vida y la de su hija. Explic� que el incidente que la llev� a solicitar una orden de protecci�n ocurri� el 29 de marzo de 2015. Hab�a acordado con el se�or Nieves Espada la manera en que se llevar�an a cabo las relaciones paterno filiales y como se har�a el recogido y entrega de la menor. Explic� que el 29 de marzo de 2015 el se�or Nieves Espada le entreg� a la menor y al abrir el bulto que conten�a las pertenencias de la ni�a encontr� en su interior el arma de fuego del se�or Nieves Espada. Explic� que el se�or Nieves Espada utiliza un arma de fuego por su trabajo. Present� una foto que ilustraba el interior del bulto, que objet� la representaci�n legal del se�or Nieves Espada por no estar clara. Sostuvo que con este acto el se�or Nieves Espada puso en riesgo a la hija de ambos, porque la ni�a est� en una edad en que est� explorando. Agreg� que tiene miedo, aunque no hubiese ocurrido antes un incidente como este.

Declar�

la Sra. Qui�ones Nelson que una vez se percat� de la existencia del arma en el bulto de la menor, decidi� ir al cuartel, para entregar el arma, pero all� se encontr� con el se�or Nieves Espada, quien bloque� su autom�vil. Ella entonces le dijo que tomara el arma del bulto, porque ella no se atrev�a a tocarla.

Adem�s, le pregunt� al se�or Nieves...

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