Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Junio de 2015, número de resolución KLRA201500230

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500230
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2015

LEXTA20150609-019-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE MAYAGUEZ Y AGUADILLA

PANEL X

Emiliano Ortiz Rentas
Recurrente
vs.
Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n
Recurrida
KLRA201500230
REVISI�N ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n Sobre: Remedio Adm. N�m. B-1618-14

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 09 de junio de 2015.

Comparece el se�or Emiliano Ortiz Rentas (Sr. Ortiz Rentas), quien es un confinado, mediante recurso de revisi�n administrativa y solicita que revoquemos la Resoluci�n emitida el 2 de enero de 2015 y notificada el 26 de febrero del mismo a�o por la Divisi�n de Remedios Administrativos del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n (DCR). �En ella, el DCR confirm� y modific� la respuesta emitida previamente y dispuso que el televisor del recurrente estaba da�ado antes de ser ocupado por oficiales de la instituci�n.

Examinada la comparecencia de las partes de ep�grafe, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideraci�n, procedemos a revocar la determinaci�n recurrida mediante los fundamentos que expondremos a continuaci�n.

I

El 21 de agosto de 2014 el Sr. Ortiz Rentas present� una solicitud de remedio administrativo ante el DCR. �Aleg� que el 15 de junio de 2014 se realiz� un proceso disciplinario a varios confinados de la instituci�n correccional mediante el cual se les priv� por 30 d�as del uso de visitas, comisar�a, recreaci�n y televisores. �Adujo que el comandante Miguel Cab�n orden� a la oficial Cora y otros oficiales de turno especial a recoger todos los televisores de las celdas. �Sostuvo que entreg� su televisor a la oficial Cora, quien lo verific� y certific� que estaba en perfectas condiciones.1 �Luego de cumplido el t�rmino de la sanci�n impuesta, el comandante Miguel Cab�n le indic� que ya no estaban permitidos los televisores en las celdas por lo que el Sr. Ortiz Rentas procedi� a realizar los tr�mites para que su televisor le fuera entregado a su familia. �Expuso que el 20 de agosto de 2014 su madre acudi� a la Instituci�n Correccional para recoger el televisor pero que, luego de que oficiales realizaron una prueba y se percataron que la pantalla del televisor estaba �estillada� y no ten�a los tornillos, no se hizo la entrega del mismo. �A base de lo anterior, solicit� que se realizara una investigaci�n interna al respecto y adem�s, que se llamara a la Polic�a de Puerto Rico para radicar una denuncia por da�o a la propiedad.2

El 17 de septiembre de 2014 el DCR emiti� respuesta a la solicitud del recurrente y dispuso lo siguiente:

Informa el teniente Miguel Cab�n � Comandante de la Guardia de Bayam�n 501 que se estar� realizando las gestiones correspondientes para verificar las condiciones de su TV. 3

Inconforme, el Sr. Ortiz Rentas solicit� la reconsideraci�n mediante escrito presentado a esos efectos el 16 de octubre de 2014. �Aleg� que el comandante Miguel Cab�n tiene conocimiento de que su televisor fue estropeado bajo la custodia de los oficiales de la instituci�n. �Adem�s, reiter� su solicitud de que se realizara una investigaci�n administrativa, as�

como que se llamara a la polic�a para la radicaci�n de una denuncia por da�os a la propiedad.4

Posteriormente, y en atenci�n a la solicitud de reconsideraci�n presentada por el recurrente, el DCR emiti� la Resoluci�n que hoy revisamos. �En ella, expres� que el comandante Miguel Cab�n indic� que el televisor estaba roto...

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