Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201401383

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401383
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Junio de 2015

LEXTA20150618-004 Mel�ndez �lvarez v. UBS Financial Services

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N - UTUADO

PANEL V

NEREIDA MEL�NDEZ �LVAREZ
Apelada
v.
UBS FINANCIAL SERVICES CORPORATION; ET ALS
Apelantes
KLAN201401383
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n N�m. Caso: D AC2011-1031 (503) Sobre: Reclamaci�n de Bienes Hereditarios; Da�os

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres y el Juez Flores Garc�a.

Flores Garc�a, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de junio de 2015.

Comparecen los apelantes, UBS Financial Services Incorporated of Puerto Rico; Eduardo Gonz�lez Incl�n; Ana I. del Valle y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos y solicitan la revocaci�n de una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n el 3 de julio de 2014, notificada el 22 de julio de 2014. En la misma, el Tribunal declar�

con lugar la demanda sobre bienes hereditarios y da�os presentada por la parte apelada Nereida Mel�ndez �lvarez, por conducto de su tutora Lili Lustig Mel�ndez y conden� a la parte apelante al pago de $226,643.67 m�s intereses y $5,000 en concepto de honorarios, m�s las costas y gastos.

I.

Seg�n surge de los autos del caso, Do�a Nereida Mel�ndez �lvarez y Don Hans Lustig estuvieron casados y procrearon dos hijos, a saber, Lil� Lustig Mel�ndez y Roberto Lustig Mel�ndez.

El 19 de septiembre de 2002, Do�a Nereida Mel�ndez �lvarez y Don Hans Lustig abrieron las cuentas de inversiones JX48478 y JX48477-52 en UBS/Paine Webber, ahora conocido como UBS.

Los contratos suscritos por Do�a Nereida y Don Hans conten�an la siguiente cl�usula:

If is further agreed that, in the event of the death of any of the undersigned, the survivor shall immediately give you notice thereof, and you may, before or after receiving such notice, take such proceedings, require such papers, retain such portion of, and/or restrict transactions in the account as you may deem advisable to protect you against any liability, penalty and/or loss, under any applicable laws and regulations or otherwise. In no event shall you be liable to any of us, or our legal heirs, for accepting orders or instructions from any of us with reference to the joint account until you have had actual formal notice of the death of any of us.

Sus inversiones eran directamente manejadas por el apelante Gonz�lez Incl�n, quien hab�a fungido como su corredor de inversiones desde otras casas de corretaje en a�os anteriores.

En alg�n momento en el a�o 2004, el hijo del matrimonio Lustig-Mel�ndez, Robert, se mud� a vivir con sus padres. Robert era soltero, no ten�a hijos, alegadamente ten�a problemas de dependencia de drogas ilegales y ten�a antecedentes penales. Los hermanos Robert y Lil� no manten�an una relaci�n familiar estable y el primero, alegadamente, se encargaba de los asuntos de sus padres.

Don Hans falleci� el 23 de enero de 2005, dejando un testamento ol�grafo que fue debidamente protocolizado ante el Notario P�blico An�bal Lugo, el 29 de diciembre de 2006 a tenor con la Resoluci�n judicial del 8 de diciembre del mismo a�o en el caso KJV2005-2504. Como �nicos herederos de Don Hans figuraban su esposa Do�a Nereida Mel�ndez en cuanto a la cuota usufructuaria y sus hijos Lil� Lustig Mel�ndez y Robert Lustig Mel�ndez.

En el testamento, Don Hans dispuso como sigue en cuanto a Do�a Nereida: �Adem�s es mi deseo que mi esposa, la Sra. Nereida Mel�ndez de Lustig, conserve, vele y administre los bienes de mi herencia. Tal es mi voluntad despu�s que haya ocurrido mi muerte�.

A pesar de que en su testamento Don Hans dividi� su caudal en tres tercios y dej� a su hijo Robert, el tercio libre y el de mejoras, respetando la leg�tima, no dej� instrucciones a la albacea para proceder con la liquidaci�n del caudal ni sobre la distribuci�n espec�fica de los bienes de la herencia.

Desde el tr�mite de la protocolizaci�n del testamento ol�grafo de Don Hans, Do�a Nereida padec�a la enfermedad de Alzheimer, por lo que no pudo asistir al procedimiento de adveraci�n y protocolizaci�n. Por ello, el 23 de marzo de 2006, el licenciado Lugo present� al tribunal una Moci�n Informativa, a los efectos de que Do�a Nereida no podr�a comparecer a la vista correspondiente debido a que esta padec�a �de la enfermedad de Alzheimer en un estado bastante avanzado, lo que compromete su estado salud f�sica y mental.�

Do�a Nereida nunca renunci� al cargo de albacea, pero tampoco gestion� las cartas testamentarias para ejercer el albaceazgo.

Aparentemente el licenciado An�bal Lugo y el se�or Roberto Lustig Mel�ndez manejaron el tr�mite de los asuntos de la sucesi�n.1

Lil� Lustig, hija de Do�a Nereida y Don Hans, era la tutora de Do�a Nereida y tambi�n era cliente de UBS con la cuenta n�mero JX48479-52. En el 2005, despu�s del fallecimiento de Don Hans, pero antes de la declaraci�n de incapacidad de Do�a Nereida, Lil� Lustig se person� a las oficinas de UBS procurando a Gonz�lez Incl�n para indagar sobre el estado de las cuentas y el procedimiento a seguir en cuanto a las mismas, debido al fallecimiento de su padre. All�, la Sra. Maggie Gago, asistente de Gonz�lez Incl�n se neg� a proveerle informaci�n sobre las cuentas, por ser de car�cter confidencial.

La se�ora Lil� Lustig busc� asesoramiento y concluy� que las Cuentas de Do�a Nereida y Don Hans estaban congeladas por el Departamento de Hacienda, como de hecho lo estaban, como resultado del fallecimiento de Don Hans. Posterior a ello, Do�a Nereida no recibi� informaci�n por parte de Gonz�lez Incl�n o UBS sobre sus cuentas. UBS no cooper� voluntariamente con Do�a Nereida ni con su tutora en la divulgaci�n de informaci�n pertinente a las cuentas. Por ello, hubo que gestionar dicha informaci�n mediante sus abogados quienes acudieron al tribunal para obtener �rdenes dirigidas contra la parte apelante.

Como resultado de las �rdenes emitidas por el tribunal, UBS entreg� la informaci�n solicitada. Al revisar la misma, la tutora se percat� de que las inversiones y valores que Do�a Nereida manten�a en las cuentas hab�an sido liquidadas el 27 de marzo de 2007, sin que la apelada tuviera conocimiento y sin que se le hubieran entregado los cheques correspondientes de tal liquidaci�n.

Do�a Nereida nunca recibi� sus cheques ni el importe de los mismos a pesar de que a trav�s de su tutora reclam� extrajudicialmente a los apelantes el pago de dicha deuda. Los reclamos extrajudiciales se ampararon en que el endoso de los cheques emitidos fue falsificado. Los cheques reclamados nunca fueron honrados por la parte apelada.

Seg�n surgi� en el juicio, el licenciado An�bal Lugo, que fue testigo de la parte apelada en el juicio, declar� que el 10 de octubre de 2006 remiti�

por telefax a la Sra. Maggie Gago en UBS, copia de la mencionada Moci�n Informativa del 23 de marzo de 2006, junto a otros documentos sobre el procedimiento de protocolizaci�n del testamento ol�grafo. De la prueba documental admitida surge una copia de dicha Moci�n Informativa suscrita por el Lcdo. Lugo que tiene un sello de UBS indicando el recibo del documento el 21 de marzo de 2007.

Por su parte, la parte apelante present� como evidencia documental una carta que denomin� como Carta de Instrucciones, dirigida a UBS y a Gonz�lez Incl�n, ello con el prop�sito de demostrar que actuaron seg�n lo ordenado por apelada. Dicha carta fue mecanografiada y contiene las siguientes instrucciones:

As you know, my husband, Mr. Hans G. Lustig recently passed away and I, as trustee of his estate, request that the accounts listed below be liquidated: JX48478 Nereida Lustig, Hans G. Lustig, Robert Lustig and JX48477 Robert Lustig, Hans G.

Lustig, Nereida Lustig

Upon liquidation, have your office ascertain the total amount of the liquidation amount, and thereafter, please prepare the following checks:

  1. A first check in the amount of $2,000.00 to the order of An�bal Lugo Miranda.

  2. A second check to the order of Nereida Lustig for the amount representing fifty percent (50%) of the remaining liquidation amount.

  3. A third check to the order of Robert Ray Lustig for the amount representing five sixths (5/6) of the thereafter remaining liquidation amount.

  4. A fourth check to the order of Lilli Magdalena Lustig for the amount representing the final one sixth (1/6) of the remaining liquidation amount.

Once the checks are ready please contact my son Robert Ray Lustig at (787) 322-0330 and deliver same to him (as he will proceed to distribute them).

La carta contiene el cuerpo de la carta y la firma. No surge de la misma, la direcci�n, el tel�fono u otra informaci�n que acredite que la firma responde a la se�ora Mel�ndez o la autenticidad de la misma.

Como parte de las determinaciones de hechos el Tribunal se�al� que durante el juicio, Gonz�lez Incl�n declar� que recibi� dicha carta y que procedi� a ordenar la liquidaci�n de las cuentas de conformidad con las instrucciones establecidas en la misma y que realiz� los c�mputos aritm�ticos correspondientes para ordenar la preparaci�n de los cheques all� especificados, los que fueron emitidos el 28 de marzo de 2007. Tambi�n declar� que conoc�a a Don Hans porque era su corredor de valores desde hac�a muchos a�os; que aunque conoc�a a Do�a Nereida y a sus hijos, no era amigo de su familia. Acept� que conoc�a al Sr. Robert Lustig porque hab�an estudiado en la misma escuela.

UBS y Gonz�lez Incl�n sostuvieron que no ten�an conocimiento de la condici�n de Alzheimer que padec�a Do�a Nereida y que no ten�an raz�n para dudar de su capacidad para impartir las instrucciones que estaban en la carta o de la firma de la misma.

Los referidos cheques, sus cantidades y la cuenta de la cual proceden se desglosan a continuaci�n. De la cuenta JX48478-52 se prepararon los siguientes cheques:

a) Cheque n�mero JX39874 a la orden de Do�a Nereida por la cantidad de $196,173.05;

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