Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201500406

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500406
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Junio de 2015

LEXTA20150618-006-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

KATIRIA MU�IZ BEN�TEZ
Apelante
v.
KELLY SERVICES, INC.; BAXTER HEALTHCARE ET AL.
Apelada
KLAN201500406 Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior de Ponce Civil N�m. J PE2013-0732 Sobre: Reclamaci�n Laboral la Ley n�m. 3 del 13 de marzo de 1942, Ley de Protecci�n de Madres Obreras, Ley n�m. 80 del 30 de mayo de 1976, Ley n�m. 139 de 26 de junio de 1968, seg�n enmendada, bajo el Procedimiento Sumario

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos

S�nchez Ramos, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de junio de 2015.

Katiria Mu�iz Ben�tez (se�ora Mu�iz Ben�tez) apela una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. Mediante el dictamen, el Tribunal desestim� sumariamente las causas de acci�n de discrimen por raz�n de embarazo y de despido injustificado de �sta.

I.

����������� La se�ora Mu�iz Benitez trabaj� para Kelly Services, Inc. (Kelly) como empleada temporera desde 12 de septiembre de 2012 hasta el 30 de junio de 2013. �El contrato de trabajo era mensual y la renovaci�n estaba condicionada a la existencia de necesidad de servicio de las compa��as clientes de Kelly.

El acuerdo de la se�ora Mu�iz Benitez venci�

el 30 de junio de 2013, pero antes de terminar el plazo, �sta empez� a disfrutar de los ayudas que ofrece la Ley de Beneficio por Incapacidad Temporal, Ley N�m. 139 de 26 de junio de 1968, seg�n enmendada, 11 LPRA. secs.

201 et. seq. �En ese momento, la se�ora Mu�iz Benitez cumpl�a con su asignaci�n de trabajo en la planta de Guayama de Baxter Healthcare, S.A. (Baxter). �All�

estaba destacada como operadora de empaque bajo la supervisi�n de empleados de Baxter. �Como parte de las funciones del puesto, la se�ora Mu�iz Benitez ten�a que manejar un montacargas para mover �las paletas con productos�. �Tambi�n ten�a varios meses de embarazo, hecho que conoc�an sus empleadores, Baxter y Kelly. �La se�ora Mu�iz Benitez supo de su estado de gravidez el 27 de febrero de 2013, e inmediatamente lo inform� a su patrono.�

�sta disfrut� de licencia por incapacidad temporal durante los meses de junio, julio y agosto. �La incapacidad de la se�ora Mu�iz Benitez fue por raz�n de �problemas personales� y no por la pre�ez. �Los m�dicos que la atendieron durante este periodo de licencia, un psic�logo y un ginec�logo, la dieron de alta entre el 18 y 19 de agosto de 2013. �Lo anterior fue informado a Kelly y a Baxter.

El 3 de septiembre de 2013, la se�ora Mu�iz Benitez fue examinada por el m�dico de Baxter. �En este momento ten�a 7 meses de gestaci�n. �El m�dico orden� unos laboratorios e indic� a la paciente que llevara los resultados a su ginec�logo, y luego regresara, en una semana, al dispensario m�dico para una segunda evaluaci�n. �Recomend� que no trabajara durante esa semana.

El 10 de septiembre, la se�ora Mu�iz Benitez fue examinada nuevamente por el m�dico de Baxter. �En esta ocasi�n el doctor le pregunt� si pod�a manejar, usando un monta cargas, 80 libras como parte de sus funciones. �La se�ora Mu�iz Benitez mostr� preocupaci�n, asegur� que hay otros empleados que pueden hacer esa tarea, e indic� que no �iba a exponer a su hijo por nacer�. �El m�dico recomend� que �no trabaje por ahora hasta despu�s de su parto�. �Sin embargo el ginec�logo, que la atend�a en ese momento, recomend�

que pod�a trabajar pero con la protecci�n adecuada.

As� las cosas el 23 de septiembre de 2013, la se�ora Mu�iz Benitez escribi� a Kelly para inquirir la raz�n por la cual, a esa fecha, a�n no estaba reintegrada a su trabajo. �En respuesta, el 10 de octubre de 2013, el personal de Baxter llam� a la se�ora Mu�iz Benitez para ofrecerle un puesto, en el cual no ten�a que usar el monta cargas para levantar o mover objetos pesados. �La se�ora Mu�iz Benitez, varios d�as despu�s, rechaz�

la oferta, porque estaba a punto de empezar a disfrutar de su licencia por maternidad. �Empez� a disfrutarla el 15 de octubre de 2013 hasta el 10 de diciembre del mismo a�o.

El 7 de diciembre de 2013, la se�ora Mu�iz Benitez recibi� una carta de Kelly. �En la misiva, la compa��a expres� que su licencia por maternidad estaba a punto de expirar, por lo que necesitaba que se comunicara �para orientarla sobre el proceso de retorno a su asignaci�n temporera�. �La se�ora Mu�iz Benitez no se comunic� con Kelly. �Sin embargo, varios d�as despu�s, el 13 de diciembre de 2013 la se�ora Mu�iz Benitez present� una querella laboral en contra de Kelly y Baxter. �Aleg� que:

[P]ara el mes de agosto de 2013, encontr�ndose la querellante en estado gravito, fue discriminada por raz�n de embarazo, al rechaz�rsele su reincorporaci�n al trabajo, luego de haber estado por descanso a trav�s de la Ley de Beneficio por Incapacidad Temporera Ley N�m. 139 de 26 de junio de 1968, seg�n enmendada, [�], despido ilegal e injustificadamente en violaci�n a la Ley #3 del 13 de marzo de 1947, seg�n enmendada y a la cita Ley #139.

Como consecuencia de la acci�n violatoria llevada a cabo por las partes querelladas, sufri� la querellante perdida de su �nica fuente de ingreso, que tuvo la secuela del retraso en sus compromisos econ�micos, hecho que la mantiene en constante estr�s y depresi�n, sufriendo serias angustias mentales y morales[.] �

Luego de completado el descubrimiento de prueba, Baxter y Kelly solicitaron, cada una por su parte, la soluci�n sumaria de la querella. �Alegaron que de acuerdo a las estipulaciones de hechos, y al contenido de la deposici�n de la se�ora Mu�iz Benitez, �sta no ten�a causa de acci�n por discrimen por raz�n de embarazo y...

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