Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201500678

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500678
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2015

LEXTA20150630-0131-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL IX

REINALDO CARTAGENA, ET. ALS
Apelante
V.
COOPERATIVA DE A/C
DE CAGUAS Y OTROS
Apelado
KLAN201500678
Consolidado con:
KLAN201500809
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Caguas Caso N�m.: E PE2011-0044 E PE2011-0050 E PE2011-0127 E PE2011-0193 Sobre: DESPIDO INJUSTIFICADO
V�CTOR M. GIPULL ROSARIO
Apelante
V.
COOPERATIVA DE A/C
DE CAGUAS Y OTROS
Apelado
CLARISOL SANTIAGO,
ET ALS
Apelante
V.
COOPERATIVA DE A/C
DE CAGUAS Y OTROS
Apelado
MAIR�N P�REZ, ET ALS
Apelante
V.
COOPERATIVA DE A/C
DE CAGUAS Y OTROS
Apelado

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Mart�; la Juez Dom�nguez Irizarry y la Juez Lebr�n Nieves

Lebr�n Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el se�or Reinaldo Cartagena Ortiz, (en adelante, el se�or Cartagena Ortiz) mediante el recurso de apelaci�n de ep�grafe con identificaci�n alfanum�rica KLAN201500678. Por otro lado, comparece la Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas (en adelante, la Cooperativa) mediante el recurso de apelaci�n de ep�grafe con identificaci�n alfanum�rica KLAN201500809. �

As� pues, mediante recursos de apelaci�n independientes, ambas partes nos solicitan la revisi�n de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 30 de marzo de 2015 y notificada el 10 de abril de 2015, en el caso civil EPE2011-0044.1

Mediante la Sentencia apelada el foro primario declar�

Ha Lugar la Moci�n de Sentencia Sumaria presentada por las codemandadas, Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas y la Junta de Directores de Caguas Coop, en cuanto a las causas de acci�n del se�or Reinaldo Cartagena Ortiz, por represalias, difamaci�n y da�os y perjuicios. Consecuentemente, el foro apelado desestim� con perjuicio, las referidas causas de acci�n.� Sin embargo, el foro a quo mantuvo viva la reclamaci�n de Cartagena Ortiz por despido injustificado.

Consecuentemente, el foro primario conden� a la Cooperativa a satisfacerle al se�or Cartagena Ortiz la suma de $33,828.50 correspondientes a la mesada y la suma adicional de $8,457.00, por concepto de honorarios de abogado. Por �ltimo, el foro apelado desestim� con perjuicio la acci�n incoada en contra de los Miembros de la Junta de Directores de la Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se modifica la Sentencia apelada y as� modificada, se confirma.

I

����������� El presente caso tiene su origen en una de cuatro Demandas2 independientes, presentadas por Reinaldo Cartagena, V�ctor Gipull, Mair�n P�rez, Clarisol Santiago y otros, en contra de la Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas y otros. La referida Demanda, fue instada originalmente, al amparo del procedimiento sumario que provee la Ley de Procedimiento Sumario para Reclamaciones de Obreros y Empleados3, Ley N�m. 2 de 17 de octubre de 1961, 32 LPRA sec. 3118 et seq. (Ley N�m. 2). La Demanda incluy� reclamaciones sobre Despido Injustificado,� Ley N�m. 80 del 30 de mayo de 1976, 29 LPRA Sec. 185a, et. seq. y, la Ley de Represalias, Ley N�m.

115-1991, mejor conocida como, 29 LPRA, Sec. 194a, et seq.

Luego de varios tr�mites procesales, el 30 de julio de 2014, los codemandados Marisela Carri�n Tirado, Ezequiel Mart�nez Ortiz, Lydia Salabarria y otros, presentaron escrito titulado: Moci�n de Sentencia Sumaria de Reclamaciones Contra los Miembros de Caguas Coop.

A su vez, el 7 de agosto de 2014 la parte codemandada, Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas, present� Moci�n de Sentencia Sumaria en Relaci�n a las Causas de Acci�n de la Demandante Mair�n P�rez Miranda.4 Con posterioridad, el 28 de agosto de 2014, los codemandantes presentaron Oposici�n a Solicitud de Sentencia Sumaria de Reclamaciones contra los Miembros de la Junta de Directores de Caguas Coop.

El 5 de septiembre de 2014, los codemandantes, tambi�n presentaron Oposici�n a Solicitud de Sentencia Sumaria de Reclamaciones contra la Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas de los Demandantes Clarisol Santiago Hern�ndez, Mair�n P�rez Miranda y Reinaldo Cartagena.

Examinadas las referidas mociones, el foro apelado dict�

tres Sentencias separadas para cada uno de los codemandantes, las cuales, seg�n dij�ramos, fueron dictadas en la misma fecha, el 30 de marzo de 2015 y notificadas el 10 de abril de 2015.

Mediante las referidas Sentencias el foro de instancia declar� Ha Lugar la Moci�n de Sentencia Sumaria presentada por la codemandada, Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas y la Moci�n de Sentencia Sumaria de Reclamaciones Contra los Miembros de Caguas Coop., presentada por los Miembros de la Junta de Directores.

Con relaci�n a la Moci�n de Sentencia Sumaria presentada por la Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas, en lo pertinente a la reclamaci�n del se�or Reinaldo Cartagena Ortiz y los dos recursos que nos ocupan, el foro primario consign�, los siguientes Hechos Incontrovertidos:

1. Reinaldo Cartagena es mayor de edad, casado con la co-querellante Luz A. Col�n Rodr�guez desde el a�o 2001.

2. La Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas es una corporaci�n sin fines de lucro registrada bajo el n�mero 192 en el Departamento de Estado, con oficina principal en el pueblo de Caguas.

3. En el a�o 1989 el Sr. Reinaldo Cartagena complet� un Bachillerato en Contabilidad en la Universidad Interamericana de Puerto Rico.� El Sr. Reinaldo Cartagena revalid� como Contador P�blico Autorizado en el a�o 1995. Licencia n�mero 3677.

4. Reinaldo Cartagena inici� su carrera en la Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas el 21 de mayo de 2001 como Vicepresidente de Finanzas; tras ser contratado por el Sr. V�ctor M. Gipull Rosario.

5. La terminaci�n de empleo del Sr. Reinaldo Cartagena tuvo lugar el 15 de noviembre de 2010, as� que �ste trabaj� para la Cooperativa por espacio de nueve a�os y medio.

6. El Sr. V�ctor M. Gipull Rosario [s]iempre estuvo a cargo de la supervisi�n directa del querellante mientras �ste se desempe�� como Presidente Ejecutivo de la Cooperativa. Dado que el Sr. V�ctor M. Gipull era supervisor directo del querellante, �ste siempre fue el encargado de realizar las evaluaciones del desempe�o de Reinaldo Cartagena como Vicepresidente de Finanzas.

7. El Sr. V�ctor M. Gipull tuvo contrato vigente con la Cooperativa hasta el 31 de diciembre de 2008.5

Conforme surge del acta del 30 de octubre de 2010 emitida por la Junta de Directores de la Cooperativa, los miembros determinaron por mayor�a con relaci�n a los servicios del Sr. V�ctor M. Gipull: (a) no renovar el contrato de servicios profesionales; (b) dar por terminada la relaci�n de servicios profesionales.

8. El 5 de noviembre de 2010 el Sr. V�ctor M. Gipull Rosario se querell� contra Caguas Coop ante COSSEC. Ning�n miembro de la Junta de Directores fue informado de tal acci�n.

9. Como parte de sus funciones de Director de Finanzas, Cartagena estaba encargado de toda la operaci�n financiera de la Cooperativa; trabajaba con los ciclos de contabilidad; preparaba informes mensuales, trimestrales y anuales; y recib�a a los auditores externos e internos de la Cooperativa. En fin, Cartagena trabajaba con todo lo que tuviera que ver con la parte financiera de la Cooperativa.

10. El Sr. Ram�n Adorno Rivera fue nombrado el 12 de noviembre de 2010 como Presidente Ejecutivo Interino de la Cooperativa de Ahorro y Cr�dito de Caguas por la Junta de Directores en propiedad.

11. Reinaldo Cartagena alegadamente advino en conocimiento de la destituci�n del Sr. V�ctor M. Gipull Rosario como Presidente Ejecutivo de la Cooperativa el viernes 12 de noviembre de 2010, a eso de la 1:30pm.

12. La Junta de Directores tuvo conocimiento de que algunos de los expedientes de la Junta de Directores fueron sacados de su archivo y trasladados a otra sucursal.

El 12 de noviembre de 2010 la Presidenta de la Junta de Directores, le solicit�

al Sr. Ram�n Adorno que procediera a investigar porqu� los expedientes hab�an sido trasladados a la otra sucursal (del Pueblo a la Gautier Ben�tez) y porqu�

nadie ten�a conocimiento de c�mo �stos llegaron all�.

13. Los expedientes de la Junta de Directores estaban asegurados bajo llave y ten�an un custodio. La llave del archivo de los expedientes se manten�a en la b�veda de seguridad de la Cooperativa. El Sr. Ram�n Adorno deleg� en el Sr. Benjam�n Cruz, Gerente de Sistemas de Informaci�n, para que �ste procediera a investigar el asunto de los expedientes. El Sr. Benjam�n Cruz se vali� de los sistemas de seguridad de la Cooperativa para identificar qu� hab�a sucedido con los expedientes de los miembros de la Junta de Directores. Surge de los videos de seguridad de la Cooperativa que el Sr. Reinaldo Cartagena fue la persona que sac� la llave de la b�veda y posteriormente sustrajo los expedientes del archivo� de la Junta de Directores. El Sr. Cartagena envi� los expedientes a la otra sucursal mediante el mensajero de la Cooperativa.

14. El 9 de noviembre de 2010, a las 11:08 am, las c�maras de seguridad de la Cooperativa captaron c�mo el Sr. Cartagena se dirig�a a los archivos de la Junta de Directores en el segundo piso de la sucursal para sustraer los expedientes de los miembros de la Junta de Directores. El Sr. Ram�n Adorno tuvo la oportunidad de examinar los aludidos videos de seguridad al d�a siguiente, a saber, el s�bado 13 de noviembre de 2010.

15. La Junta de Directores y la Secretaria de la Junta eran las personas autorizadas a tener acceso a los expedientes en cuesti�n. El Comit� de Cumplimiento pod�a tener acceso a los expedientes; m�s primero deb�an ser autorizados por la Junta de Directores.

16. Cartagena admiti� bajo juramento que sab�a que los custodios de los documentos de la Junta de Directores son los mismos miembros de la Junta de Directores o su secretaria, la...

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