Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201400864

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400864
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2015

LEXTA20150630-052 Departamento de la Familia v. Tapia Rivera

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAROLINA-HUMCAO

PANEL VIII

DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA Apelado
v
ALEXANDRA TAPIA RIVERA; KEVIN M�NDEZ MAISONET Apelantes
KLAN201400864
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Civil. N�m.: F MM2012-0087 Sobre: Maltrato de Menores

Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Mart�, la Jueza Dom�nguez Irizarry y el Juez Flores Garc�a

Coll Mart�, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.

Ha comparecido Alexandra Tapia Vega en recurso de apelaci�n y nos solicita que revoquemos una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, el 20 de diciembre de 2013, y notificada el 9 de enero de 2014. En dicha sentencia el foro apelado determin� que el menor de edad JMT, hijo de la apelante, hab�a sido apartado de la custodia de la madre conforme a derecho, priv� a la madre apelante de la custodia legal de dicho ni�o, JMT, y eximi� a la parte apelada, el Departamento de la Familia (DF), de realizar esfuerzos razonables para reunificar a la apelante con el menor.

Debido a la sentencia antes descrita, el 24 de enero de 2014 la apelante present� ante el foro de primera instancia una Moci�n de Determinaciones de Hechos Adicionales y de Reconsideraci�n, que fue declarada No Ha Lugar el 25 de marzo de 2014, depositada en el correo el 26 de marzo de 2014. El 7 de mayo de 2014 se llev� a cabo una notificaci�n enmendada, a los fines de notificar en el formulario OAT 687.

Por las razones que expondremos, Revocamos la sentencia apelada.

I

Veamos los hechos. La apelante Alexandra Tapia Vega procre� tres hijos con el Sr. Kevin M�ndez Maisonet. La ni�a mayor, Alexia M�ndez Tapia, falleci� en el a�o 2010, a los diecinueve (19) d�as de nacida. El padre biol�gico, Kevin M�ndez Maysonet, fue acusado y hallado culpable por esa muerte. Fue sentenciado a tres (3) a�os de reclusi�n, con una sentencia suspendida. Como condici�n de la probatoria concedida, se le prohibi�

acercarse a la apelante Alexandra Tapia Vega, quien era v�ctima de violencia dom�stica de parte de M�ndez Maysonet, y tuvo una orden de protecci�n vigente hasta agosto de 2014. La Sra. Tapia Vega fue, adem�s, la testigo de cargo en el caso criminal contra M�ndez Maysonet. Por el caso de la muerte de su hija mayor la apelante no recibi� ning�n tipo de servicio del DF, debido a que, seg�n se desprende de la declaraci�n de las trabajadoras sociales del DF, en ese momento no exist�an otros hijos, por lo que no era necesario el servicio para ella.

Posteriormente naci� el segundo ni�o, JMT, cuyo bienestar es objeto de este caso. El ni�o es hijo del mismo padre biol�gico que la primera ni�a fallecida, a quien se le hab�a prohibido acercarse a la apelante.

As� las cosas, el segundo menor, JMT, fue llevado al Hospital Federico Trilla por su madre, donde se determin� que ten�a una fractura en la tibia derecha. La tibia es el hueso principal y anterior de la pierna. Los padres no tuvieron explicaci�n para la fractura1. El menor fue apartado del hogar de la apelante a ra�z del descubrimiento de la fractura, y de corroborarse que exist�a un antecedente documentado por el DF, esto es, la muerte de la primera menor, debido a lo que se denomina como �beb�

sacudido� o �shaken baby� a manos de su padre.

La apelante se separ� del Sr. M�ndez Maysonet en enero de 2013, estando ya embarazada de una tercera menor, que naci� en julio de 2013.

En cuanto a la tercera menor, el 23 de julio de 2013 la trabajadora social (TS) Vanessa P�rez Medina, suscribi� una Petici�n de Emergencia ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Carolina, en la que solicit� la remoci�n inmediata de la nueva beb�, Alexia M�ndez Tapia (nombrada igual que la primera beb� fallecida), y pidi� que le fuera otorgada la custodia de emergencia al DF2. En dicha petici�n de emergencia la TS describi� la situaci�n familiar con estas palabras:

Caso con antecedentes en el Departamento de la Familia, por referido previo de maltrato a menores bajo el n�mero R 11 10 40760. En este se indica que menor de 19 d�as de nacida falleci�, luego de padre admitir que sacudi� a la beb� por estar llorando. Por dicho caso, padre se encuentra en proceso criminal. El caso fue fundamentado para antecedentes en la agencia. El 18 de diciembre de 2012 se recibe nuevo referido de infante de tres meses de nacido que presentaba fractura en la tibia derecha. El 20 de diciembre de 2012 se peticion� la custodia de emergencia del infante. La seguridad de este menor no es garantizada, porque padres tienen capacidades debilitadas. Madre se encuentra alegadamente inmersa en ciclo de violencia dom�stica. Fue orientada sobre la violencia dom�stica, y no admite que se encuentra en dicho ciclo, aunque expres� que este le ha proliferado en discusiones palabras soeces. Ella se muestra nerviosa en todo momento. Padre tiene conducta demandante ante la intervenci�n de la agencia y sus procesos. Adem�s de que se encuentra en proceso de probatoria con grillete electr�nico, por primer antecedente de beb�

fallecido. Fiscal�a se encuentra en proceso de radicar cargos criminales, a ambos padres por el segundo antecedente de fractura en pierna de segundo beb�.

La TS argument� en esta Petici�n de Emergencia que no era necesario agotar los esfuerzos razonables previos a la remoci�n de la menor debido a los antecedentes existentes relativos a los dos menores anteriores.

No obstante el informe anterior, el Tribunal Municipal de Carolina no eximi� al DF de agotar esfuerzos razonables previos en el caso de la menor Alexia. En su lugar dicho tribunal orden�, mediante Resoluci�n de 10 de octubre de 2013, un plan de servicios m�s agresivo, ello en respuesta a la Petici�n de Emergencia del DF.

Aun as�, el 30 de octubre de 2013, en el caso Civil N�m. F CU 2013-0266, sobre la custodia de la tercera ni�a nacida, el DF present� un Informe Social donde se dec�a que Alexandra Tapia Vega y Kevin Maysonet a�n se relacionaban, por lo que el DF solicitaba la custodia de la ni�a debido a que el hogar de su madre no era un lugar seguro.

Como resultado del �plan agresivo� de servicios que el Tribunal de Primera Instancia orden� en el caso de Alexia, el 27 de enero de 2015 se llev�

a cabo una vista a la que comparecieron las partes, representadas por abogado, as� como el Procurador de Asuntos de Familia y la TS Gisela Crespo Rodr�guez, Supervisora del DF. All� se inform� que la TS hab�a presentado el informe social, que el plan de servicios hab�a concluido y se solicit� el archivo del caso administrativo en el DF. Entre otras cosas, la Minuta Resoluci�n de dicha vista lee as�:

�El Procurador extiende sus felicitaciones a la demandada por los logros obtenidos. El Tribunal admite en evidencia el informe social y acoge las recomendaciones del informe social presentado por el Departamento de la Familia. Le indica a la demandada que la vida le ha dado una segunda oportunidad para cuidar a la menor y darle un ambiente seguro para la menor y para su persona�.

Mientras tanto, en el caso que nos ocupa del ni�o JMT, el 20 de diciembre de 2013 el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Asuntos de Menores, emiti� una Sentencia en la que eximi� al DF de llevar a cabo esfuerzo razonable alguno y priv� a la madre de la custodia legal de JMT.

As� las cosas, el 26 de agosto de 2014, fue sometido el Informe Social para la vista de permanencia del caso de JMT. Este informe, suscrito por la TS Franc�s A. Gonz�lez Ferrer, y por su supervisora la MSW Gisela Crespo Rodr�guez, reza:

�AN�LISIS Y CONCLUSIONES

En relaci�n al Sr. Vega, [abuelo materno de Alexandra]en un principio fue descartado por el DF debido a que la promovida resid�a con �ste. No obstante, durante el seguimiento brindado al caso, el Sr. Vega, ha sido de gran apoyo para la Sra. Tapia...

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