Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Julio de 2015, número de resolución KLRA201500674
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201500674 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2015 |
Transporte Rodr�guez Asfalto, Inc. | | Revisi�n Administrativa procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Yauco Subasta General Serie 2015-2016 del Municipio de Yauco, Adquisici�n de Asfalto Regado y Compactado Urbano y rural por tonelada para Proyecto con Fondos Municipales y Federales Sobre: Impugnaci�n de Adjudicaci�n de Subasta |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos.
Brau Ram�rez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de julio de 2015.
����������� En abril de 2015 el Municipio de Yauco public� un aviso de subasta para la adquisici�n de varios productos de asfalto, incluyendo el suministro de asfalto, regado y compactado en (a) zona urbana y (b) zona rural.
A la subasta comparecieron tres licitadores, a saber, la recurrente Transporte Rodr�guez Asfalto, Inc. (�Transporte Rodr�guez�), la recurrida R & F Asphalt Unlimited, Inc. (�R & F�) y Betterrecycling Corporation (�Betterrecycling�).
R & F someti� la licitaci�n m�s baja, seguido por la recurrente y luego Betterrecycling.1
Para la fecha de la subasta, y como consecuencia de ciertos procedimientos habidos contra R & F ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, la Administraci�n de Servicios Generales de Puerto Rico envi� una notificaci�n sobre su intenci�n de suspender por tres a�os a R & F como licitador aprobado en el Registro de Licitadores establecido por el art�culo 39 del Plan de Reorganizaci�n de la Administraci�n de Servicios Generales, 3 L.P.R.A. Ap. XIX.2�
����������� El art�culo 7 de la Ley 458 de 22 de septiembre de 2004 requiere a toda persona natural o jur�dica que desee participar en una subasta municipal someter una declaraci�n jurada indicando si se encuentra bajo investigaci�n �en cualquier procedimiento legislativo, judicial o administrativo�
por actos constitutivos de deshonestidad o fraude, 3 L.P.R.A. sec. 928f.
����������� El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha se�alado que el incumplimiento con dicho requisito conlleva la nulidad de cualquier licitaci�n.
Costa Azul v. Comisi�n, 170 D.P.R. 847, 860-961 (2007).3
����������� En el presente caso, R & F no cumpli� con este requisito ni advirti� a Yauco sobre los procedimientos en su contra.
����������� El 20 de junio de 2015, el Municipio de Yauco notific� a los participantes que hab�a otorgado la subasta a R & F, al determinar que era el licitador m�s bajo.
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