Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Julio de 2015, número de resolución KLRA201500674

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500674
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución16 de Julio de 2015

LEXTA20150716-022-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA

PANEL VII

Transporte Rodr�guez Asfalto, Inc.
RECURRENTE
v.
Junta de Subastas del Municipio de Yauco
RECURRIDA
R & F Asphalt Unlimited, Inc.
Licitador Agraciado
KLRA201500674
Revisi�n Administrativa procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Yauco Subasta General Serie 2015-2016 del Municipio de Yauco, Adquisici�n de Asfalto Regado y Compactado Urbano y rural por tonelada para Proyecto con Fondos Municipales y Federales Sobre: Impugnaci�n de Adjudicaci�n de Subasta

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos.

Brau Ram�rez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de julio de 2015.

-I-

����������� En abril de 2015 el Municipio de Yauco public� un aviso de subasta para la adquisici�n de varios productos de asfalto, incluyendo el suministro de asfalto, regado y compactado en (a) zona urbana y (b) zona rural.

A la subasta comparecieron tres licitadores, a saber, la recurrente Transporte Rodr�guez Asfalto, Inc. (�Transporte Rodr�guez�), la recurrida R & F Asphalt Unlimited, Inc. (�R & F�) y Betterrecycling Corporation (�Betterrecycling�).

R & F someti� la licitaci�n m�s baja, seguido por la recurrente y luego Betterrecycling.1

Para la fecha de la subasta, y como consecuencia de ciertos procedimientos habidos contra R & F ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, la Administraci�n de Servicios Generales de Puerto Rico envi� una notificaci�n sobre su intenci�n de suspender por tres a�os a R & F como licitador aprobado en el Registro de Licitadores establecido por el art�culo 39 del Plan de Reorganizaci�n de la Administraci�n de Servicios Generales, 3 L.P.R.A. Ap. XIX.2

����������� El art�culo 7 de la Ley 458 de 22 de septiembre de 2004 requiere a toda persona natural o jur�dica que desee participar en una subasta municipal someter una declaraci�n jurada indicando si se encuentra bajo investigaci�n �en cualquier procedimiento legislativo, judicial o administrativo�

por actos constitutivos de deshonestidad o fraude, 3 L.P.R.A. sec. 928f.

����������� El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha se�alado que el incumplimiento con dicho requisito conlleva la nulidad de cualquier licitaci�n.

Costa Azul v. Comisi�n, 170 D.P.R. 847, 860-961 (2007).3

����������� En el presente caso, R & F no cumpli� con este requisito ni advirti� a Yauco sobre los procedimientos en su contra.

����������� El 20 de junio de 2015, el Municipio de Yauco notific� a los participantes que hab�a otorgado la subasta a R & F, al determinar que era el licitador m�s bajo.

�����������...

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