Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Julio de 2015, número de resolución KLAN201500541

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500541
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Julio de 2015

LEXTA20150728-001-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL VIII

ASOCIACI�N� DE CONDOMINIOS DE LA TORRE M�DICA HIMA SAN PABLO
Apelado
v.
ATLANTIC HEALTH CARE GROUP (PUERTO RICO), INC.
Apelante
KLAN201500541
Certiorari procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior de Fajardo Civil. N�m. NSCI201200707 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona M�ndez, la Jueza G�mez C�rdova1, la Juez Rivera Marchand y el Juez Bonilla Ortiz.

Rivera Marchand, Juez Ponente

SENTENCIA

����������� En San Juan, Puerto Rico, a 28 de julio de 2015.

I.

����������� Comparece ante nosotros Atlantis Health Care Group, Inc.2, (Atlantis o parte apelante), y nos solicita la revocaci�n de una sentencia dictada el 21 de enero de 2015 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo (TPI).

Mediante dicha sentencia, el TPI declar� ha lugar una demanda en cobro de dinero presentada por la Asociaci�n de Cond�minos de la Torre M�dica HIMA San Pablo (la Asociaci�n o parte apelada), contra Atlantis.

����������� Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se confirma la sentencia apelada.

II.

����������� El 9 de octubre de 2012, la Asociaci�n present� una demanda en cobro de dinero3 contra Atlantis. En s�ntesis, aleg� que dicha parte operaba un centro de di�lisis en el cond�mino de la Torre M�dica HIMA San Pablo y le adeudaba la cantidad de $151,855.00 debido a que la Asociaci�n pag� dicha cantidad en concepto del consumo del servicio de agua en el edificio antes mencionado.

Seg�n expuso en la demanda, el 11 de junio de 2012 Atlantis contest� una carta de cobro y acept� el hecho de que la Asociaci�n pag� a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) la suma de $151,855.00, suma que le correspond�a pagar a la parte apelante. No obstante lo anterior, Atlantis argument� que no ten�a que pagar dicha cantidad a la parte apelada toda vez que acordaron un plan de pago con la AAA.

����������� El 19 de octubre de 2012 Atlantis contest� la demanda incoada en su contra.4

Argument� como defensa que las alegaciones contenidas en la demanda no justificaban la concesi�n de un remedio, toda vez que la Asociaci�n ya hab�a sido compensada por la totalidad de la deuda alegada. Expuso que la AAA le concedi� un cr�dito a la parte apelada compens�ndole as� lo que hab�a pagado por el consumo de agua que le correspond�a a Atlantis. Adem�s, Atlantis expuso que estuvo pagando a la AAA la suma de dinero que reclamaba la Asociaci�n. Por tanto, argument� que si le pagaba a la Asociaci�n dicha cantidad, estar�a pagando dos veces la misma deuda. Adicional a ello, indic� que la Asociaci�n ten�a un cr�dito con la AAA para el consumo del agua hasta el monto total de la deuda reclamada. As� las cosas, la parte apelante concluy� que al hacerse responsable del pago de la deuda ante la AAA, ello tuvo el efecto de pagarle a la Asociaci�n la deuda reclamada.

����������� Posteriormente, el 18 de marzo de 2014 se llev� a cabo la Conferencia con Antelaci�n a Juicio en donde las partes presentaron ante el TPI el Informe de Conferencia con Antelaci�n a Juicio y las partes expusieron sus respectivas teor�as con relaci�n al caso, entre otras cosas.5

����������� La parte apelante solicit� al TPI a que ordenara a la AAA a reproducir todo documento relacionado a al consumo de agua de Atlantis y de la Asociaci�n durante los a�os 2004 al 2011. Tambi�n solicit� que la AAA pusiera a su disposici�n los documentos relacionados a los pagos realizados por ambas partes durante dicho per�odo. Atlantis sostuvo que la AAA otorg� un cr�dito �de 100% a la Asociaci�n y, por consiguiente, la controversia versaba sobre el cr�dito concedido por la AAA. Por tanto, la parte apelante le solicit� al TPI que emitiera una orden dirigida a la AAA para que dicha entidad cotejara las facturas. Por su parte, la Asociaci�n indic� que la AAA lo que otorg� fue un cr�dito a su favor por la cantidad de $32,465.38. Al concluir la vista, el TPI con la anuencia de las partes se�al� juicio en su fondo para el 13 de noviembre 2014. As� las cosas, el TPI emiti� una Orden requiri�ndole a la AAA que pusiera a disposici�n de las partes varios documentos tales como: 1) las facturas tanto de Atlantis como de la Asociaci�n para los per�odos de marzo de 2004 a noviembre de 2011; 2) los recibos de pagos de ambas partes durante el per�odo antes se�alado; 3) los documentos generados por la AAA con relaci�n a los contadores correspondiente a la Asociaci�n y Atlantis.6

����������� El 15 de octubre de 2014, Atlantis present� un escrito intitulado: �Moci�n solicitando conversi�n de se�alamiento de vista en su fondo�.7

En s�ntesis, expuso que a tenor con la Orden emitida por el TPI, se llevaron a cabo varias gestiones entre las partes y la AAA �de las cuales surgi� que: 1) el cr�dito concedido a la Asociaci�n es por el per�odo comprendido entre septiembre de 2008 a noviembre de 2011, esto es, la mitad del per�odo en que hubo el problema con los contadores; y 2) que la data que constituye el consumo de la Asociaci�n se encontraba en un sistema de la AAA que ya no utilizaba y por lo cual dicha informaci�n no se hab�a podido producir conforme a lo ordenado por el TPI. En fin, solicit� que se cambiara el se�alamiento del juicio en su fondo hasta tanto la AAA pusiera a disposici�n de las partes toda la informaci�n necesaria y pertinente al caso. En espec�fico, indic� que la AAA ven�a obligada a reproducir la facturaci�n de la Asociaci�n correspondiente al per�odo comprendido entre mayo de 2004 y noviembre de 2011, lo cual todav�a no hab�a hecho.

����������� Por otro lado, el 21 de octubre de 2014 la Asociaci�n present� un escrito titulado: �Moci�n en oposici�n a que se suspenda el juicio en su fondo�.8

Mediante dicho escrito la parte apelada expuso que se opon�a a la petici�n de Atlantis, toda vez que la fecha del juicio se escogi� con bastante anticipaci�n y los testigos de la Asociaci�n ya hab�an hecho sus respectivos arreglos en su calendario para poder comparecer al juicio se�alado para el 13 de noviembre de 2014. Adem�s, indic� que a pesar de la buena comunicaci�n entre las partes, no se hab�a podido llegar a un acuerdo y por lo cual solicit� que el juicio fuera celebrado en la fecha estipulada en el Informe de Conferencia con Antelaci�n al Juicio.

����������� El foro primario deneg� la solicitud de conversi�n de se�alamiento de juicio y procedi� a celebrar el juicio en su fondo el 13 de noviembre de 2014.� La Asociaci�n present� los testimonios de la Sra. Amneris Rodr�guez, Administradora de la Torre M�dica HIMA San Pablo y el testimonio del Dr. Steven Rivas M�rquez, actual Presidente de la Asociaci�n. Por otro lado, Atlantis present� los testimonios de la Sra. Brenda Gauthier, Gerente de Contabilidad de Atlantis y el testimonio del Sr. Migue A. Luciano Rom�n, Director Auxiliar de Servicio al Cliente de la AAA.

����������� A continuaci�n procedemos a exponer los aspectos m�s relevantes de los testimonios vertidos.�����

Dr. Steven Rivas M�rquez� (Dr. Rivas o declarante)

����������� El Dr. Rivas es cardi�logo intervencional y trabaja en el Hospital HIMA San Pablo de Fajardo y en el Centro Cardiovascular.

Especific� que desde el a�o 2007 tiene oficina en el edificio del Hospital HIMA San Pablo de Fajardo y actualmente es el Presidente de la Asociaci�n de Titulares de la Torre M�dica HIMA San Pablo (la Asociaci�n). Entre las responsabilidades que le corresponde atender como Presidente, el Dr. Rivas indic� que tiende a presidir la asamblea de cond�minos, eval�a contratos y cheques a nombre de la asociaci�n, entre otras cosas.

����������� El Dr. Rivas declar� que la Asociaci�n hizo una reclamaci�n contra la Corporaci�n Atlantis Health Care (Atlantis) por la cantidad de $151,000.00. Especific� que la Asociaci�n tuvo que pagar la cantidad de $151,000.00 en exceso por el servicio de agua que utiliz� Atlantis.

Abund� que la Asociaci�n estuvo pagando err�neamente por una lectura que estaba haciendo la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados por unos servicios de aproximadamente $5,000.00 mensuales. Seg�n expuso, durante el t�rmino del Presidente anterior de la asociaci�n, se llevaron a cabo una serie de cambios en la toma de agua y ba�os del edificio de la Asociaci�n. A partir de entonces se not� una diferencia en la baja del pago de $5,000.00 a $1,000.00. Posterior a dicha situaci�n, se llev� a cabo una evaluaci�n de los contadores y se encontr� que hab�a un error en la lectura.9

El error consist�a en que hab�a un contador que estaba mutilado y no estaba leyendo correctamente.10

����������� Seg�n declar� el Dr. Rivas, la Asociaci�n ven�a pagando las mensualidades de $5,000.00 basadas en una lectura err�nea desde el a�o 2004. El declarante explic� como fue que advino en conocimiento de que hab�a una toma de agua que estaba siendo facturada a la Asociaci�n que no les pertenec�a. Expuso que a mediados del a�o del 2011, el pasado Presidente de la Asociaci�n, el Sr. Yamil A. Bou, le inform� que hab�a un problema de pago de agua en exceso y que se hab�a hecho una gesti�n al respecto para investigar. Al asumir a la presidencia de la Asociaci�n, el Dr. Rivas le dio seguimiento a la investigaci�n sobre el pago en exceso por el servicio de agua, a trav�s de la Sra. Amneris Rodr�guez (Administradora de la Torre M�dica HIMA).

����������� Como Presidente de la Asociaci�n, el Dr.

Rivas, entre otras cosas, emite los cheques en concepto de pago para el servicio de agua en el edificio de dicha Asociaci�n. Desde que descubri� el problema en el a�o 2011 hasta �la actualidad, indic� que paga una diferencia de $4,000.00 menos en la factura del agua. As� las cosas, el Dr. Rivas advino en conocimiento de que la Asociaci�n estuvo pagando en exceso por la factura del agua de un contador en el edificio de la Asociaci�n que le pertenec�a a Atlantis. Por ello, el Dr. Rivas llev� a cabo una...

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