Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Agosto de 2015, número de resolución KLCE201501138
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201501138 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 13 de Agosto de 2015 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Civil N�m.: D AC2014-3251 Sobre: Cobro de dinero e incumplimiento de contrato |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Juez Dom�nguez Irizarry y la Jueza Romero Garc�a.
Jim�nez Vel�zquez, jueza ponente
RESOLUCI�N
En San Juan, Puerto Rico, a 13 de agosto de 2015.
La parte peticionaria inst� el presente recurso de certiorari el 12 de agosto de 2015. En s�ntesis, solicit� que revoquemos la Resoluci�n emitida el 6 de mayo de 2015, notificada el 15 de mayo de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n.1
Mediante esta, el tribunal de instancia declar� no ha lugar la Solicitud de desestimaci�n de la demanda presentada por la parte peticionaria y orden� a la parte recurrida a presentar una demanda enmendada.
Adem�s, la parte peticionaria solicita que revoquemos la Orden emitida el 10 de julio de 2015, y notificada el 23 de julio de 2015, por el mismo tribunal, que orden� a dicha parte a contestar la demanda enmendada as� presentada por la parte recurrida, bajo apercibimiento de anotarle la rebeld�a.2
Examinada la solicitud de certiorari, concluimos que no procede expedir el auto. Igualmente, declaramos No Ha Lugar la Moci�n en auxilio de jurisdicci�n para la paralizaci�n de los procedimientos presentada conjuntamente con el recurso.�
����������� El 1 de diciembre de 2014, la parte demandante-recurrida inst� una Demanda de cobro de dinero e incumplimiento de contrato contra la parte aqu� peticionaria. En s�ntesis, aleg� que es propietaria del espacio que se identifica como el quiosco KFF-2 del centro comercial San Patricio Plaza, arrendado por Wetzel�s Pretzels San Patricio, LLC.� La demandante-recurrida asever� que el se�or Patrick Harrigan y su esposa Liza Vilanova Morales fueron los garantizadores del referido contrato de arrendamiento.
����������� Seg�n aleg� la parte demandante-recurrida, tras un procedimiento de desahucio y el correspondiente desalojo del local, la parte peticionaria le adeuda un balance de $80,500.00, al 10 de noviembre de 2014.
Dicho balance pendiente de pago incluye la cantidad de $39,333.44 por conceptos de mejoras y gastos de construcci�n incurridos por la parte recurrida.� As�
pues, la parte demandante-recurrida solicit� el pago de la deuda.�
����������� El 20 de marzo de 2015, la parte peticionaria present� Moci�n de desestimaci�n.� En...
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