Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Agosto de 2015, número de resolución KLRA201500527

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500527
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución13 de Agosto de 2015

LEXTA20150813-011-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

CARLOS S�NCHEZ MORALES
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO
Recurrida
KLRA201500527
REVISI�N JUDICIAL procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Apelaci�n N�m.: C-00041-155 Sobre: Inelegibilidad a los beneficios de compensaci�n por desempleo

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Jim�nez Vel�zquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de agosto de 2015.

Comparece el recurrente Carlos S�nchez Morales, por derecho propio, para solicitar la revisi�n y revocaci�n de una resoluci�n emitida por el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos el 24 de abril de 2015.

Mediante dicha resoluci�n se confirm� una decisi�n del �rbitro de la Divisi�n de Apelaciones de la Oficina Local del Negociado de Seguridad de Empleo, descalificando al recurrente para recibir los beneficios de compensaci�n por desempleo.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, confirmamos la resoluci�n recurrida. Veamos.

I

El se�or Carlos S�nchez Morales (S�nchez) se desempe�� como guardia de seguridad en Pathfinders Inc., durante diez meses. El se�or S�nchez no compareci� a su trabajo overtime el d�a del s�bado, como hab�a acordado con su patrono. La raz�n para la ausencia, declar� el se�or S�nchez, fue que debido a que hab�a trabajado sus 40 horas semanales entend�a que no era compulsorio o que no habr�a repercusiones de no presentarse a trabajar el d�a del s�bado. Su contrato fue cancelado ya que Pathfinders Inc., entendi� que el se�or S�nchez hab�a abandonado su empleo al no presentarse a trabajar.

As� las cosas, el se�or S�nchez solicit� los beneficios al amparo de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico. El Negociado de Seguridad de Empleo (Negociado) determin� que el se�or S�nchez era inelegible para recibir los beneficios solicitados ya que abandon� un empleo adecuado sin justa causa.

El se�or S�nchez solicit� audiencia ante el �rbitro el 7 de enero de 2015, por no estar conforme con la determinaci�n emitida. El �rbitro determin� que el se�or S�nchez no era elegible para los beneficios de seguro por desempleo ya que, como norma general, un trabajador tiene que notificar sus ausencias a tiempo a su patrono. Es decir, el �rbitro confirm� que el se�or S�nchez era inelegible para recibir beneficios por desempleo. A�n insatisfecho, el se�or S�nchez interpuso un recurso de apelaci�n ante el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, qui�n confirm� la Resoluci�n emitida por el �rbitro. El 16 de abril de 2015, el se�or S�nchez solicit� una reconsideraci�n a la decisi�n emitida de confirmaci�n de la resoluci�n dictada por el �rbitro. La solicitud de reconsideraci�n fue declarada No Ha Lugar.

Inconforme, el se�or S�nchez present� ante...

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