Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Agosto de 2015, número de resolución KLAN201400427

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400427
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución25 de Agosto de 2015

LEXTA20150825-004-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N-UTUADO

PANEL ESPECIAL

YANIRA P�REZ SANTIAGO, OSCAR GARC�A AGOSTO Y OTROS
apelantes
v.
MARILUZ S�NCHEZ DUR�N, FORTUNATO ROSADO JIM�NEZ Y OTROS
apelados
v.
ISLA DEL COQU�, COLDWELL BANKERS, Y OTROS
terceros demandados
KLAN201400427
CONS.
KLAN201400504
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Caso N�m.: DDP2006-0127 Sobre: DIFAMACI�N, DA�OS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Figueroa Cab�n, la Juez Lebr�n Nieves y el Juez Candelaria Rosa1.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2015.

I.

El 27 de agosto de 2005, mediante escritura de Daci�n en Pago, el se�or Heriberto Castro Santiago y� la se�ora Margarita Rivera Rosario cedieron a los apelantes, Oscar Garc�a Agosto y Yanira P�rez Santiago (esposos Garc�a-P�rez), un predio de terreno en el Barrio Cuchillas de Corozal. El mismo ten�a una cabida superficial de ocho mil trescientos sesenta y nueve punto seis mil novecientos metros cuadrados con seis mil novecientos veintisiete y diez mil�simas de otro.�

El 1ro de enero de 2006 los esposos P�rez-Garc�a contrataron con la compa��a Isla del Coqu� para que se encargaran de mercadear la propiedad, ya que interesaban venderla. El corredor de bienes ra�ces, de Isla del Coqu�, Inc., Jos� Rosado Gonz�lez, fue el encargado de la venta. Los apelados, Mariluz S�nchez Dur�n y Fortunato Rosado Jim�nez se interesaron en el terreno, por lo que contactaron a Rosa Gonz�lez y fueron junto a �ste a visitar el predio. Rosa Gonz�lez les mostr� el terreno y les indic� que la propiedad comenzaba con determinado espacio llano sobre el que se podr�a construir y sobre el cual ubicaban unos vagones, informaci�n obtenida de los esposos Garc�a-P�rez.

El 10 de marzo de 2006 los esposos Garc�a- P�rez y los esposos Rosado-S�nchez otorgaron la escritura de compraventa del solar por $49,000.00. Posterior a la compraventa, los esposos Rosado-S�nchez advinieron en conocimiento de que el terreno plano donde ubicaban los vagones, no pertenec�a a la propiedad que le hab�an vendido los esposos Garc�a-P�rez.� El verdadero due�o de dicha porci�n se los hizo saber un d�a en el que el se�or Fortunato Rosado estaba limpiando el terreno adquirido.�

El 3 de mayo de 2006 los esposos P�rez-Garc�a presentaron Demanda sobre da�os y perjuicios y difamaci�n. Alegaron que los esposos Rosado-S�nchez los hab�an contactado v�a telef�nica en varias ocasiones con expresiones difamatorias y calumniosas, acus�ndoles de haberlos enga�ado sobre los linderos que aparecen en la escritura de la propiedad que adquirieron. Los esposos Rosado-S�nchez, por su parte, presentaron Contestaci�n a la Demanda y Reconvenci�n contra los esposos Perez-Garc�a. Adem�s de solicitar la desestimaci�n de la Demanda en su contra, solicitaron la nulidad del contrato de compraventa, la restituci�n de las prestaciones entre las partes y el reembolso de las costas y gastos del litigio y honorarios de abogado por temeridad.� Los esposos Rosado-S�nchez tambi�n presentaron Demanda contra terceros contra Isla del Coqu� Inc. d/b/a Coldwell Bankers. Alegaron que estos eran responsables por haberles representado err�neamente los linderos de la propiedad.� En espec�fico, alegaron que en la promoci�n de venta del terreno se describi� el mismo como uno con espacio llano para construir. A�adieron que cuando visitaron la propiedad con el representante de Isla del Coqu�, este le inform� que la propiedad comenzaba con determinado espacio llano en el que se podr�a construir y sobre el cual hab�a unos vagones que estaban incluidos en el precio de venta.

Por su parte, el 6 de junio de 2006 los esposos Garc�a-P�rez�

presentaron Demanda contra tercero contra Isla del Coqu�, Inc. d/b/a/ Coldwell Bankers. Alegaron que dicha Corporaci�n era responsable por los da�os reclamados por los Rosado-S�nchez debido a que fue su representante quien les mostr� la propiedad, y por ende, sus linderos y gestion� y finaliz� la compraventa de la propiedad.

Luego de varios incidentes procesales se celebr� el Juicio en su fondo, los d�as 22 y 23 de abril y 1ro de noviembre de 2013.2

�El 27 de enero de 2014 el Tribunal de Primera Instancia emiti� Sentencia.

Luego de discutir la figura del incumplimiento de contrato, determin� que seg�n evidenci� la prueba desfilada, los esposos Rosado-S�nchez compraron la propiedad porque descansaron en la representaci�n que les hicieron los esposos Garc�a-P�rez al corredor de bienes ra�ces. Concluy� que estos son los responsables de que el corredor de bienes ra�ces indicara a los esposos Rosado-S�nchez que la propiedad inclu�a el �rea donde se encontraban los vagones. Indic�, adem�s, que la raz�n principal por la que los esposos Garc�a-P�rez adquirieron el terreno, fue precisamente el �rea donde estaban los vagones, por lo que, si hubiesen sabido que no era parte del terreno, no la habr�an adquirido.� Sostuvo que �el incumplimiento de la demandante reconvenida es de tal envergadura que solo puede corregirse mediante la resoluci�n del contrato de compraventa, y no un ajuste en el precio de venta�.� El Tribunal resalt� que en vista de que el terreno le perteneci� en alg�n momento a los padres de la se�ora Yanira P�rez, estos incurrieron en falta de diligencia por desconocer lo que vend�an. En cuanto al corredor, Rosa Gonz�lez, el Foro apelado estableci� que no procede la imposici�n de responsabilidad a �ste, por cuanto descans� en las representaciones de su cliente, adem�s de que sugiri� a los esposos Garc�a-P�rez realizar una mensura y estos se negaron, por considerarlo costoso.

Fundado en lo anterior, el Tribunal de Primera Instancia declar� No ha Lugar la Demanda, y con lugar la Reconvenci�n. Orden� la resoluci�n del contrato de compraventa suscrito entre los esposos Garc�a-P�rez y Rosado S�nchez y la devoluci�n de las contraprestaciones. Adem�s, orden� a los esposos Garc�a-P�rez que pagaran $10,000.00 a los esposos Rosado-S�nchez, por los da�os que les caus� a estos �ltimos la venta de una propiedad sin los atributos necesarios para satisfacer sus necesidades. Finalmente, desestim� la Demanda contra los terceros demandados Isla del Coqu�, Inc., d/b/a Coldwell Banker; Chartis Insurance Company; United Surety & Universal Insurance Co., e impuso el pago de intereses, costas y gastos, de acuerdo a lo dispuesto en la Regla 44 de Procedimiento Civil.

Inconformes, el 21 de marzo de 2014, los esposos Garc�a-P�rez acudieron ante nos. Se�alaron que err� el Tribunal de Primera Instancia al:

� Determinar que los apelantes incumplieron con el contrato de compraventa con Mariluz S�nchez y Fortunato Rosado.

� Ordenar la resoluci�n del contrato de compraventa, la devoluci�n de las contraprestaciones y el pago de da�os por $10,000.

� Eximir de responsabilidad al corredor de bienes ra�ces Jos� Rosa Gonz�lez y a Isla del Coqu�, Inc. d/b/a Coldwell Bankers.

Por su parte, los esposos Rosado-S�nchez comparecieron mediante escrito de apelaci�n --KLAN20140504--, y alegaron que err� el Tribunal de Primera Instancia:

� Al no permitir prueba de refutaci�n bajo la Regla 607 (E) de las Reglas de Evidencia. Dicha prueba fue ofrecida con el prop�sito de refutar el testimonio del tercero demandado, Jos� Rosado Gonz�lez en cuanto a que contrario a lo que expres� en su testimonio, �ste nunca llam�

al Sr. Heriberto Castro para consultarle las colindancias del terreno. Que de as� haberlo hecho, el Sr. Heriberto Castro le hubiese aclarado cuales eran las colindancias correctas. Con dicha actuaci�n el Tribunal priv� a la apelante de su debido proceso de ley.

� Al concluir que los apelados (terceros demandados) no son responsables a pesar de estos haber...

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