Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Septiembre de 2015, número de resolución KLAN201501171

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501171
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2015

LEXTA20150916-010-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL X

F�TIMA SEDA BARLETTA,
RAFAELA CAB�N ROSA
Apelante
V.
JOS� MONTA�EZ GELP�
Apelado
KLAN201501171
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Caguas Caso N�m.: E DP2015-0024 Sobre: DA�OS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Mart�; la Juez Lebr�n Nieves y la Juez Brignoni M�rtir

Lebr�n Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de septiembre de 2015.

Comparecen ante nos las se�oras F�tima Seda Barletta y Rafaela Cab�n Rosa (parte apelante) y nos solicitan que revisemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 30 de junio de 2015, notificada el 2 de julio de 2015, en la cual se desestim� la Demanda del caso de ep�grafe.�

Por los fundamentos que exponemos a continuaci�n, se confirma el dictamen apelado, no sin antes proveer un breve trasfondo procesal del caso.

I

El 30 de enero de 2015, la se�ora F�tima Seda Barletta, por s� y en representaci�n de la se�ora Rafaela �Ketty� Cab�n Rosa (parte apelante), inco� la Demanda del caso de ep�grafe en da�os y perjuicios, en contra del se�or Jos� Monta�ez Gelp� (parte apelada).� La parte apelante adujo en su Demanda que el 17 de marzo de 2012, la se�ora F�tima Seda Barletta (se�ora Seda) tuvo un accidente automovil�stico causado por el se�or Jos�

Monta�ez Gelp� (parte apelada).� La parte apelante manifest� que la parte apelada conduc�a bajo los efectos del alcohol cuando invadi� su carril.� A consecuencia de dicho accidente, la se�ora Seda sufri� da�os irreparables en ambos ojos, da�o cerebral, da�os en su pierna izquierda, espalda, hombro derecho, entre otros da�os f�sicos relacionados.� Igualmente, indic� que vive de la caridad, toda vez que, debido a los da�os sufridos, su pr�ctica como abogada era pr�cticamente imposible y carec�a de medios para ganarse la vida.�

Por tal raz�n, su madre de crianza, la se�ora Rafaela �Ketty� Cab�n Rosa, asumi� la carga econ�mica, emocional y el cuidado de la se�ora Seda, situaci�n que le ha provocado da�os econ�micos, as� como da�os y angustias mentales y emocionales distintos y separados a los de su hija de crianza.

Por otro lado, la parte apelante sostuvo en su Demanda que la parte apelada fue acusada por conducir bajo los efectos del alcohol y que �ste hizo alegaci�n de culpabilidad.� No obstante, la parte apelante aleg�

en su Demanda que la parte apelada le indic� a �sta que no se har�a cargo de los da�os que le caus�.� Ante tal situaci�n, la parte apelante arguy� que se vio en la obligaci�n de utilizar la v�a judicial para reclamar compensaci�n por todos los da�os que le ocasion� la parte apelada.� As� las cosas, el 15 de marzo de 2013, la parte apelante present� la primera Demanda en contra de la parte apelada y de otros co-demandados en el caso EDP2013-0087 (611).� Empero, la parte apelante inform� que el 11 de julio de 2013, present� en el caso EDP2013-0087 (611), una Moci�n en Urgente Solicitud de Pr�rroga para emplazar a la parte aqu� apelada en aquel caso.� El 6 de septiembre de 2013, notificada el 17 de septiembre del mismo a�o, el foro primario dict� una Orden en el caso antes aludido, mediante la cual declar� No Ha Lugar la solicitud de pr�rroga y le orden� diligenciar el emplazamiento dentro del t�rmino dispuesto en las Reglas de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V.�

En aquella ocasi�n, la parte aqu� apelante solicit�

reconsideraci�n de la Orden antes aludida, que...

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