Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2015, número de resolución KLAN201501219

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501219
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015

LEXTA20150930-0107-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N

PANEL VI

DDR DEL SOL LLC, S.E. ����������� Apelada ����������������������� V. I.R.M.G. OF PUERTO RICO, INC. D/B/A KELLY�S CAJUN GRILL & YEUNG�S LOTUS EXPRESS, SUCESORA EN INTER�S DE KCG OF PLAZA DEL SOL, INC., Y CAJUN AND GRILL OF AMERICA, INC. ����������� Apelante __________________________ DDR DEL SOL LLC, S.E. ����������� ����������� Apelada ����������������������� V. I.R.M.G OF PUERTO RICO, INC. D/B/A KELLY�S CAJUN GRILL & YEUNG�S LOTUS EXPRESS ����������� Apelantes
KLAN201501219
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Sobre: Cobro de Dinero y Da�os Contractuales Caso N�mero: D CD2014-0027 ___________________ Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Sobre: Desahucio por Falta de Pago Caso N�mero: D PE2014-0499

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Dom�nguez Irizarry y la Jueza Romero Garc�a

Dom�nguez Irizarry, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2015.

La parte apelante, I.R.M.G. of Puerto Rico, Inc. D/B/A Kelly�s Cajun Grill & Yeung�s Lotus Express, y Cajun and Grill of America, Inc., comparece ante nos y solicita nuestra intervenci�n para que revoquemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n, el 28 de abril de 2015, notificada a las partes de ep�grafe el 7 de mayo de 2015.� Mediante la misma, el foro primario acogi� una solicitud sobre sentencia sumaria promovida por la aqu� apelada, DDR del Sol LLC, S.E., y declar� � Con Lugar una acci�n sobre cobro de dinero y da�os y perjuicios contractuales, as� como una solicitud sobre desahucio por raz�n de falta de pago de c�nones de arrendamiento por �sta incoadas.� �������

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se modifica la sentencia apelada.�

I

El 24 de noviembre de 1998, By Ventures, S.E. y Kelly�s Cajun Grill (KCG), suscribieron un contrato de arrendamiento denominado �Standard Food Court Space Lease�, respecto a un espacio destinado a servir como restaurante en las instalaciones del centro comercial Plaza del Sol.� El 20 de diciembre de 2002, las partes consintieron proveer para la sustituci�n en los derechos y obligaciones de la parte arrendataria.� As�, mediante el acuerdo correspondiente, la parte aqu� apelante asumi� los deberes contractuales de KCG.� Con posterioridad, tambi�n se produjo una sustituci�n en cuanto a la parte arrendadora, adviniendo como tal la aqu� apelada.

El antedicho convenio fue objeto de ciertas enmiendas posteriores debidamente aceptadas por las partes contratantes.� En lo concerniente, el 28 de agosto de 2009, las aqu� comparecientes enmendaron el contrato en cuesti�n mediante un acuerdo intitulado �Extension and Modification of Lease�.�

Espec�ficamente, extendieron la vigencia del t�rmino convenido y, a su vez, establecieron un plan de pago� respecto a una deuda anterior por concepto de c�nones de arrendamiento vencidos, y gastos comunes del espacio arrendado al descubierto.� En dicho contexto, y luego de acreditar cierta partida de dinero a la deuda correspondiente, expresamente acordaron que, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2009, a 1 de enero de 2019, la parte apelante habr�a de satisfacer una mensualidad de $3,073.43, hasta el final saldo de la deuda pertinente.

Tiempo despu�s, se efectuaron determinadas obras de construcci�n en el centro comercial en controversia, hecho que, entre otras consecuencias, redund� en la reubicaci�n del �rea destinada a los restaurantes.� En virtud de ello, el 28 de diciembre de 2011, las entidades aqu� comparecientes suscribieron un nuevo contrato de arrendamiento.� En esta ocasi�n, contemplaron las nuevas condiciones del espacio arrendado, as� como las respectivas obligaciones de las partes en cuanto a su mantenimiento y desarrollo.� En particular, pactaron que la parte apelante vendr�a llamada a satisfacer determinada mensualidad por concepto de los gastos comunes del �rea de servicio de comida, ello de manera proporcional a la cabida del espacio arrendado, sujeto a un incremento anual.� Destacamos que la parte apelante acept� ocupar un espacio de menor cabida en comparaci�n con aqu�l en el que previamente llevaba a cabo sus negocios.

Ahora bien, en el referido contrato de arrendamiento, las aqu�

comparecientes expresamente convinieron dar por terminados los efectos del v�nculo suscrito en el 1998 y sus subsiguientes modificaciones.� As�, determinaron que este nuevo acuerdo habr�a de regir, de manera exclusiva, la ejecuci�n de sus respectivos intereses.� No obstante, en el contrato en cuesti�n, no se relev� a la parte apelante del cumplimiento con el plan de pago establecido en el 2009.� Por el contrario, en dicho contexto, las entidades contratantes consignaron la siguiente cl�usula:

[�]

CC.� Prior Lease: [�] Notwithstanding anything in the Prior Lease to the contrary, the Prior Lease shall terminate as of 11:59 p.m. on the date preceding the day Landlord delivers possession of the Premises, except that Tenant shall remain obligated to Landlord for payment of any Rent or Additional Rent which have accrued, or have been incurred by Landlord, but not invoiced to or paid by Tenant as of such date, but for which Tenant is liable under the Prior Lease, and for any indemnities set forth in the Prior Lease and any such costs or damages shall be deemed Additional Rent under this Lease.� If this Lease is not consummated for any reason, then the Prior Lease shall remain in full force and effect until its expiration pursuant to its terms.

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����������� Una vez consumado el pacto en cuesti�n, la parte aqu� apelante incumpli� con satisfacer las mensualidades correspondientes al aplazamiento de la deuda en controversia.� En consecuencia, el 7 de enero de 2014, la parte apelada present� la demanda sobre cobro de dinero de ep�grafe.� Mediante la misma, aludi� a los t�rminos de las obligaciones contractuales antes descritas, y afirm� que la apelante incumpli� los acuerdos asumidos.� Particularmente, expres� que �sta adeudaba una suma acumulada de $233,977.27, ello por raz�n de haber dejado de pagar, desde el 26 de noviembre de 2012, los desembolsos del plan de pago convenido.� De esta forma, y tras aducir que las gestiones extrajudiciales de cobro resultaron infructuosas, solicit� al Tribunal de Primera Instancia que proveyera para el saldo de la antedicha cantidad, m�s los intereses, penalidades y gastos pertinentes, as� como los honorarios de abogado seg�n pactados.� La parte apelada acompa�� su pliego con copia de todos los contratos en cuesti�n.

Tras varias incidencias procesales, el 14 de julio de 2014, la parte apelada present� una acci�n independiente sobre desahucio en contra de la apelante.� Esta vez, le imput� una deuda total de $95,676.19, por concepto de c�nones de arrendamiento al descubierto, m�s las penalidades correspondientes.�

As�, al amparo de tal alegaci�n, solicit� al Tribunal de Primera Instancia que ordenara el inmediato desalojo de la apelante del local en disputa, as� como el pago de la cantidad antes...

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