Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2015, número de resolución KLRA201500008
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201500008 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2015 |
| | Revisi�n Administrativa procedente de la Polic�a de Puerto Rico Caso N�m.: SASG-NSC-7-1391 Sobre: Revocaci�n de Licencia de Armas 17122 |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres.
Ramos Torres, Juez Ponente
����������� En San Juan, Puerto Rico a 30 de �septiembre de 2015.
Comparece ante nos Francisco Rol�n Mart�nez (Sr. Rol�n o el recurrente) quien nos solicita la revisi�n de una resoluci�n emitida por el Superintendente de la Polic�a de Puerto Rico (Superintendente). Mediante dicho dictamen, el Superintendente le revoc� la Licencia de Arma de Fuego, Licencia de Tiro al Blanco y la Licencia de Funcionario P�blico al recurrente.
Por los fundamentos que exponemos a continuaci�n, se revoca la determinaci�n recurrida.
����������� El 26 de junio de 2014, el Superintendente le remiti� al Sr. Francisco Rol�n Mart�nez, quien es funcionario del Departamento de Justicia, una carta de revocaci�n de su Licencia de Arma de Fuego n�mero 17112, Licencia de Tiro al Blanco n�mero 12629 y la Licencia de Funcionario P�blico n�mero 92456.1�
No conteste con esta determinaci�n, el recurrente solicit� una vista administrativa al amparo de la Ley 170-1998, seg�n enmendada, infra.
Posteriormente, el 22 de septiembre de 2014, el Oficial Examinador emiti� su informe. Sostuvo lo siguiente:
1. Al Sr. Rol�n Mart�nez se le expidieron las siguientes licencias: Arma de Fuego n�m. 17112, Tiro al Blanco 12629 y Funcionario P�blico 92456. Pose�a las siguientes armas: Pistola Glock Serie KHX727 calibre .40; Pistola Beretta serie L71739Z calibre 9mm; Pistola Glock Serie MMD303 calibre.40; Pistola Glock Serie PGK579 calibre .45; Pistola CMMG INC serie SA24661 calibre 223/6.8/5.7 x28/.22, Rev�lver S&W serie R294478 calibre .38; Rifle DPMS Panther Arms serie F072398k calibre .223, Rifle Bushmaster serie L066940 calibre .223 y Escopeta Mossberg serie P802869 calibre 12GA.
2. Se le ocuparon las anteriores el 18 de agosto de 2013 como consecuencia de la querella n�m. 13-7-311-7439 al amparo de la Ley. N�m. 54 instada por la Sra. Glorie Ann Reyes Soto. No se radicaron cargos criminales.
3. El 23 de agosto de 2013 en la vista en la querella [sic] no se expidi� orden de protecci�n.
4. El 22 de enero de 2014 en la vista de seguimiento de la querella de otra orden de protecci�n, OPA-14-10288, la juez orden� el cierre y archivo de la misma por falta de inter�s.
5. El Sr. Rol�n solicit� orden de protecci�n en contra de la Sra. Reyes y no le fue otorgada.
6. Tras la ocupaci�n de las armas, se realiz� investigaci�n de campo en torno a la reputaci�n y conducta del Sr.
Rol�n para determinar si cumpl�a con los requisitos de la Ley de Armas. La investigaci�n estuvo a cargo de la agente Milagros L�pez Rodr�guez, adscrita a la Divisi�n de Investigaci�n y Permisos de Armas de Fuego. Como resultado de la misma, la Agente L�pez recomend� desfavorablemente al peticionario para la posesi�n de la licencia de armas de fuego.
7. La Sra. Reyes declar� en varias ocasiones, incluida la vis[t]a administrativa, que teme por su vida por expresiones de amenaza de muerte objeto del Sr. Rol�n en distintas ocasiones.
Sobre esto, la Sra. Reyes pres[t]� declaraci�n jurada notariada.[sic]
8. El Sr. Rol�n y la Sra. Reyes llevan un proceso de divorcio que califican como contencioso.
9. El Sr. Rol�n es funcionario del Departamento de Justicia y no ha sido objeto de investigaci�n administrativa por los hechos imputados.
Como cuesti�n de derecho, el Oficial Examinador estableci� que se deb�a confirmar la determinaci�n del Superintendente. Determin� que el recurrente puede hacer uso ilegal de las armas y municiones para causar da�os a otras personas.
As� las cosas, el 16 de octubre de 2014, se celebr� la vista administrativa en la Comandancia de Bayam�n. El 4 de noviembre de 2014, se emiti� una resoluci�n que acogi� los planteamientos esbozados en el informe del Oficial Examinador y se confirm� la determinaci�n del Superintendente.
Inconforme con esta determinaci�n, el recurrente present� una �Solicitud de Reconsideraci�n� el 25 de noviembre de 2014. Plante� que la solicitud de orden de protecci�n que present� la Sra. Glorie Ann Reyes Soto (Sra. Reyes) no prosper� en sus m�ritos y que posteriormente la Sra. Reyes solicit� otra orden de protecci�n y esta fue retirada por falta de inter�s.�
Reiter� que decidi� divorciarse de la Sra. Reyes, y que el proceso se torn�
contencioso, toda vez que la custodia de sus dos hijas menores de edad le fue concedida. Adem�s, argument� que la conclusi�n del Oficial Examinador de que le har�a da�o a otras personas por haber proferido amenazas a la Sra. Reyes no es correcta, que se trata de una inferencia basada en probabilidad, y que tras haber estado casado por m�s de una d�cada con la Sra. Reyes, jam�s tuvo un incidente en su matrimonio con armas de fuego. Por otra parte...
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