Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Octubre de 2015, número de resolución KLAN201500945

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500945
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2015

LEXTA20151020-001-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

JAIME L. R�OS RIVERA
Apelante
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIO HONORABLE C�SAR MIRANDA RODR�GUEZ, DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE PUERTO RICO, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIA HONORABLE MELBA ACOSTA, JOHN DOE, JANE DOE�
Apelados
KLAN201500945
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior Civil de Bayam�n Civil N�m.: D CO2014-0004 Sobre: Reclamaci�n de Arbitrios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Brignoni M�rtir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de octubre de 2015.

El 19 de junio de 2015, compareci� ante nos el se�or Jaime L. R�os Rivera (en adelante se�or R�os Rivera o el Apelante), mediante Recurso de Apelaci�n. Nos solicita que revoquemos la Sentencia dictada el 11 de mayo de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n (en adelante TPI), en la cual dicho foro declar� Ha Lugar una Moci�n de Desestimaci�n presentada por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (en adelante ELA) y, en consecuencia, desestim� con perjuicio su demanda.

Examinado el recurso presentado por el se�or R�os Rivera as� como el Alegato de la Procuradora General, se confirma la sentencia apelada.

-I-

El 2 de junio de 2012, el se�or R�os Rivera, como porteador p�blico, adquiri� una guagua marca Infinity, modelo QX56, del a�o 2012. As� las cosas, el 21 de agosto de 2012, el Apelante, al amparo de la Secci�n 3030.05 de la Ley N�m. 117 � 2006, seg�n enmendada, solicit� al Departamento de Hacienda el reintegro de $27,521.42, por concepto de los arbitrios pagados sobre dicho veh�culo.

Para el mes de marzo de 2014, el Apelante recibi� una carta certificada del Departamento de Hacienda en la que se le inform� que se le denegaba el reintegro, ya que junto con su solicitud, no present� todos los documentos requeridos, seg�n lo dispuesto en la Secci�n 6022.1 (d) de la Ley N�m. 1 � 2011, C�digo de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico.

El 10 de abril de 2014, el se�or R�os Rivera inst� una Demanda sobre Reclamaci�n de Arbitrios en contra del ELA y el Departamento de Hacienda. En esta adujo que, cuando present� su reclamaci�n ante dicha agencia, acompa�� con �sta todos los documentos que le fueron requeridos y de los cuales guard�

copias. A�adi� que, desde la fecha de la radicaci�n de la reclamaci�n hasta la fecha en que recibiera la referida carta, el Departamento de Hacienda nunca le notific� que faltaban documentos. Por entender que hab�a un error en la determinaci�n de Hacienda, solicit� que se le ordenara a la agencia devolver los arbitrios pagados por �ste.�������

Por su parte, el 10 de julio del 2014, el ELA, por s� y en representaci�n del Departamento de Hacienda, present� una Moci�n de Desestimaci�n al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009, 32 LPRA Ap. V, R.10.2, bajo el fundamento de que el Apelante no hab�a expuesto una reclamaci�n que justificara la concesi�n de un remedio. Seg�n el ELA, el se�or R�os Rivera no anej� con su reclamaci�n todos los documentos requeridos por el Departamento de Hacienda en apoyo a su solicitud. Espec�ficamente, esboz� que falt� incluir la Certificaci�n de la Comisi�n de Servicio P�blico de los a�os que lleva como porteador p�blico, la Certificaci�n de No Deuda con el Departamento de Hacienda o, en su defecto, evidencia de un plan de pago y copias de todos los permisos que posee como porteador p�blico.

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