Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2015, número de resolución KLAN201501499

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501499
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2015

LEXTA20151130-003-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE MAYAG�EZ Y AGUADILLA

PANEL XI

Gerardo L. Rubert Ramos Apelante ���������� ������vs. Universidad de Puerto Rico ��� ����� Apelada
KLAN201501499
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado Sobre: Discrimen Pol�tico, Represalias y, Da�os y Perjuicios Civil N�m. L PE2011-0016

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa

Rivera Col�n, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2015.

Comparece el se�or Gerardo L. Rubert Ramos (Sr. Rubert Ramos o el apelante) mediante un recurso de apelaci�n y solicita la revocaci�n de la Sentencia emitida el 12 de junio de 2015 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado (TPI). �Mediante el referido dictamen, el TPI desestim�

la demanda sobre discrimen pol�tico, represalias y da�os y perjuicios incoada contra la Universidad de Puerto Rico (UPR o la apelada).

Examinados los alegatos de las partes, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideraci�n, procedemos a resolver.

-I-

El 5 de julio de 2011, el Sr. Rubert Ramos present� una querella contra la UPR, la cual fue enmendada el 18 de octubre de 2012, por alegado discrimen pol�tico, represalias y da�os y perjuicios. �Aleg�, en s�ntesis, haber sido objeto de un patr�n de discrimen por ideolog�a pol�tica e impedimento, carpeteo y represalias. �Por ello, solicit� la reinstalaci�n en el puesto de Director de la Divisi�n de Educaci�n Continua y Estudios Profesionales (DECEP), as� como los salarios dejados de percibir y una suma por concepto de da�os y perjuicios no menor a $75,000.00, m�s la penalidad impuesta por ley. �Asimismo, solicit� honorarios de abogado en una suma no menor al 25%

de lo concedido en la reclamaci�n, sin perjuicio de justificar una suma mayor.

Por su parte, el 19 de julio de 2011, la apelada present� su contestaci�n a la querella y el 27 de febrero de 2013 present� su contestaci�n a la querella enmendada.

Luego de varios tr�mites procesales, el 19 de marzo de 2015, la apelada present� una Moci�n de Sentencia Sumaria.� Sostuvo que no exist�an hechos en controversia que ameritaran la celebraci�n de una vista en los m�ritos, por lo cual proced�a la desestimaci�n de la querella. �Asimismo, la apelada aleg� que los hechos no controvertidos demostraban que el querellante no fue discriminado por raz�n de ideolog�a pol�tica o por impedimento, ni fue objeto de carpeteo o represalias. �Adem�s, indic� que la UPR estaba cubierta por la inmunidad patronal de cualquier da�o alegadamente sufrido por el apelante por condiciones de salud sufridas a causa de factores ambientales en las instalaciones en que trabajaba.� A su vez, sostuvo que la Ley N�m. 100 de 30 de mayo de 1959, seg�n enmendada, conocida como la Ley contra el Discrimen en el Empleo, 29 LPRA sec. 146 et seq., es inaplicable a la UPR.

Por su parte, el apelante no present� su oposici�n a la sentencia sumaria, a pesar de hab�rsele concedido varios t�rminos para ello.

As� las cosas, el 12 de junio de 2015 y notificada el 17 del mismo mes y a�o, el TPI dict� la Sentencia aqu� apelada en forma sumaria desestimando la querella con perjuicio. �En la misma consider� probados, en lo aqu�

pertinente,� los siguientes hechos:

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  1. El querellante comenz� a trabajar en el Colegio Regional de Utuado, ahora Recinto Universitario de Utuado (�Recinto de Utuado�) el 15 de septiembre de 1989 mediante varios contratos de servicios temporeros bajo los cuales se desempe��

    como Oficial de Admisiones I; Supervisor de �rea de Prestaci�n de Servicios, Oficial de Asistencia Econ�mica I; Oficial Auxiliar de Admisiones; Oficial de Asistencia Econ�mica I.

  2. En el �nterin ocup� el puesto de Director de Educaci�n Continua y Extensi�n entre el 1 de julio de 1991 al 30 de junio de 1992.

  3. El 1 de diciembre de 1995 la UPR extendi� un nombramiento de carrera al querellante para trabajar como Oficial de Asistencia Econ�mica I en la Oficina de Asistencia Econ�mica.

  4. El 15 de diciembre de 1997, el puesto del querellante fue reclasificado a Oficial de Asistencia Econ�mica II.

  5. El 20 de enero de 2000, el querellante fue nombrado nuevamente al puesto de Director de la Divisi�n de Educaci�n Continua y Extensi�n, posteriormente modificado a Divisi�n de Educaci�n Continua y Estudios Profesionales (�DECEP�).

  6. El puesto de Director(a) de Educaci�n Continua est� adscrito al servicio de confianza.

  7. El 29 de junio de 2001, la Junta de S�ndicos de la UPR aprob� y adopt� la Pol�tica Institucional y Direcci�n Estrat�gica para la Educaci�n Continua y Estudios Profesionales en la UPR (en adelante �Pol�tica de la DECEP�).

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  8. Con la Pol�tica a la DECEP se establecieron los requisitos acad�micos y las cualificaciones o destrezas con las que deb�a contar el candidato que se seleccione para ocupar el cargo de Director de la DECEP de cada unidad institucional. Como parte de los requisitos acad�micos se requiri� un grado de maestr�a como preparaci�n acad�mica m�nima para ocupar el cargo.

  9. Debido a que se reconoci� que al momento de la Pol�tica de la DECEP entrar en vigencia, muchos Directores de la DECEP no contaban con el grado de maestr�a, se dispens� temporeramente de ello a los Directores de la DECEP que en ese momento no contasen con la preparaci�n acad�mica requerida, pero se les requiri� obtener el grado de maestr�a para poder mantenerse elegibles para la posici�n.

  10. Al momento en que se aprob� la Pol�tica, el querellante no ten�a un grado de Maestr�a. Ten�a estudios graduados conducentes a un grado de Maestr�a en Sociolog�a, pero no hab�a concluido el proceso de tesis. Ante ello, se le permiti� permanecer en el puesto sujeto a que en el proceso obtuviera el grado de Maestr�a.

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  11. Entre finales de agosto y principios de septiembre de 2010, un empleado de la DECEP coment� al querellante que hab�a recibido un correo electr�nico en que se incluy� como anejo un documento titulado �Status Real UPR Utuado�. El querellante no recibi� el correo electr�nico personalmente.

  12. El documento titulado �Status Real UPR Utuado�

    conten�a una lista con nombres de varios empleados del Recinto de Utuado, el puesto que ocupaban y la alegada afiliaci�n pol�tica de cada uno de los empleados mencionados. Adem�s, un grupo de empleados que alegadamente favorec�an a otro candidato a la Rector�a se atribuyeron la creaci�n del documento titulado �Status Real UPR Utuado�.

  13. El documento titulado �Status Real UPR Utuado�

    incluy� el nombre del querellante, el puesto que ocupaba en ese momento, pero no lo identific� como afiliado a alg�n partido pol�tico.

  14. El 4 de septiembre de 2010, Primera Hora public�

    un reportaje en su peri�dico en que incluy� una lista con los nombres, puestos y la supuesta afiliaci�n pol�tica de varios empleados del Recinto de Utuado. El reportaje indica que dicha lista fue divulgada a Primera Hora por la Asociaci�n de Puertorrique�a de Profesores Universitarios (�APPU�).

  15. En la lista publicada en el peri�dico y en el documento titulado �Status Real UPR Utuado�, el querellante fue identificado como Director de la DECEP.

  16. Al momento en que el querellante fue informado del documento titulado �Status Real UPR Utuado� y se public� un art�culo con una lista en el rotativo de Primera Hora, la Dra. Iris Mercado se desempe�aba como Rectora del Recinto de Utuado.

  17. El querellante desconoce si la lista o los mensajes incluidos fueron creados por la Rectora Iris Mercado.

  18. Adem�s, en sus 24 a�os no ha realizado o sostenido conversaci�n y/o discusi�n de corte pol�tico partidista ni ha participado p�blicamente en actividades pol�ticas para alg�n partido pol�tico.

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  19. El 26 de febrero de 2011, el Prof. Eladio Gonz�lez (�Gonz�lez�) fue nombrado como Rector Interino de la UPR-Utuado.

  20. Durante su incumbencia, el Rector realiz� una evaluaci�n del estado de las distintas oficinas administrativas del Recinto de Utuado con el prop�sito de determinar los funcionarios que nombrar�a o mantendr�a para dirigir dichas oficinas.

  21. Paralelamente a la evaluaci�n del estado de las oficinas y los candidatos a ocupar los puestos, la Administraci�n Central de la UPR solicit� a las distintas unidades institucionales remitir la informaci�n fiscal de cada DECEP respectivamente, espec�ficamente la informaci�n de los ingresos y gastos incurridos por la DECEP a partir del a�o acad�mico 2007-2008 al 2010-2011 y el balance de la deuda que el Departamento de Educaci�n de Puerto Rico mantuviese con cada unidad como resultado de propuestas trabajadas, pues se quer�a trabajar con la deuda y los documentos que fueran necesarios para el cobro de la misma para dar paso a otros proyectos.

  22. La DECEP contaba con dos cuentas rotativas mediante las cuales operaba.

  23. Ante ello, el Rector Gonz�lez solicit� al querellante someter cierta informaci�n mediante unas tablas relacionadas a los ingresos y gastos de la DECEP durante los �ltimos 4 a�os y la deuda del Departamento de Educaci�n con el Recinto de Utuado. Simult�neamente, solicit� a la oficina de Finanzas que emitiera la informaci�n de gastos e ingresos de la DECEP para corroborar la informaci�n.

  24. Como parte de sus funciones el Director de la DECEP informa los ingresos y gastos de dicha oficina a la Oficina de Finanzas del Recinto de Utuado.

  25. El 7 de abril de 2011, a solicitud de Gonz�lez, el querellante present� una carta poniendo a disposici�n del Rector el cargo de Director de la DECEP.

  26. Ese mismo d�a, la Sra. Yariz E. Medina Directora de la...

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