Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Diciembre de 2015, número de resolución KLAN201501309

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501309
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2015

LEXTA20151211-004-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS-HUMACAO

PANEL X

MUNICIPIO AUTÓNOMO
DE CAGUAS
Apelado
V.
JRO CONSTRUCTION, INC.; NEWPORT BONDING & SURETY CO.
Apelante
KLAN201501309
Consolidado con:
KLAN201501328
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Caguas Caso Núm.: E AC2011-0398 Sobre: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, COBRO DE DINERO, DAÑOS Y PERJUICIOS
MUNICIPIO AUTÓNOMO
DE CAGUAS
Apelante
V.
JRO CONSTRUCTION, INC.; NEWPORT BONDING & SURETY CO.
Apelados

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí; la Juez Lebrón Nieves y la Juez Brignoni Mártir

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de diciembre de 2015.

Las partes de epígrafe, JRO Construction, Inc. (en adelante, JRO) y el Municipio Autónomo de Caguas (en adelante, MAC) comparecen1 ante nos y solicitan nuestra intervención, a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 1 de junio de 20152, debidamente notificado a las partes el 23 de junio de 2015. Mediante la aludida determinación, el foro primario acogió la solicitud de sentencia sumaria presentada por la codemandada Newport Bonding & Surety Co., así como la petición de sentencia sumaria presentada por JRO. Además, denegó la moción en solicitud de sentencia sumaria presentada por el MAC y desestimó la demanda de autos y la reconvención presentada por JRO.

Por los fundamentos expuestos a continuación, confirmamos la Sentencia apelada y la modificamos, a los únicos efectos de declarar Ha Lugar la reconvención presentada por JRO.

I

El 2 de noviembre de 2011, el MAC presentó una Demanda sobre incumplimiento de contrato3, cobro de dinero y daños y perjuicios en contra de JRO y Newport Bonding & Surety Co., esta última, en calidad de fiadora de JRO. El MAC alegó, en esencia, que JRO había incumplido con su obligación contractual de culminar la obra en su totalidad.

Reclamó una indemnización ascendente a cinco mil doscientos cincuenta dólares ($5,250) a raíz de este alegado incumplimiento contractual, ello a razón de cincuenta dólares ($50) diarios por cada día en exceso de la fecha acordada para la terminación de la obra; la suma de cuarenta mil dólares ($40,000) por concepto de daños y perjuicios como resultado del alegado deterioro de la obra; así como el reembolso de veintiocho mil ochocientos dólares ($28,800), monto que alegadamente se satisfizo en exceso de la labor realizada. Solicitó, además, la ejecución de la fianza provista por Newport Bonding & Surety Co.

por las referidas cuantías monetarias.

El 12 de marzo de 2012, JRO presentó su Contestación a la Demanda y Reconvención. Negó la mayoría de las alegaciones y levantó varias defensas afirmativas, entre otras, que no había incumplido con el contrato en cuestión. Arguyó, además, que la obra había sido concluida en su totalidad y que el MAC así la había aceptado. Como parte de su reconvención, JRO alegó, en primer lugar, que el MAC le adeudaba la suma de sesenta y cuatro mil cuatrocientos veinticuatro dólares con un centavo ($64,424.01) por concepto de gastos operacionales (extended overhead), ello como resultado de retrasos en el proyecto atribuibles a dicha parte. Segundo, que el MAC le adeudaba cinco mil ochocientos dólares ($5,800) por concepto de trabajos adicionales a los pactados originalmente. Por último, sostuvo que el MAC retuvo de manera indebida el diez por ciento (10%) de la cantidad acordada en el contrato, suma ascendente a veinte mil seiscientos dólares ($20,600).

El 12 de abril de 2012, el MAC presentó su Réplica a la Reconvención. Adujo que no existía deuda monetaria alguna a favor de JRO.

Señaló que la retención del diez por ciento (10%) obedecía al incumplimiento contractual por parte de JRO. Así las cosas, el 15 de noviembre de 2012, JRO presentó una Moción en Solicitud de Sentencia Sumaria Parcial. Solicitó que se ordenara al MAC efectuar a su favor el pago por el diez por ciento (10%) retenido. Reclamó, además, dos mil dólares ($2,000), dinero que alegadamente invirtió en un tratamiento contra el comején efectuado durante el proceso de remodelación de la obra.

Igualmente, el 8 de octubre de 2013, Newport Bonding & Surety Co. presentó una solicitud de sentencia sumaria. Sostuvo que quedaba relevada de cualquier responsabilidad como fiadora de JRO, pues el MAC había emitido un Certificado de Construcción Sustancial Completado en relación al proyecto en cuestión lo que implicaba un reconocimiento de cumplimiento sustancial con la obra por parte del MAC para con JRO.

El 12 de diciembre de 2013, el MAC presentó su oposición a la solicitud de sentencia sumaria presentada por Newport Bonding & Surety Co.

Arguyó que el Certificado de Construcción Sustancial Completado había sido presentado por error, ya que en ese entonces, el proyecto se encontraba terminado en un setenta por ciento (70%), restando el treinta por ciento (30%) de labor por realizar. Sostuvo, además, que JRO había incumplido con su obligación de reparar las deficiencias de la obra, según esbozadas en el punch list. En suma, alegó que existía controversia en torno a si JRO había cumplido con su obligación contractual.

El 27 de diciembre de 2013, JRO presentó una Moción Solicitud de Sentencia Sumaria Parcial Enmendada. Reprodujo las alegaciones contenidas en su solicitud de sentencia sumaria y reclamó, además, la suma de cinco mil ochocientos dólares ($5,800) por concepto de órdenes de cambio, las cuales alegadamente el MAC no satisfizo. El 10 de abril de 2014, el MAC presentó su oposición a solicitud de sentencia sumaria enmendada. Reiteró que no procedía disponer del presente caso sumariamente por existir controversia en torno a si medió error al momento de emitirse el Certificado de Cumplimiento Sustancial y las nueve (9) Certificaciones de Pago Parcial.

Luego de evaluar los argumentos de las partes, el 7 de enero de 2015, el Tribunal dictó Sentencia y desestimó la demanda de autos. Así las cosas, el 8 de enero de 2015, el MAC presentó una Moción en Solicitud de Sentencia Sumaria. Alegó que JRO había incumplido con el contrato de epígrafe al abandonar la obra, previo a culminarla en su totalidad. Luego de recibir copia de la sentencia dictada, el MAC solicitó determinaciones de hechos y derecho adicionales y solicitud de reconsideración.

Tras múltiples incidencias procesales, el 1 de junio de 2015, el Tribunal dictó Sentencia Enmendada y acogió la solicitud de sentencia sumaria presentada por Newport Bonding & Surety Co., así como la petición de sentencia sumaria presentada por JRO. Además, denegó la moción en solicitud de sentencia sumaria presentada por el MAC y desestimó la demanda de autos y la reconvención presentada por JRO.

El foro primario entendió que una vez alcanzada la conclusión sustancial de la obra, el dueño de la obra es quien tiene la obligación de correr por el deterioro, pérdida y mantenimiento de la obra. A la luz de lo anterior, concluyó que los alegados daños sufridos como consecuencia de la falta de mantenimiento recayeron sobre el MAC, por lo que las reclamaciones monetarias del MAC por tal concepto eran improcedentes.

Además, el Tribunal juzgó que las Certificaciones de Pago Parcial emitidas por el MAC a favor de JRO contaban con la firma, autorización y aprobación expresa del personal del MAC. Por igual, que las cantidades monetarias allí desglosadas fueron certificadas como válidas y correctas por el propio MAC.

Expresó, además, que no existía documento alguno que sirviera para anular, enmendar o desacreditar la corrección o validez de las mismas. Igualmente, que la firma y aprobación del Certificado de Construcción Sustancial Completado por parte del MAC implicaba un acto constitutivo de aceptación tácita de la obra.

Asimismo, resolvió que la suma de dinero retenida que asciende a veinte mil cuatro dólares con setenta y cuatro centavos ($20,004.74) le correspondía al MAC, puesto que JRO había incumplido con su obligación de terminar la obra. En cuanto a la responsabilidad de Newport Bonding & Surety Co. como fiadora de JRO bajo el contrato de fianza, el Tribunal determinó que toda vez que la obra estaba sustancialmente completada, procedía liberar a la fiadora de su responsabilidad. Por último, en lo que respecta la reconvención instada por JRO reclamando la suma de cinco mil ochocientos dólares ($5,800) por concepto de obras adicionales, el foro apelado concluyó que toda vez que tales servicios no formaban parte del contrato de arrendamiento de obras objeto de la presente controversia, era improcedente la solicitud de JRO a tales efectos.

Inconforme con tal determinación, el 21 de agosto de 2015, JRO acudió ante nos y planteó lo siguiente:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al desestimar la reconvención presentada por JRO Construction, Inc., por cuanto de la evidencia presentada surge la inexistencia de controversia en torno a las sumas retenidas y el derecho de JRO a recibir su pago y que, sin embargo el Municipio Autónomo de Caguas no pagó a JRO.

Igualmente insatisfecho con la sentencia dictada, el 24 de agosto de 2015, el MAC compareció ante nos mediante recurso de apelación y señaló los siguientes errores:

Erró el TPI al declarar No Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por la parte Apelante el MAC, el pasado 1 de junio de 2015, notificada el 23 de junio de 2015.

Erró el TPI al descartar como documento fehaciente y sustancial a la Sentencia Sumaria presentada por el MAC, el documento denominado Análisis de Proyecto Betances #35.

Erró además en determinar su insuficiencia, para probar que el Certificado de Construcción Sustancial Completado se emitió por error y con ello dirimió la validez y credibilidad de un documento fehaciente que controvierte la posición de la parte co-demandada, JRO.

En la...

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